Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1999 (31/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Autorizase a la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao - CORDELICA a regularizar las transferencias de los bienes adquiridos en merito a las Leyes Nºs. 26928 y 26998, realizadas en favor de las entidades del Estado que los recibieron en apoyo a las zonas afectadas por el Fenomeno del MORDAZA y otras catastrofes naturales. Articulo 5º.- El presente Decreto de Urgencia, sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 16354

Que, la COPRI en su sesion del 1 de diciembre de 1999 ha adoptado el Acuerdo de establecer que la Linea Electrica Oroya - Carhuamayo - Paragsha - derivacion Antamina sea entregado en concesion al sector privado; y, ha propuesto el nombramiento de los miembros del Comite Especial que se encargara del MORDAZA de promocion de la inversion privada respectivo, bajo los mecanismos establecidos por Texto Unico Ordenado y su Reglamento, aprobados, respectivamente por los Decretos Supremos Nºs. 059 y 060-96-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo de la COPRI, adoptado en su sesion celebrada el 1 de diciembre de 1999, en virtud del cual se establece que la Linea Electrica Oroya Carhuamayo - Paragsha - derivacion Antamina sea entregado en concesion al sector privado bajo los mecanismos establecidos por Texto Unico Ordenado y su Reglamento, aprobados, respectivamente, por los Decretos Supremos Nºs. 059 y 060-96-PCM. Articulo 2º.- Nombrar al Comite Especial que estara encargado del MORDAZA de promocion para la entrega en concesion al sector privado de la Linea Electrica Oroya - Carhuamayo - Paragsha - derivacion Antamina, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado y su Reglamento, aprobados, respectivamente por los Decretos Supremos Nºs. 059 y 060-96-PCM, el cual estara conformado por las siguientes personas: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Sr. MORDAZA MORDAZA Mendoza; Sr. MORDAZA del MORDAZA Acosta; y, Sr. MORDAZA Liceti Hilbck Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 16330

PCM
Designan Comite Especial encargado del MORDAZA de promocion para la entrega en concesion al sector privado de la Linea Electrica Oroya - Carhuamayo Paragsha - derivacion Antamina
RESOLUCION SUPREMA Nº 690-99-PCM MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 839 se creo la Comision de Promocion de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el unico organismo encargado de promover la inversion privada en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que pueden ser otorgados en concesion al sector privado; Que, mediante la Ley Nº 27111 se transfirio a la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI las funciones atribuidas y competencias otorgadas a PROMCEPRI; Que, de acuerdo al Articulo 6º, numeral 2), del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM concordado con la Ley Nº 27111, corresponde a la COPRI establecer las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que seran entregados en concesion al sector privado; disponiendo el Articulo 2º, MORDAZA parrafo, del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el respectivo acuerdo de la COPRI debe ser ratificado por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector correspondiente; Que, el Articulo 6º del indicado Reglamento, concordante con el Articulo 8º de dicho Texto Unico Ordenado, dispone que el nombramiento de los miembros de los Comites Especiales que se constituyan con el objeto de colaborar con la COPRI en el mejor cumplimiento de sus fines, debe ser efectuado, previa propuesta de la COPRI, por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector correspondiente;

Autorizan viaje del Ministro de Salud a la Republica de Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 691-99-PCM MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Salud, Dr. MORDAZA Aguinaga Recuenco, viajo con caracter de urgencia a la Republica de Venezuela los dias 18 y 19 de diciembre, a fin de llevar ayuda del Gobierno Peruano en favor de los damnificados por los desastres naturales ocurridos en la referida Republica hermana; Que, en tal sentido, es pertinente autorizar el viaje en mision oficial efectuado por el Ministro de Salud; De conformidad con la Ley Nº 21571 y con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, el viaje del Dr. MORDAZA Aguinaga Recuenco, Ministro de Salud del 18 al 19 de diciembre de 1999 a la Republica de Venezuela, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema.

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