Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2008 (10/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363595

Que, mediante Informes Nºs 144-2003-MTC/17.01. ssp y 155-2004-MTC/17.01.ssp, de la entonces Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, y el Informe Nº 610-2007-MTC/27, de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, se concluye que procede aprobar las caracteristicas tecnicas especificas de operacion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado otorgados en concesion al senor MORDAZA BARO MORDAZA MORDAZA, por lo cual debera incorporase un Anexo 2 y modificarse el setimo parrafo del numeral 3.01 de la clausula tercera al contrato de concesion, asi como prorrogar el plazo para iniciar la prestacion de los referidos servicios hasta el 1 de MORDAZA de 2006, debiendo modificarse el plazo para el inicio de la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, establecido en el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar, con eficacia anticipada al 1 de MORDAZA de 2006, el plazo para iniciar la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, otorgados en concesion al senor MORDAZA BARO MORDAZA MORDAZA por Resolucion Ministerial Nº 433-2002-MTC/15.03, modificandose el plazo para el inicio de la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, establecido en el numeral 6.01 de la clausula sexta de su contrato de concesion. Articulo 2º.- Aprobar las caracteristicas tecnicas especificas de operacion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, concedidos mediante Resolucion Ministerial Nº 433-2002-MTC/15.03, a favor del senor MORDAZA BARO MORDAZA MORDAZA, por lo cual se modifica el setimo parrafo del numeral 3.01 de la clausula tercera y se incorpora el Anexo 2 "Descripcion de la Red" a su contrato de concesion. Articulo 3º.- Aprobar la adenda mediante la cual se modifica el setimo parrafo del numeral 3.01 de la clausula tercera y el plazo para el inicio de la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, establecido en el numeral 6.01 de la clausula sexta, y se incorpora el Anexo 2 "Descripcion de la Red" al contrato de concesion, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 433-2002MTC/15.03; autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones encargado de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la misma en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del Contrato de Concesion y de las adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda no es suscrita por el concesionario en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 149590-1

Renuevan autorizacion otorgada a Radio Panamericana S.A. para que continue prestando servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de Juliaca, MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1101-2007-MTC/03 MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 VISTA, la solicitud registro Nº 2005-012457 de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 207-95-MTC/15.17 del 12 de junio de 1995, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de junio de 1995, se otorgo a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, con solicitud de vista del 13 de junio de 2005, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicita la renovacion de la autorizacion que le fue otorgada por Resolucion Ministerial Nº 207-95-MTC/15.17, con la finalidad de continuar prestando el servicio de radiodifusion autorizado; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellos se detallan; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad correspondiente al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 765-2007-MTC/03 y Nº 877-2007MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Juliaca se incluye al distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 207-95-MTC/15.17; Que, mediante Informe Nº 367-2007-MTC/17.01. ssr, la entonces Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que procede renovar la autorizacion otorgada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por Resolucion Ministerial Nº 20795-MTC/15.17, quien cumple las condiciones y requisitos establecidos para el otorgamiento de la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado por

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