Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2007 (22/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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las facultades conferidas por el Articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Consejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES CONSTRUIDAS SIN LICENCIAS DE OBRA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2005
Articulo 1º.- Establezcase para toda la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin Licencias de Obra hasta el 31 de diciembre del 2005, cuyo procedimiento esta establecido de acuerdo a la Ley Nº 27157 y su Reglamento (D.S. Nº 008-2000-MTC); respecto al regimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA y/o estudios preliminares aprobados y/o con aprobacion de habilitaciones urbanas con o sin recepcion de obras. Articulo 2º.- Los infractores y/o beneficiarios que se acojan la presente Ordenanza y obtengan su Licencia de Obra en Via de Regularizacion gozaran de la condonacion de las multas administrativas correspondientes de acuerdo a la Ley Nº 27972; incluyendo a los que estuvieran en Cobranza Coactiva; exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecucion. Articulo 3º.- Aprobar los siguientes DERECHOS DE PAGO por la obtencion de la Licencia de Obra en Via de Regularizacion: 1. Para edificaciones de uso residencial cuyo area del terreno no supere los 250.00 m2: a) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones en edificaciones de hasta dos pisos y azotea de 30.00 m2 de area techada, el pago unico es de S/. 150.00 (Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). b) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, edificaciones mayores de dos pisos, se realizara el pago de S/. 150.00 (Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles ) por los dos primeros pisos, mas el 0.3% del valor de la Obra correspondiente al area techada superior a los dos pisos. c) Por regularizar la licencia de obra, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones, de edificaciones mayores de dos pisos, se realizaran los siguientes pagos: - Derecho de tramite 0.3% V.O., Minimo 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente). - Derecho de licencia 0.6% V.O., Minimo 2.5% U.I.T. - Derecho de pistas y veredas 0.3% V.O., Minimo U.I.T. 2. Para edificaciones de uso residencial, comercial, educacion, salud, taller-vivienda e industrial. Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones, y/o demoliciones se realizaran los siguientes pagos: - Por derecho de tramite 0.3% V.O., Minimo 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente) - Derecho de licencia 0.6% V.O., Minimo 2.5% U.I.T. - Derecho de pistas y veredas 0.3% V.O., Minimo 1% U.I.T. Articulo 4º.- Establecer los requisitos minimos para la MORDAZA de los Expedientes de Regularizacion de Licencia de Obra: - Carpeta: FOM, Hoja de Tramite, FUO PARTE 1 por triplicado (debidamente firmado por el/los propietarios, Abogados, Arquitecto o Ingeniero Civil) de conformidad a la Ley Nº 27157. - Documento que acredite propiedad: MORDAZA literal con inscripcion registral, Titulo o Testimonio de Propiedad, adjudicacion, contrato de compra-venta del lote o acciones efectuadas por el propietario debidamente acreditado, donde figuren areas, linderos y medidas perimetricas debidamente actualizadas.

- MORDAZA fedateada del Documento de Identidad. - Planos de Arquitectura (ubicacion o localizacion conforme lo senalado en la Ley Nº 27157, planos de distribucion, cortes y elevaciones. - Carta de seguridad de obra firmada por el profesional responsable. - Fotografias a color de la fachada con relacion a la volumetria y al alineamiento de la seccion de via. - Certificado de Retiro de ser el caso. - Presentar las categorias aplicables a la edificacion a regularizar, segun el Cuadro de Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones publicado en el Diario Oficial El Peruano al 31 de octubre del 2005; debidamente firmado por el profesional responsable y propietario. - Comprobante de Pago por Revision de Proyectos emitidos por el Colegio de Arquitectos del Peru - Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios para acogerse a la Ordenanza. - Certificado de Habilitacion Profesional (CAP) o Certificado de Habilitacion de Proyectos (CIP). - Para edificaciones que no MORDAZA de uso residencial la Comision Tecnica Calificadora de Arquitectura, podra solicitar otros documentos adicionales para la mejor revision y calificacion del proyecto. 3. CERTIFICADO DE COMFORMIDAD DE OBRA: - Hoja de tramite debidamente llenada. - Formulario FOM por duplicado debidamente llenado y firmado por el propietario y el responsable de la obra. - En caso de no existir variaciones presentar Declaracion Jurada, en caso de existir variaciones presentar planos de replanteo firmados por el profesional responsable de la obra y el propietario. - Derecho de Pago (*). - Duracion del tramite: 07 dias utiles. 4. DECLARATORIA DE FABRICA: - Formulario FUO-Parte 2 por triplicado debidamente llenado y firmado por el propietario y el profesional responsable de la obra. - Hoja de datos estadisticos debidamente llenada. - Derecho de Pago (*). - Duracion de respuesta de tramite: 10 dias utiles. (*) Tasa de Pago de los Item 3 y 4 es de S/. 150.00 (Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), se MORDAZA el pago al momento de solicitar el Certificado de Finalizacion de Obra. Articulo 5º.- Quedan comprendidos automaticamente dentro de la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes cuyos expedientes se encuentran en tramite de regularizacion de Licencia de Obra y que no hayan sido resueltos, ni se les MORDAZA expedido la Resolucion de Gerencia de Regularizacion de Licencia de Obra. Articulo 6º.- Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles), para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Retiro Municipal de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles), para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo 8º.- El plazo para acogerse al presente beneficio regira desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza y tendra una vigencia de 90 dias. Articulo 9º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional Subgerencia de Tramite y Archivo y a la Subgerencia de Participacion Vecinal el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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