Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1999 (31/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 182274

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 1999

ticamente de acceso completo, es decir casi sin perdidas ( es decir, una probabilidad de bloqueo de 0,0001). En telefonia, las troncales de transmision se calculan con una probabilidad de perdida o bloqueo del 0,01 al 0,001. En cambio, en telefonia movil celular, para tener acceso a los n MORDAZA de radio de la estacion base por parte de los N usuarios que transitan por el area de servicio de una celda, se calcula n con una probabilidad de bloqueo del 2% (Nota 1). Es decir, se admite que en la peor hora, de cada 100 intentos de toma de MORDAZA en la estacion base, dos (2) podran ser no establecidas. En el caso de una llamada movil a movil, la probabilidad de bloqueo en sus distintas etapas, es la siguiente (considerando una probabilidad de bloqueo en las troncales de transmision de 0.01): a. Radioelectrica entre la estacion movil y la estacion base (0,02) b. De troncales entre la estacion base y el Centro de Conmutacion Movil y viceversa (computando el MORDAZA entre 2 centrales y la perdida en ellas), (0,03) c. Radioelectrica entre la estacion base y la estacion movil (0,02). De a, b y c se tiene, (para una llamada movil a movil):
Probabilidad de perdida extremo a extremo = = 1 - 0,98 x 0,97 x 0,98 0,0684

Entonces la probabilidad de perdida o bloqueo esperada, de una llamada movil a movil seria 6,84 %. En el caso de la comunicacion movil a fijo o viceversa, la probabilidad de perdida o bloqueo total sera (considerando una probabilidad de bloqueo en las troncales de transmision de 0.01): a. Radioelectrica entre la estacion movil y la estacion base (0,02) b. De troncales entre la estacion base y el Centro de Conmutacion Movil (0,01) c. De troncales entre el Centro de Conmutacion Movil y la Central de Telefonia Fija considerando la perdida en la central movil (0,01). De a, b, c, se obtiene (para una llamada de movil a fijo o viceversa):
Probabilidad de perdida = 1 - 0,98 x 0,99 x 0,99 = 0,0395

afecta a las comunicaciones en curso de establecimiento y dado que en muchos sistemas se comienza a utilizar asignaciones de MORDAZA dinamicos o adaptativos para mejorar la calidad de funcionamiento del traspaso, se puede obtener un valor de hasta 0,005 para ese parametro (en condiciones normales de carga de trafico y transmision radioelectrica). Sin embargo, una llamada podra interrumpirse no solo debido a intentos de traspaso fallidos por falta de MORDAZA (congestion) sino cuando un movil sale del area de cobertura y aunque MORDAZA radio MORDAZA libres en la celda mas cercana, no es posible mantener la comunicacion por una senal RF muy debil. Esto se da en celdas perifericas o en ambientes cerrados o con cobertura pobre (al ingresar a un ascensor mientras se esta conversando por el celular, por ejemplo). Por estas razones, el solicitar inicialmente una meta de 3,0% para luego alcanzar en el 2003 la meta de 2,0 % es porque las metas propuestas garantizan el minimo de calidad requerido y son posibles de alcanzar por las empresas operadoras. Aqui tambien vale decir que las metas establecidas han sido propuestas con base en los resultados obtenidos en pruebas pilotos realizadas por OSIPTEL asi como fruto de la comparacion con resultados obtenidos en pruebas similares por empresas en otros paises. Para el usuario esta meta del 2% significa que de cada 100 llamadas establecidas, por lo menos 98 se completaran exitosamente, es decir la llamada no finalizara sino hasta que los abonados llamante o llamado corten. Hay que tener en cuenta que este comportamiento sera mejor cuando el abonado se encuentre en una celda que no sea periferica y en condiciones de radiopropagacion optimas (es decir, cuando no esta en un ascensor o un sotano), por lo cual esta meta asegura una calidad aceptable minima respecto al % de llamadas interrumpidas. Para la definicion de los indicadores y sus valores correspondientes, se ha tomado como base: a).- Resultados de las evaluaciones de la calidad de servicio de la red de las empresas concesionarias: BellSouth S.A. y Telefonica S.A.A, realizada por OSIPTEL. b).- Las recomendaciones de la UIT. c).- Las especificaciones tecnicas de fabricantes de equipos. d).- Las asociaciones de fabricantes y operadores, como EIA/TIA (Telecommunications Industry Association) e).- Reguladores de otros paises (Espana, Ecuador, Irlanda, MORDAZA, Inglaterra, MORDAZA, etc.) REGLAMENTO DE CALIDAD DEL SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, tiene entre sus funciones el supervisar la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario, asi como el expedir normas referidas a la calidad de servicio en la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, en virtud de lo dispuesto por el Articulo 76º del TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, por el inciso a) del Articulo 5º y los incisos e) y f) del Articulo 6º del Reglamento del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 62-94-PCM. Articulo 2º.- El presente Reglamento contiene las normas que, con el objeto de conseguir la satisfaccion del usuario, rigen la calidad del servicio publico de telefonia movil brindado por las empresas concesionarias. Articulo 3º.- El presente Reglamento se aplica a la prestacion de los servicios publicos de telefonia movil, definidos en el Articulo 53º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo Nº 06-94TCC). Su alcance es en el ambito de la red movil de cada concesionaria y comprendera hasta el punto de Interconexion establecido con otras redes del servicio publico de Telecomunicaciones. Articulo 4º.- Para la supervision de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento sera de aplicacion la normativa vigente en telecomunicaciones, en especial, el Reglamento General de Acciones de Supervision, aprobado mediante Resolucion Nº 034-97-CD/OSIPTEL y los Procedimientos de Supervision y Control de la Calidad del Servicio Publico de Telefonia Movil que apruebe el OSIPTEL.

Entonces la probabilidad de perdida o bloqueo para llamadas de movil a fijo y viceversa seria 3,95%. De ahi que, en base a las perdidas en las distintas etapas segun lo expuesto en el analisis anterior y considerando todas las llamadas que se realicen en el sistema movil celular, asi como su impacto en las proporciones por MORDAZA de trafico; exigir una Tasa de Intentos No establecidos del 6 % en forma inicial hasta conseguir un valor de 5% es una meta holgada. Por lo expuesto, el valor objetivo de 5% para el ano 2003 elegido como requerimiento del Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telefonia Movil es adecuado. Para el usuario el significado de esta meta es el siguiente: de cada 100 intentos de establecer una llamada, por lo menos 95% de ellos conseguiran establecerse exitosamente, por lo cual esta meta asegura una calidad aceptable minima respecto al acceso al sistema. Ademas, estas metas son alcanzables de acuerdo con objetivos de calidad que las empresas operadoras exigen a los proveedores de equipos e instalacion de la red. Nota 1: En AT&T Practices 401-610-009, issue 3, se indica el valor de 0,02, como probabilidad de bloqueo para las celdas y 0,01 para las demas troncales. UIT-R, 1994, M-parte 1), Rec. 1073, 1.3, se considera aceptable una probabilidad de bloqueo del 2%. 3.2 Calidad de la Comunicacion. Para el caso de la medicion de llamadas interrumpidas, la UIT-T en su recomendacion E.771 sobre la probabilidad de fallo de traspaso celular terrestre, senala que la actual Red Movil de Telefonia Publica arroja una probabilidad de fallo del traspaso de 0,01, es decir, de 100 comunicaciones establecidas, solo 1 tendria la probabilidad de fallar durante el traspaso. No obstante, dado que el fallo de traspaso

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.