Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2007 (22/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

352006
ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2007-GRSM/CR
Moyobamba, POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2007

Extraordinaria de fecha 13 de MORDAZA del presente ano desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias por Ley N° 27902 y Ley N° 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derechos publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todas las entidades deben aprobar y gestionar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos y documentos de gestion los cuales comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interes o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de una entidad; se especifica en el mismo, los requisitos, calificacion de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitacion expresado en valor porcentual a la Unidad Impositiva Tributaria, la autoridad para resolver y si el procedimiento lo amerita se debe difundir los formularios necesarios; Que, con Oficio Nº 045-2007-GR-VCS/DR-SM, de fecha 9 de marzo del presente ano, el Director Regional de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento de San MORDAZA, remite el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA para su evaluacion y aprobacion correspondiente; Que, mediante Nota Informativa Nº 016-2007-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 12 de MORDAZA del 2007, la Sub Gerencia de Racionalizacion, luego del analisis de la documentacion respectiva y concluyendo que se encuentra con arreglo a Ley, emitiendo opinion favorable para su aprobacion con la MORDAZA de igual jerarquia de la que inicialmente se aprobo, remitiendo al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorio, quien tambien emite opinion favorable, sugiriendo su aprobacion; Que, con Informe Legal Nº 135-2007-GRSM/ORAL, de fecha 5 de junio del presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorablemente por la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ (TUPA) de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento de San Martin; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido con el Articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento de San MORDAZA, que en dieciseis (16) folios rubricados al margen forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- COMUNIQUESE al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, para la promulgacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San MORDAZA, previa promulgacion de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

98407-4

Oficializan y ratifican el Proyecto Educativo Regional aprobado por Resolucion Directoral Regional Nº 05112006-DRESM como instrumento de gestion de la educacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2007-GRSM/CR
Moyobamba, 23 de MORDAZA del 2007. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, y Ley Nº 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, al MORDAZA de los articulos Nºs. 63º,64º,76º,77º y 78º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion y los articulos 54º al 65º del DS Nº 009- ED/2005 Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derechos publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Proyecto Educativo Regional de San MORDAZA, nace con la voluntad de convertir la educacion en la Region San MORDAZA en un instrumento de progreso, que forme ciudadanos competitivos, con capacidades arraigadas en los bienes culturales, cientificos, tecnologicos, sociales y morales; sin exclusion social, comprometida con los valores etico MORDAZA, el respeto a las diferencias, con responsabilidad generacional, de convivencia y tolerancia entre las personas, el medio ambiente y las culturas;

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