Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2010 (22/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2010

de la Universidad Nacional del MORDAZA como responsable de entregar la informacion que se requiera al MORDAZA de la Ley, de conformidad con el Art. 8º del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado con D.S. Nº 043-2003-PCM y con el Art. 4º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM y modificatorias. 2º. COMUNICAR la designacion establecida en el articulo precedente, a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM. 3º. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional del MORDAZA 533923-1

delito Contra la Administracion Publica ­usurpacion de la funcion publica- en agravio del Estado y de la Universidad Nacional del Santa; Que, que los numerales 1) y 2) del Art. 36º del citado Codigo Penal, modificado en ese extremo por el Art. 1º de la Ley N° 29439 (publicada el 19 de noviembre del 2009), indican que la inhabilitacion producira, segun disponga la sentencia, "1. La privacion de la funcion, cargo o comision que ejercia el condenado, aunque provenga de eleccion popular" y "2. Incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comision de caracter publico", por lo que corresponde hacer efectiva esa inhabilitacion en esta Universidad, sin perjuicio de adoptarse otras medidas previstas en el ordenamiento legal; Estando a las consideraciones establecidas y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria N° 23733; SE RESUELVE: Articulo 1° : PRIVAR, a partir del 13 de agosto del 2010, a los servidores de esta institucion, Sres. M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ms. MORDAZA HERRADDA MORDAZA y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el lapso de un (01) ano y sin goce de remuneraciones, del ejercicio de la funcion o cargo que vienen desempenando a la fecha en esta Universidad, sin perjuicio de las demas acciones legales a que hubieran lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia (Resolucion Nº 416-2009) de fecha 15 de diciembre del 2009) emitida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y notificada a esta Universidad el 14 de MORDAZA del ano en curso por el Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Chimbote, en vista de haberseles hallado culpables del delito Contra la Administracion Publica ­usurpacion de la funcion publica- en agravio del Estado y de la Universidad Nacional del Santa. Articulo 2° : DISPONER que el Jefe de la Oficina Central de Economia y Administracion de esta Universidad, siguiendo el procedimiento senalado en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SG aprobada con la Resolucion Ministerial Nº 017-2007-PCM del 18 de enero de 2007, INSCRIBA en el Registro Nacional de Sanciones- RNSDD, la inhabilitacion impuesta con la referida sentencia judicial emitida por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, dado que con la misma los servidores mencionados en el articulo anterior, tambien han quedado incapacitados de obtener mandato, cargo, empleo o comision de caracter publico. Articulo 3º : DISPONER que la Oficina Central de Personal, sin perjuicio de retirarlos del control de asistencia y permanencia, REGISTRE la presente Resolucion en el legajo de cada uno de los servidores MORDAZA mencionados en el Art. 1º, para cuyo efecto la Oficina de Secretaria General debera remitirle las copias autenticadas respectivas, aparte de remitir al Jefe de la Oficina Central de Economia y Administracion la documentacion correspondiente para el fin indicado en articulo anterior. Articulo 4° : DISPONER que la Oficina de Secretaria General proceda a notificar, a cada uno de los servidores inhabilitados, la presente Resolucion, y que tramite su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5° : DISPONER que los senores M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ms. MORDAZA HERRADDA MORDAZA y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entreguen sus cargos a sus jefes inmediatos, al dia siguiente habil de sus respectivas notificaciones, con la presente Resolucion. Articulo 6° : DISPONER que la Oficina de Secretaria General tramite la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, aparte de fedatear las copias de los documentos relacionados con el caso, para su remision al Tribunal de Honor y a la Comision respectiva. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional del MORDAZA 533922-1

Privan a servidores del ejercicio de la funcion o cargo que desempenan en la Universidad Nacional del MORDAZA, en cumplimiento de sentencia, en vista de haberseles hallado culpables de delito contra la administracion publica
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL MORDAZA RESOLUCION RECTORAL N° 341-2010-UNS MORDAZA Chimbote, 12 de agosto del 2010 Visto el Oficio Nº 2004-269-JEP-MBJNCH-CSJSA-PJ, recepcionado el dia 14.07.2010 y remitido por el Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Chimbote, asi como el Oficio Nº 184-2010UNS-OCAL de la Oficina Central de Asesoria Legal, y el Memorando Nº 1795-2010-UNS-R del Rectorado de la UNS, con registro de Ticket UNS Nº 11237-10; y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio en referencia, el Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Chimbote, solicita al Rectorado "disponer a quien corresponda dar cumplimiento a la Resolucion emitida por la Corte Suprema, respecto a la INHABILITACION por el plazo de un ano, de los sentenciados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HERRADDA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quedando inhabilitados de sus derechos previstos en el Art. 36º numeral 1 y 2 del Codigo Penal.- por haberse dispuesto asi en la instruccion Nº 2004-269, por el delito de Peculado y otros, en agravio de la Universidad Nacional del Santa" (sic), por lo que adjunta las copias certificadas de las resoluciones judiciales correspondientes; Que, segun el Informe de la Oficina Central de Asesoria Legal, se desprende de la fotocopia anexada al Oficio Nº 09-2010-UNS-OCAL-ALE remitido por el asesor legal externo de esta Universidad y cuya MORDAZA certificada obra en el citado Expediente Judicial Nº 00269-20040-2501-SP-PE-01, la sentencia aludida o emitida por la Primera Sala Penal de la Corte Superior del MORDAZA, ha sido reformada, en parte, con la Resolucion Nº 416-2009 emitida el 15 de diciembre del 2009, en MORDAZA y definitiva instancia, por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, variando la condena e imponiendo a los referidos servidores (M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ms. MORDAZA Herradda MORDAZA y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez) "dos anos de pena privativa de la MORDAZA suspendida por el plazo de un ano bajo reglas de conducta"; fijando "en mil nuevos soles por concepto de reparacion civil que deberan abonar solidariamente a favor de la entidad agraviada; asimismo les imponen la pena de inhabilitacion por el plazo de un ano quedando inhabilitados de sus derechos previstos en el articulo treinta y seis, numeral uno y dos del Codigo Penal ..."; por haberselos hallado culpables del referido

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