Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2007 (22/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

351991

Goicochea tuvo que dejar su residencia en Chiclayo para acompanarlos y brindarles el soporte material, moral, afectivo y humano necesario, que en tales circunstancias, en su condicion de MORDAZA y MORDAZA fundamental del hogar, resultaba indispensable para su desarrollo integral; Que, de lo actuado aparece que en la actualidad su conyuge reside en forma permanente en la MORDAZA de MORDAZA, conforme se advierte de la Declaracion Jurada de Domicilio con firma legalizada ante Notario Publico de MORDAZA, que obra a fojas 7; MORDAZA en la que viene siendo atendida en la Clinica MORDAZA Ferrer por habersele diagnosticado Musloneuralgia, acreditado con el certificado medico de fojas 8, afeccion caracterizada por un dolor que ataca la cara anterior del muslo, con frecuente difusion por la ingle y a traves del muslo, la parte anterior, e incluso la rodilla y cara interna de la pierna y pie, todo lo cual puede hacer la marcha dificil, y hasta imposible, provocando que el enfermo mantenga la cadera en flexion, motivo por el que viene recibiendo tratamiento medico y farmacologico, habiendosele prescrito reposo, sin que sea posible su traslado a una MORDAZA distinta de la que viene recibiendo tratamiento; Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de unidad familiar expuestas por el nombrado magistrado a que se refiere el articulo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Vocal Superior; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12° del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA concordado del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por unidad familiar presentada por el senor MORDAZA Caroajulca MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, actualmente Vocal Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, sin perjuicio que siga integrando el Supremo Tribunal. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y de La MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

Que, teniendo en cuenta la irreparable perdida de vidas humanas, asi como el considerable numero de heridos y de danos materiales, producto de los sismos del miercoles 15 ultimo, y que como es de conocimiento publico afecto entre otras zonas, al Departamento de Ica y la Provincia de Canete, se dispuso la suspension del despacho judicial los dias 16 y 17 de agosto del ano en curso, en los Distritos Judiciales de Ica y de Canete; Que, al respecto, en la fecha la senorita Consejera MORDAZA Bienvenida MORDAZA Munoz ha informado al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respecto a la visita de trabajo que realizo el viernes 17 de los corrientes a las sedes judiciales ubicadas en las ciudades de Canete, MORDAZA y Chincha; Que, de acuerdo a lo informado por la citada Consejera debido a la magnitud de los danos producidos en las sedes de los Distritos Judiciales de Ica y Canete, y no obstante los esfuerzos realizados hasta el momento para reparar los locales afectados, estos no han podido todavia ser rehabilitados para el desarrollo normal de las funciones jurisdiccionales y administrativas; situacion que se ha visto agravada al no haberse restablecido aun los servicios de agua y energia electrica en ambos Distritos Judiciales; Que, siendo asi, la situacion en la cual se encuentran dichas sedes, sigue representando grave riesgo para la MORDAZA y la integridad fisica de las personas que alli laboran, asi como de justiciables, abogados y publico en general, razon por la que evidentemente en tales condiciones no es posible llevar a cabo con un minimo de seguridad las labores MORDAZA referidas; resultando en consecuencia necesario prorrogar la suspension del despacho judicial en las Cortes Superiores de Justicia de Ica y de Canete; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la suspension del despacho judicial por los dias 20, 21 y 22 de agosto del ano en curso en el Distrito Judicial de Canete; y del 20 al 24 de los corrientes en el Distrito Judicial de Ica. Articulo Segundo.- Disponer el funcionamiento de los Juzgados Penales de turno y de Familia por los mencionados dias, debiendo adoptarse las acciones necesarias para la realizacion de sus labores en un local que ofrezca las garantias adecuadas en salvaguarda de la MORDAZA e integridad fisica de trabajadores y ciudadanos en general, lo cual se MORDAZA de conocimiento publico. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial adopte las acciones necesarias y atienda los requerimientos formulados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y Canete, a fin de lograr en el mas breve plazo la reanudacion de las labores en dichos Distritos Judiciales, asi como el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Fiscalia de la Nacion, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y Canete, asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

98544-2

Prorrogan suspension del despacho judicial en los Distritos Judiciales de Canete e Ica, y disponen funcionamiento de Juzgados Penales de turno y de Familia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 197-2007-CE-PJ
MORDAZA, 20 de agosto del 2007

98927-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.