Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2019 (28/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de junio de 2019 /

El Peruano

frutos secos, wayruros y pequeñas piedras de colores; Que, en el caso de los varones, la vestimenta consiste en prendas de lana de oveja. Estas incluyen dos pantalones o wara de color blanco y negro, que se llevan puestos uno encima del otro, una camisa generalmente de color blanco aunque también puede ser roja o azul a cuadro o una combinación de ambas, y un chumpi o faja atada a la cintura y de la cual caen cintas principalmente rojas que emulan una pollera. A estas prendas se añade un chullo y dos pañuelos, uno verde y otro naranja, los que van cruzados sobre el pecho. Adicionalmente, los varones portan distintos implementos utilizados en los enfrentamientos rituales que tienen lugar durante el Carnaval de Cupisa. Los músicos que acompañan las comparsas llevan la misma vestimenta que los danzantes varones, pudiendo llevar como reemplazo del chullo una prenda denominada atoq chuku, sombrero heredado de generación en generación y confeccionado con la piel disecada de un zorro, no realizándose hoy en día la caza de este animal para su confección; Que, las celebraciones del Carnaval de Cupisa se inician en la madrugada del martes carnaval, con la realización del encuentro de compadres. Esta costumbre consiste en la visita mutua entre compadres y comadres, personas entre las que se ha generado un vínculo de parentesco ritual o padrinazgo en torno a múltiples eventos vinculados al ciclo de vida. Estos pueden incluir el bautizo o primer corte de pelo de un hijo, o la construcción y techado de una casa. El anfitrión tiene la obligación tácita de ofrecer comida y bebida a sus visitantes. Por otro lado, en el encuentro de compadres tiene lugar el qotonakuy, costumbre en que los compadres visitantes pueden escoger algún obsequio como frutos de las cosechas o algún animal menor del anfitrión, los que le son entregados como símbolo de agradecimiento. Luego, los anfitriones ofrecen un desayuno consistente en caldo de carnero o de llama; Que, tras estas acciones se realiza un pasacalle con la participación de toda la comunidad, mientras van llegando las comparsas provenientes de comunidades y centros poblados aledaños. Todas las comparsas confluyen en la plaza de Cupisa alrededor del mediodía, donde se comparte un almuerzo organizado por la junta directiva de la comunidad de Cupisa. Este consiste en un plato de puchero, caldo de res o cordero acompañado por mote, papa, habas, zanahoria y col. Luego, las comparsas se desplazan al estadio comunal, en donde se realiza un festejo o baile general; Que, al día siguiente, miércoles de ceniza, los participantes del carnaval regresan a la plaza de Cupisa para compartir un desayuno. Seguidamente, continúan con los pasacalles y las comparsas de carnaval. Por la tarde, las comparsas de comunidades y centros poblados aledaños emprenden el regreso a sus lugares de origen, mientras las celebraciones del Carnaval en Cupisa se extienden durante el jueves, viernes e incluso sábado de forma libre y espontánea. Su culminación es marcada por la realización de la costumbres del cortamonte, conocida a nivel local como mallki y organizado por la pareja que tumbó el árbol el año anterior; Que, en el transcurso de los carnavales se dan una serie de enfrentamientos rituales, a modo de competencia, entre miembros de las comunidades y con el acompañamiento de la música del Carnaval de Cupisa. Estos se hacen en parejas y de forma ordenada, siguiendo turnos y usando los implementos antes descritos. El primero es el warakanakuy, en el que se usa la waraka para golpear tanto las piernas como cualquier otra área del cuerpo del oponente que no comprometa su integridad. Este enfrentamiento se da tanto entre hombres como entre mujeres, siendo la única condición que ambos contendientes sean del mismo sexo. Quien golpea, baila agitando la waraka hasta que realiza el golpe. Luego, ambos contendientes cambian de roles, y quien recibió el golpe pasa ahora a bailar con la waraka; Que, otros enfrentamientos que tienen lugar durante la festividad son el seqollonakuy y el qalaschanakuy. A diferencia del warakanakuy, estos son realizados sólo por los varones de la comunidad, y se detienen cuando las mujeres intervienen o cuando se observa que se

podría poner en riesgo la integridad física de uno de los contendores. De la misma forma que el warakanakuy, se propina una serie previamente pactada de golpes a las piernas de los oponentes. La principal diferencia entre estos dos tipos de enfrentamiento está ante todo en la herramienta utilizada para golpear. En el caso del seqollonakuy, como su nombre lo indica, se utiliza un seqollo, zurriago hecho con madera y cuero de llama para la parte del látigo. El qalaschanakuy por otro lado, se practica con qalas o chankis, zurriagos que terminan en un triángulo de suela con clavos. Actualmente el uso de las qalas está desapareciendo, y es visto como una prueba de mayor valentía. Finalmente, se da el fuetenakuy o enfrentamiento con fuetes, para el cual se usan fuetes de cuero. A diferencia de los otros, este suele estar menos reglamentado y se da principalmente en momentos de euforia que tienen lugar durante la fiesta, en que los varones se retan como una manera de mostrarse superiores a sus rivales; Que, además de ser una muestra pública de valentía, estos enfrentamientos constituyen un medio para mitigar tensiones y prevenir posibles conflictos entre individuos y comunidades. Al respecto, Harald Skar señala que estos enfrentamientos son una forma de obtención de prestigio para los participantes al interior de sus comunidades. En el contexto del carnaval, estas acciones rituales tienen especial significado considerando que durante esta festividad se rompen barreras sociales, fomentándose la competencia, el juego y la unión de las parejas; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° D000042-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado del Carnaval de Cupisa en el distrito de San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042019-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval de Cupisa en el distrito de San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, por su importante rol como factor de cohesión social al interior de la comunidad campesina de Cupisa, el profundo sentido de participación colectiva al convocar dentro del mismo contexto festivo a las comunidades aledañas, y el contenido simbólico plasmado en sus elementos distintivos tales como la música, la danza y el vestuario de sus participantes. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre

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