Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2004 (03/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, miercoles 3 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las entidades del sector publico, establecen que cada entidad debe elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, consolidando la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas (publicas o selectivas) que se realizan en el ano fiscal correspondiente; Que, con Resolucion Municipal Nº 005-2004-MPS-A, se constituye la Comision Permanente de Adquisiciones y Contrataciones, de la Municipalidad Provincial de Sandia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, Art. 20º, inciso 6); SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para el Ejercicio Fiscal 2004, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano y diarios de circulacion regional, dentro del plazo establecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04330

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere el Art. 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972 - "Ley Organica de Municipalidades", esta Alcaldia: SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2004, de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, cuyo anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo precedente, sea puesto a disposicion del publico y de conformidad con el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 26850. Articulo Tercero.- Encargar a la oficina de Planificacion y Presupuesto la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Siendo ya remitido en el plazo determinado un ejemplar de la presente Resolucion a la Comision de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME y al CONSUCODE. Registrese, comuniquese y archivese. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04385

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Declaran nulidad de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 01-2004-MDPN
RESOLUCION Nº 680-MDPN/2004
Pueblo MORDAZA, 27 de febrero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA VISTO: Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA Yanez MORDAZA, con fecha 23 de febrero del 2004, presenta una solicitud contra el mencionado MORDAZA indicando que se ha transgredido la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO:

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUCHUMBAYA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-2004-AMDC
Cuchumbaya, 3 de febrero del 2004 VISTOS: El Acuerdo de Concejo Nº 001-2004-MDC de fecha 2 de febrero del 2004, el Oficio Nº 001-2004-OPP/MDC de fecha 30 de enero del 2004 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto y el cuadro adjunto denominado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano Fiscal 2004. CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 7º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual consolidara la informacion de las Adjudicaciones Directas que realizara la Entidad en el ano Fiscal; Que, asimismo el numeral 1) del articulo del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM senala que el Titular del Pliego debera aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion del Presupuesto Institucional; Que, la Oficina de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, en virtud de lo expuesto, ha for mulado el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES para el ano 2004, de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 380-2003CONSUCODE/PRE modificada por Resolucion Nº 0192004-CONSUCODE/PRE;

Que, con fecha 17 de febrero del 2004, la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, realizo la convocatoria para la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2004/MDPN - Bases para la Adquisicion de Productos para el Programa del Vaso de Leche por intermedio del diario local La Verdad del Pueblo; Que, visto el informe analizado y revisado por el Asesor Legal Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Seleccion implementada por el Comite Especial se desprende que el mencionado MORDAZA no se ha observado los plazos establecidos para cada etapa del MORDAZA de Seleccion conforme lo preve el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que teniendo en cuenta el monto referencial mensual de S/ . 27,955.20 por el periodo de 11 meses, se tiene que el monto total de la Adjudicacion es la suma de S/. 307,507.20 por lo tanto la Seleccion de Adjudicacion debio hacerse por Adjudicacion Directa Publica y no por Adjudicacion Directa Selectiva como lo ha realizado el Comite; Que, igualmente en el documento que contiene el acto de la convocatoria tampoco se ha observado las formalidades en la que se debio hacer, ni menos se hizo publicaciones por el Diario Oficial El Peruano, hechos que significan haber incurrido en vicios que conllevan la Nulidad del Proceso; Que, habiendo incurrido en causal de Nulidad prevista en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo expuesto por el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones la entidad esta facultada para declarar la Nulidad de Oficio, retrotrayendose el MORDAZA de Seleccion a la Etapa inicial es decir a la elaboracion de las bases; Que, de conformidad con lo dispuesto por el TUO de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

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