Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2017 (14/09/2017)


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B. META

NORMAS LEGALES

Jueves 14 de setiembre de 2017 /

El Peruano

El país se encuentra en un proceso activo de construcción de una sólida educación en valores y una cultura de integridad en la actuación pública que tienen por finalidad revertir la tolerancia a las prácticas de corrupción por parte de los/las ciudadanos/as. C. RESPONSABLES El Ministerio de Educación es responsable de asegurar la inclusión en un currículo escolar intercultural, y en los programas de centros de educación superior, temas específicos vinculados a la formación en valores éticos e integridad. Las escuelas públicas y privadas implementan el currículo escolar intercultural, reforzando los temas de integridad y lucha corrupción en todos sus grados de formación educativa, con apoyo de las autoridades correspondientes a nivel nacional, regional y local. La Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR es responsable de diseñar estrategias que incluyan programas y campañas en favor de la construcción de una cultura de la integridad en la Administración Pública. Las entidades públicas en todos los niveles de gobierno son responsables de desarrollar programas y campañas en favor de la construcción de una cultura de la integridad y de la implementación de las directrices de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR. Los colegios profesionales, gremios empresariales, sindicatos y asociaciones en general son responsables de aprobar códigos de ética efectivos e instancias autónomas disciplinarias al interior de sus instituciones. D. LINEAMIENTOS A fin de cumplir con este objetivo las entidades responsables deberán considerar, como mínimo, los siguientes lineamientos: Incluir en el currículo nacional la materia de valores y ética pública, de manera que se convierta en un elemento estructural en la formación de los estudiantes. Evaluar y actualizar el código de ética de la función pública. Implementar programas de integridad en los centros de estudios superiores que contribuyan a la concientización permanente de la ciudadanía en la aplicación práctica de estos valores y en su ejercicio cotidiano frente a escenarios complejos. Formular códigos de ética efectivos en colegios profesionales, gremios empresariales, sindicatos y asociaciones en general, Articular las iniciativas de capacitación en temas de integridad y lucha contra la corrupción de acuerdo a los objetivos planteados en esta política. OBJETIVO ESPECÍFICO 5: 1.5 INSTALAR Y CONSOLIDAR LA GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES Y LA GESTIÓN DE INTERESES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA A. SITUACIÓN ACTUAL En la actualidad, los/las servidores/as civiles no están obligados a transparentar sus vínculos e intereses a fin de que estos sean de conocimiento público por parte de cualquier ciudadano/a (Comisión Presidencial de Integridad: 2016). Pese a que se trata de una herramienta valiosa que busca evitar los escenarios de conflictos de intereses, no existen los marcos normativos adecuados para la exigibilidad de medidas en este sentido. De la misma manera, no existe un rol definido al interior de cada entidad y fuera de ellas, es decir una autoridad que se encargue de guiar, orientar y capacitar correctamente a los/las servidores/as civiles en los distintos temas concernientes a la ética pública. Esta debilidad es tal que, en los casos en los que se pudieran presentar escenarios de conflictos de intereses, los/las funcionarios/as no conocen de canales formales que les

permitan definir cuál debe ser su manera de proceder (OCDE: 2017). Los propios mecanismos que regulan la observancia de principios o reglas éticas en la función pública no son suficientemente precisos y las reglamentaciones que regulan los supuestos de incompatibilidades no son monitoreados y supervisados por alguien que tenga atribuida la responsabilidad de hacerlo. Existe, entonces, una combinación negativa entre una imprecisión en la definición del sistema junto a las debilidades en su aplicación. Por su parte, la regulación de la interacción entre los/ las servidores/as civiles y los/las ciudadanos/as a través de los mecanismos de gestión de intereses, resulta también imprecisa y poco transparente. Prueba de ello es el escaso nivel de cumplimiento de la legislación vigente que demanda una pronta adecuación (OCDE: 2017). Los bajos niveles de transparencia en la gestión de intereses han hecho que la ciudadanía perciba esta actividad como una fuente de conductas negativas, asociadas al favorecimiento de intereses privados por encima de los intereses públicos. B. META El país cuenta con un marco normativo que regula la gestión de los conflictos de interés y la gestión de intereses. Los/las funcionarios/las públicos/as presenten sus Declaraciones Juradas en las que transparentan sus vínculos con entidades privadas en los últimos cinco años. C. RESPONSABLES La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción es responsable de proponer normativa que regule la gestión de conflicto de intereses y la gestión de intereses. La Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, en coordinación con la Contraloría General de la República, es responsable de promover la capacitación en temas prevención y gestión de los conflictos de interés. D. LINEAMIENTOS A fin de cumplir con este objetivo las entidades responsables deberán considerar, como mínimo, los siguientes lineamientos: Mejorar la normativa sobre gestión de conflicto de intereses y gestión de intereses determinando responsabilidades para su cumplimiento. Implementar los instrumentos necesarios para identificar, gestionar y resolver situaciones de conflictos de intereses. II. EJE 2: Identificación y Gestión de Riesgos Un segundo eje de trabajo en el desarrollo de una Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción viene dado por la implementación de mecanismos permanentes de supervisión, identificación y gestión de riesgos que permitan la actuación rápida y oportuna de los actores involucrados en la investigación, persecución y represión de las prácticas de corrupción. Se trata de una estrategia que busca establecer un control continuo e integral, a través de los siguientes objetivos específicos: OBJETIVO ESPECÍFICO 1: 2.1 FORTALECER EL MECANISMO PARA LA GESTIÓN DE DENUNCIAS POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN A. SITUACIÓN ACTUAL En la actualidad, no existe un adecuado sistema de denuncias que permita que los/las ciudadanos/as puedan colaborar en la lucha contra la corrupción a través del suministro de información relevante para las autoridades, con la finalidad de que estas sancionen estas prácticas en

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