Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2010 (22/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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dispositivos requieren obligatoriamente de registro sanitario; Que, el literal m) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud permite la delegacion de potestades administrativas de titularidad del Despacho Ministerial, en tanto, no MORDAZA facultades o atribuciones privativas de su funcion, pudiendo, en consecuencia, encargarse su ejercicio a cualquier funcionario del Ministerio de Salud; Que, actualmente el titular de la potestad de representacion legal del Ministerio de Salud es el Despacho Ministerial, tal como viene preceptuado por el literal a) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud; Que, mediante Informe Nº 132-2010-DIGEMID-DASED/MINSA la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas sustenta la emision del Proyecto de Resolucion Ministerial que delega a favor de su Jefe de Equipo de Drogas la competencia del Despacho Ministerial de ejercitar la representacion legal del Ministerio de Salud, para tramitar los procedimientos de inscripcion y reinscripcion de registros sanitarios de drogas y medicamentes que constituyen monopolio estatal, segun lo establecido por el articulo 14º del Decreto Ley Nº 22095; Que, por convenir al interes publico sanitario, resulta necesario emitir el acto resolutivo que disponga la delegacion MORDAZA senalada; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley N° 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Salud competente, dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales, de conformidad con lo que establece, en cada caso, la ley de la materia; Que, asimismo, el articulo 107º de la mencionada ley, estipula que el abastecimiento de agua, alcantarillado, disposicion de excretas, reuso de aguas servidas y disposicion de residuos solidos quedan sujetos a las disposiciones que dicta la Autoridad de Salud competente, la que vigilara su cumplimiento; Que, de otro lado, el literal b) del articulo 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005SA, senala que la Direccion de Saneamiento Basico de la Direccion General de Salud Ambiental tiene como una de sus funciones generales el establecer las normas tecnicas sanitarias respecto del abastecimiento de agua para consumo humano; Que, la Direccion General de Salud Ambiental ha propuesto para su aprobacion la Guia Tecnica para la Implementacion, Operacion y Mantenimiento del "Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano ­ MI AGUA", con la finalidad de proveer a la poblacion de una tecnologia de tratamiento de agua a nivel intradomiciliario que asegure que la calidad del agua para consumo humano no represente un riesgo para la salud; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud Ambiental; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud Ambiental, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Disponer la delegacion a favor del Jefe del Equipo de Drogas de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas de la competencia del Despacho Ministerial para representar al Ministerio de Salud en el inicio y tramitacion de los procedimientos de inscripcion y reinscripcion de registros sanitarios de drogas y medicamentos que constituyen monopolio estatal, segun lo establecido por el articulo 14º del Decreto Ley Nº 22095. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 533901-1

Articulo 1°.- Aprobar la Guia Tecnica para para la Implementacion, Operacion y Mantenimiento del "Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano ­ MI AGUA", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud Ambiental, las Direcciones de Salud de MORDAZA y las Direcciones Regionales de Salud, o las que MORDAZA sus veces, son los responsables de la difusion, implementacion, supervision y aplicacion de la presente Guia Tecnica, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas. asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 533901-2 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 620-2010/MINSA Mediante Oficio Nº 1912-2010-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 620-2010/MINSA, publicada en nuestra edicion del dia 16 de agosto de 2010. DICE: Articulo 1º.- Designar al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHICCHON, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, de la Oficina de Logistica, Nivel F-3, del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa" de la (...)"

Aprueban Guia Tecnica para la Implementacion, Operacion y Mantenimiento del "Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano - MI AGUA"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 647-2010/MINSA MORDAZA, 19 de agosto del 2010 Visto, el expediente Nº 10-014701-001, que contiene los Informes Nº 255-2010/DSB/DIGESA y Nº 0751-2010/ DSB/DIGESA de la Direccion General de Salud Ambiental, y el Informe Nº 611-2010-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el articulo 150º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que corresponde a la Autoridad de

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