Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2004 (03/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 3 de marzo de 2004
c) De fiscalizacion:

NORMAS LEGALES

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c.1 Realizar las acciones fiscalizadoras del servicio de transporte provincial de personas mediante la supervision, deteccion de infracciones, imposicion de sanciones y ejecucion de las mismas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, dentro de su jurisdiccion. c.2 Fiscalizar, de acuerdo con las normas sobre la materia, a los operadores de terminales terrestres y estaciones de ruta para el servicio de transporte de cualquier ambito que se encuentren ubicados en la provincia de su jurisdiccion, a efectos de que mantengan las condiciones que determinaron la emision de la respectiva licencia de funcionamiento,. c.3 Fiscalizar el mantenimiento de las condiciones que determinaron la emision del certificado de habilitacion tecnica de terminales terrestres y estaciones de ruta que hubiere emitido. TITULO IV: REGIMEN DE GESTION COMUN CAPITULO I: CONTINUIDAD MORDAZA Articulo 17º.- Caracteristicas del area MORDAZA continua Son caracteristicas del area MORDAZA continua, las siguientes: a) Conectividad efectiva y potencial, segun las relaciones funcionales entre las ciudades originales, determinada por la prolongacion real o la tendencia a la continuidad de una o mas vias locales, y las edificaciones y usos urbanos sobre un espacio integrado; b) Densidades poblacionales brutas mayores de 50 habitantes por hectarea, considerada como minima densidad bruta urbana; c) Territorio ocupado por construcciones que, aunque relativamente separadas, se distribuyen a distancias no mayores de 40 metros, conservando MORDAZA alineamiento, segun las vias locales prolongadas; d) Flujos constantes de poblacion generados por los equipamientos y servicios del nucleo central o de las ciudades originales; e) Integracion de las areas de expansion MORDAZA de las ciudades matrices; y f) Ambientes, actividades, usos y paisajes caracteristicos distintos a los del espacio rural. Articulo 18º.- Factores de continuidad MORDAZA Los factores que determinan la existencia de continuidad MORDAZA son las estructuras de accesibilidad, los equipamientos urbanos, las redes de servicios basicos y las funciones urbanas que hacen tangible la integracion social, economica y fisica entre el conjunto, al establecer y consolidar relaciones de conectividad entre unidades urbanas originalmente separadas. Articulo 19º.- Determinacion de areas urbanas continuas Las municipalidades provinciales determinaran la existencia de areas urbanas continuas, previa verificacion de la concurrencia de todas las caracteristicas y factores establecidos en los dos (2) articulos precedentes, en concordancia con sus respectivos planos urbanos o mediante constataciones especiales conjuntas. La determinacion conjunta debera ser aprobada por cada municipalidad mediante ordenanza municipal. Articulo 20º.- Controversia en la determinacion del area MORDAZA continua La controversia que se presente en la determinacion de areas urbanas continuas, sera resuelta por la Direccion General de Desarrollo MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a solicitud de cualquiera de las municipalidades provinciales colindantes, debiendo acompanarse los correspondientes planos urbanos y demas documentos sustentatorios. Articulo 21º.- Procedimiento para resolver la controversia Dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a la MORDAZA de la solicitud a que se refiere el articulo anterior, la Direccion General de Desarrollo MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento correra tras-

lado de la peticion a la otra municipalidad provincial, debiendo esta MORDAZA absolver el mismo dentro del termino improrrogable de diez (10) dias habiles, anexando igualmente sus respectivos planos urbanos y demas documentos sustentatorios. Articulo 22º.- Resolucion de la controversia Con o sin la absolucion del traslado de la municipalidad provincial requerida y con las constataciones que la Direccion General de Desarrollo MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento realice, se expedira resolucion dentro del termino de treinta (30) dias habiles, contados a partir del vencimiento del plazo otorgado a la municipalidad provincial emplazada. La resolucion que expida la Direccion General de Desarrollo MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que declare la existencia de continuidad MORDAZA, debera estar necesariamente motivada en la concurrencia de todas las caracteristicas y factores senalados en los articulos precedentes, debiendo precisar el espacio territorial que ocupa el area MORDAZA continua y los correspondientes distritos de las provincias en que se ubica dicho espacio. CAPITULO II: GESTION COMUN DEL TRANSPORTE Articulo 23º.- Naturaleza juridica El Regimen de Gestion Comun del Transporte es el acuerdo o conjunto de acuerdos celebrados entre municipalidades provinciales contiguas, con el objeto de gestionar o administrar en las formas previstas en la ley, el servicio de transporte MORDAZA de personas que se presta en el area MORDAZA continua determinada conforme al presente reglamento. El establecimiento del Regimen de Gestion Comun por acuerdo de las municipalidades podra incluir la creacion de un organismo conjunto para gestionar y fiscalizar el transporte en rutas de interconexion, con las facultades que el acuerdo mismo establezca. El Regimen de Gestion Comun del Transporte que se establezca comprende solamente el area MORDAZA continua que cumpla con las caracteristicas y factores establecidos en los articulos 17º y 18º, respectivamente, del presente reglamento y no la integridad del territorio de las provincias involucradas. En caso de no existir acuerdo, el Regimen de Gestion Comun sera dispuesto mediante laudo arbitral o mediante resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 24º.- Procedimiento para la Gestion Comun del Transporte Para el establecimiento del Regimen de Gestion Comun del Transporte, las municipalidades proceden de la siguiente forma: a) Designacion de los representantes, mediante resolucion de alcaldia o acuerdo de concejo, precisando sus respectivas facultades; b) Inicio de la negociacion, debiendo suscribirse el acta correspondiente, la que debe contener los temas de agenda para establecer el Regimen de Gestion Comun del Transporte, formas y plazo MORDAZA de negociacion; c) Desarrollo de la negociacion, debiendo extenderse acta por cada reunion; d) Cierre de la negociacion, debiendo suscribirse el acta correspondiente, la que debe contener el acuerdo final de negociacion; y, e) Aprobacion del Regimen de Gestion Comun del Transporte por cada municipalidad, mediante ordenanza municipal. Las Municipalidades involucradas podran, de comun acuerdo, invitar a especialistas, representantes de la sociedad civil o de entidades publicas que pudieran aportar en el analisis de un determinado aspecto de la negociacion. Articulo 25º.- Elementos del Regimen de Gestion Comun del Transporte El Regimen de Gestion Comun del Transporte comprende, como minimo, los siguientes elementos: a) Determinacion de los servicios de transporte que comprende el Regimen de Gestion Comun;

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