Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1999 (31/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 1999

* La reincidencia en un lapso de 12 meses tendra como sancion accesoria la suspension en la prestacion del servicio por tres meses. * Las infracciones VMP-1, VMP-5, VMP-8, VMC-2, tendran como sancion accesoria la remocion o internamiento del vehiculo en el deposito oficial. * La infraccion VMC-3 tendra como sancion accesoria la suspencion definitiva del permiso Municipal para prestar servicio de transporte en vehiculos menores.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Dictan normas complementarias al regimen laboral de los trabajadores de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 019 MORDAZA MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 Visto, en sesion extraordinaria de Concejo celebrada el dia 27 de diciembre de 1999, el Dictamen Nº 002-99/MJM/ CPEP/CAJ; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica de 1993 reconoce en su Articulo 191º a las Municipalidades Distritales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el Articulo 191º citado ha otorgado en forma expresa, al Concejo Municipal la funcion normativa en los asuntos de su competencia, cumpliendo la misma, a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales tienen rango de ley, conforme estipula el Articulo 200º inciso MORDAZA de nuestra Carta Magna; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ejercicio fiscal del ano 2000, Ley Nº 27212, ratificando la autonomia economica y administrativa de los Gobiernos Locales recoge el MORDAZA de cobertura remunerativa con cargo a los ingresos propios de cada Municipalidad, preceptuando la obligacion del Concejo Municipal de velar, bajo sancion de nulidad, porque se cuente con el correspondiente financiamiento debidamente previsto; Que, bajo estos criterios, con la finalidad de lograr una administracion municipal eficiente, con estricta sujecion a las normas de austeridad, es necesario dictar las medidas que permitan alcanzar dichos fines, contribuyendo a lograr la estabilidad economica y el equilibrio financiero; Que, en ese sentido, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 100 publicada el 3 de diciembre de 1996 en el Diario Oficial El Peruano, regulando un regimen laboral complementario para sus trabajadores; Que, con igual criterio, resulta conveniente dictar normas complementarias al regimen laboral de los trabajadores de la Municipalidad de MORDAZA Maria; De conformidad con el Dictamen Nº 002-99 MJM/CPEPCAJ, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y en uso de las facultades conferidas por Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- La aprobacion y reajuste de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, y demas conceptos remuneratorios de los trabajadores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, se fijan por el procedimiento de negociacion bilateral establecido mediante los Decretos Supremos Nºs. 070-85-PCM, 003-82-PCM y 026-82-JUS, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 074-95-PCM. Articulo Segundo.- La Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA solo negociara condiciones generales de trabajo con aquellas organizaciones sindicales que acrediten su constitucion, funcionamiento y representacion legal conforme al ordenamiento legal de la materia. Las juntas directivas de dichas organizaciones sindicales, integradas por servidores empleados u obreros deberan inscribirse en el registro que abrira la Oficina de Personal, cumpliendose con los requisitos que establece el Articulo 12º del D.S. Nº 003-82-PCM, en lo pertinente. Articulo Tercero.- La eleccion de la junta Directiva y la modificacion en los estatutos, debera ser comunicada a la Oficina de Personal en el termino de 48 horas de formalizada la modificacion, acompanandose la documentacion sustentatoria para efectos de su registro a efecto de legitimar la actuacion de sus representantes legales.

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MUNICIPALIDAD DE ANCON
Prorrogan vigencia de ordenanza que establecio Tasa por Estacionamiento Vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 022-99-A/MDA Ancon, 28 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA CORPORACION MUNICIPAL DISTRITAL DE ANCON POR CUANTO: La Junta Ejecutiva Municipal de la Corporacion Municipal Distrital de Ancon, en Sesion Ordinaria del 30 de noviembre de 1999; aprobo el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Tasa por Derecho de Estacionamiento Vehicular en las playas del distrito; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Lit. d) del Art. 68º de la Ley de Tributacion Municipal, Dec. Leg. Nº 776, las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer tasa por derecho de estacionamiento de vehiculos, la misma que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, habiendose aprobado por Ordenanza Nº 002-99MDA, de 7 de febrero de 1999, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 033 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de 18 de febrero de 1999 - Tasa de Cobro de Derecho de Estacionamiento Vehicular en Playas; Que, siendo necesario que se mantenga vigente la Ordenanza anteriormente citada para la Temporada del MORDAZA 2000, de la Tasa aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y conforme a los lineamientos sobre libre acceso y MORDAZA a las playas dispuesto por INDECOPI; y, Conforme a los Arts. 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y Lit. d) del Art. 68º de la Ley de Tributacion Municipal, Dec. Leg. Nº 776, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APLIQUESE para el periodo del MORDAZA 2000 las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 002-99-MDA, y ratificado por el Acuerdo de Concejo Nº 033 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las cuales establecen la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Ancon. Articulo Segundo.- PONGASE en conocimiento de INDECOPI y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA lo dispuesto por el presente dispositivo administrativo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Unidades competentes el cumplimiento del presente dispositivo administrativo. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16249

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