Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2010 (22/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2010

Articulo 2°.- El derecho de uso otorgado a favor de la empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C:, que comprende un area total de CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 29/100 METROS CUADRADOS (48,417. 29m2), tendra vigencia hasta el 20 de agosto de 2028. Articulo 3°.- Luego de aprobada la presente Resolucion Suprema, la empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C., segun lo senalado en su Plan de Mitigacion y Manejo Costero, debera realizar anualmente, mientras dure su derecho de uso de area acuatica, el monitoreo del perfil costero, con la finalidad de verificar los procesos de erosion y/o sedimentacion que sufra el litoral, considerando como linea base el levantamiento topografico efectuado durante el ano 2008, de acuerdo con el plano "A" denominado "Linea de Perfil de Costa Playa Redondo - Playa Barranquito - MORDAZA de Miraflores" y el plano "B" denominado "Linea de Perfil de Costa de Playa Barranquito - Playa Pescadores- MORDAZA de Miraflores". Articulo 4°.- La empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C., es responsable de realizar labores de mitigacion necesarias, a efectos de mantener la "Linea de Alta Marea - LAM" y perfil costero determinados en la linea de base obtenida durante el ano 2008, segun los planos "A" y "B" citados en el articulo 3° de la presente resolucion, con la finalidad de revertir aquellos efectos erosivos que podria generar la infraestructura instalada. Articulo 5°.- La empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C., debera remitir anualmente a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, mientras dure su derecho de uso de area acuatica, el correspondiente informe de monitoreo de verificacion de los procesos de erosion y/o sedimentacion que sufra el litoral, considerando como linea de base el perfil costero senalado en los planos "A" y "B" citados en el articulo 3° de la presente resolucion. Articulo 6°.- La empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C., debera realizar el monitoreo de la calidad del agua de mar en el area de influencia directa e indirecta de la MORDAZA, considerando una frecuencia semestral; dicho monitoreo incluira los analisis de parametros, tales como Solidos Suspendidos totales, Aceites y Grasas, Demanda Bioquimica de Oxigeno y Oxigeno Disuelto. Los analisis deberan ser realizados por laboratorios acreditados y los correspondientes Informes de Ensayo o Certificados de Analisis seran entregados a la Capitania Guardacostas de la Jurisdiccion para su posterior remision a la Direccion del Medio Ambiente de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. Articulo 7°.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas dentro dei ambito de su competencia y en coordinacion con los sectores competentes, mediante Resolucion Directoral dictara las normas y disposiciones complementarias que MORDAZA requeridas para la aplicacion del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, asi como, con la legislacion vigente y con los Convenios Internacionales ratificados por el Estado Peruano. Articulo 8°.- La empresa ENTERPRISE GALAXY S.A.C., debera dar cumplimiento a lo establecido en la Resolucion Directoral N° 766-2003/DCG de fecha 31 diciembre 2003, que aprueba la clasificacion de instalaciones de recepcion de residuos de mezclas oleosas, aguas sucias y basuras. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 534046-6

Autorizan viaje de Viceministro de Politicas para la Defensa y Oficial de la MORDAZA de MORDAZA a Ecuador para participar en la Reunion del Grupo de Trabajo sobre "Metodologia estandarizada y transparente para medicion de gastos militares"
RESOLUCION SUPREMA Nº 349-2010-DE MORDAZA, 21 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 825 de 23 de MORDAZA de 2010, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que mediante Nota 4-2-300/10 la Embajada de la Republica de Ecuador convoca a la Reunion del Grupo de Trabajo sobre "Metodologia estandarizada y transparente para medicion de gastos militares", la misma que se realizara los dias 26 y 27 de agosto del presente ano; Que, la mencionada reunion se encuentra prevista en el punto 2 del "Acta Final de la MORDAZA Reunion de la Comision Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y Seguridad" de 19 de MORDAZA de 2010, por lo que es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Comision de Servicio de dos representantes del Ministerio de Defensa para que participen en la mencionada reunion; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Item 140 del Anexo 1, Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, de la Resolucion Suprema Nº 260-2010-DE de 09 de junio, que modifica el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Ano Fiscal 2010 que fuera aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 130-2010-DE/SG de 01 de MORDAZA de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicio al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Politicas para la Defensa y al Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que del 25 al 28 de agosto del presente ano, viajen a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, a fin de participar en la Reunion del Grupo de Trabajo sobre "Metodologia estandarizada y transparente para medicion de gastos militares". Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - MORDAZA - Lima): US$ 850 x 2 personas Viaticos: US$ 200.00 x 2 personas x 2 dias Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 2 personas Articulo 3º.- El personal autorizado, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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