Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1999 (31/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 1999

Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el 1 de enero de 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 16278

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 16285

ESSALUD

Sancionan con destitucion a ex GerenModifican Manual para la preparacion te Central de Prestaciones Sociales RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL de Memorias Anuales y otros DocuNº 904-GG-ESSALUD-1999 mentos Informativos MORDAZA, 7 de octubre de 1999
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 147-99-EF/94.11 MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 087-99-EF/94.50, presentado por la Gerencia de Emisores y Empresas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Resolucion CONASEV Nº 119-99-EF/94.10, se modifico el Reglamento de Preparacion y MORDAZA de Memorias Anuales, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, estableciendose que las entidades emisoras que cuenten con valores o programas inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores pueden, opcionalmente, presentar a CONASEV y a la entidad responsable de la conduccion del mecanismo centralizado de negociacion donde se transen sus valores, la Memoria Anual preparada de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 222º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887 y de acuerdo a las disposiciones legales que rigen a la entidad emisora; Que, asimismo, se establecio que en caso se acojan a la opcion senalada en el considerando anterior, las entidades emisoras deberan presentar adicionalmente el Documento de Informacion Anual, cuyo contenido es el mismo que se establece actualmente para la preparacion de la Memoria Anual; Que, resulta necesario dictar las normas que permitan implementar las disposiciones contenidas en el referido Reglamento a fin de completar el MORDAZA regulatorio; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 2º del Reglamento de Preparacion y MORDAZA de Memorias Anuales, asi como en el Articulo 12º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, ambos aprobados por Resolucion CONASEV Nº 141-98EF/94.10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Eliminar la Seccion Tercera (Seccion III) del contenido del Manual para la Preparacion de Memorias Anuales y otros Documentos Informativos, aprobado por el Articulo 2º de la Resolucion Gerencia General Nº 211-98EF/94.11, referida a la incorporacion de los Estados Financieros. Articulo 2º.- En el caso que las entidades emisoras se acojan a la opcion senalada en el tercer parrafo del Articulo 1º del Reglamento para la Preparacion y MORDAZA de Memorias Anuales, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, entiendase que toda referencia efectuada a la Memoria Anual en el "Manual para el Cumplimiento de Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios" comprende adicionalmente al Documento de Informacion Anual. En el mismo supuesto, entiendase que toda referencia efectuada a la Memoria Anual en las "Normas Comunes para la Determinacion del contenido de los Documentos Informativos" se refiere adicionalmente al Documento de Informacion Anual. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el 1 de enero del 2000. VISTA: El Acta Nº 41-CEPADAN-ESSALUD-99, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, referente al Expediente Nº 98-17-CEPADAN, sobre el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 754-GG-ESSALUD1999, a merito del Informe Nº 106-98-AFSO-CV-IPSS sobre "Fiscalizacion de Inversiones en Infraestructura en el Fundo San MORDAZA Labrador"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 754GG-ESSALUD-1999, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, ex Gerente Central de Prestaciones Sociales, a merito del Informe Nº 106-98-AFSO-CV-IPSS, sobre "Fiscalizacion de Inversiones en Infraestructura en el Fundo San MORDAZA Labrador"; por la presunta comision de faltas administrativas disciplinarias previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, notificada de acuerdo a ley, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz ha presentado su descargo en forma extemporanea, conforme aparece de folios 309 a 311; Que, del analisis del expediente, del descargo presentado, y de la documentacion que obra en el principal, se desprende que en lo que respecta a la obra "Alameda, estacionamiento, MORDAZA colindante, losas deportivas, fondo de MORDAZA y caminos internos", no se le encuentra responsabilidad a la senora MORDAZA MORDAZA Munoz, toda vez que el expediente tecnico de la citada obra fue aprobado mediante Resolucion de Gerencia Central de Desarrollo Institucional en fecha 5 de octubre de 1994 y el contrato de construccion de la citada obra fue suscrito el 2 de MORDAZA de 1995, es decir, con anterioridad a la fecha en que asume el cargo de Gerente Central de Prestaciones Sociales mediante Resolucion Nº 055-PE-IPSS-95 de fecha 12 de MORDAZA de 1995; Que, en relacion a la obra "Puente y plazuela, habilitacion y remodelacion varios" relativa a la Adjudicacion Directa Nº 003-GCPSOC-95, existe responsabilidad por parte de la senora MORDAZA MORDAZA Munoz, al no cumplir lo dispuesto por la Directiva Nº 012-DE-IPSS-93, aprobada con Resolucion Nº 336-DE-IPSS-93 de fecha 24 de marzo de 1993, relativa a los "Procedimientos Tecnicos y Administrativos del Sistema de Preinversion", que dispone la elaboracion de estudios de Preinversion, en forma previa a la etapa de ejecucion de obras en proyectos de inversion que garantice los requerimientos reales y necesarios para implementar la infraestructura de la Residencia de Dia de la Tercera Edad en el Fundo San MORDAZA Labrador; asimismo, el expediente tecnico no fue tecnicamente bien elaborado, causando con ello un perjuicio economico a la institucion de S/. 304,787.00 (trescientos cuatro mil, setecientos ochenta y siete y 00/100 nuevos soles); Que, en lo que respecta a la obra denominada "Pista Perimetral" relativa a la Adjudicacion Directa Nº 004/ GCPSOC-IPSS-95 se le encuentra responsabilidad a la senora MORDAZA MORDAZA Munoz al no cumplir con lo dispuesto en la Directiva Nº 012-DE-IPSS-93, aprobada con Resolucion Nº 336-DE-IPSS-93 de fecha 24 de marzo de 1993, relativa a los "Procedimientos Tecnicos y Administrativos del Sistema de Preinversion", que establece la elaboracion

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