Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2007 (22/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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complementada por Ley Nº 27902, Ley Nº 28013 y Ley Nº 28161; y en uso de las atribuciones conferidas por el Acta de entrega y recepcion de funciones sectoriales y recursos asociados del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales, de fecha tres de noviembre de 2005, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de domino a favor del Estado del terreno de 5.2702 hectareas, ubicado en el sector denominado Miculla, del distrito de Pachia, provincia y region de Tacna, segun plano y memoria descriptiva que sustenta la presente resolucion. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº XIII-Sede Tacna, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tacna. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina Regional de Administracion, realice las publicaciones necesarias en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Disponen que las instituciones publicas asentadas en el ambito de la Region Ucayali prioricen la adquisicion de mobiliario y enseres para oficina de especies maderables existentes en la region
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2007-GRU/CR
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de marzo del 2007; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion para el desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa;

Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos regionales tienen como finalidad esencial el de "...fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversion publica y el empleo ...". Que, el Articulo 8º de la Ley en mencion, establece los principios rectores de la politica y gestion regional, los cuales se rigen, entre otros, por el MORDAZA de Competitividad, cuyo objetivo es el de promover, entre otras cosas, el crecimiento de los eslabones productivos asi como el de la ampliacion de mercados, buscando entre estas premisas la de permitir que nuestros carpinteros y artesanos de la MORDAZA puedan tener MORDAZA para la venta de sus muebles y enseres de oficina dentro del territorio del Gobierno Regional de Ucayali, proponiendo para ellos que las Instituciones Publicas asentadas en el ambito de la Region Ucayali prioricen que, el mobiliario para sus oficinas MORDAZA adquiridos en la Region Ucayali y elaboradas con especies maderables existentes en nuestra zona. Que, de conformidad con lo dispuesto con los literales a), n), del articulo 48 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales asi como los literales d) del Art. 55 y literal c) del Art. 64 de la MORDAZA dicha Ley son funciones, tambien, de los Gobiernos regionales fomentar y promover las oportunidades comerciales para los productos de la Region dentro del ambito de su jurisdiccion"; Que, de acuerdo con los articulos 15º, inciso a) y 39º de la Ley MORDAZA referida, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de MORDAZA del 2007, aprobo la siguiente: ORDENA: Articulo Primero.- Que, las Instituciones Publicas asentadas en el ambito de la Region Ucayali prioricen la adquisicion de mobiliario y enseres para oficina de especies maderables existentes en nuestra MORDAZA debiendo las mismas ser adquiridas, preferentemente, a nuestros carpinteros y artesanos regionales. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, realizar las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de comisiones y del tramite de lectura y aprobacion del Acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA HENDERSON MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Ucayali POR CUANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintinueve dias de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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