Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2008 (10/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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transgredido lo establecidas en el articulo 21° de la Ley de Bases de la MORDAZA Decreto Legislativo 276 incisos: a). y b)., ademas de lo dispuesto en el articulo 28° Incisos, a), d) y h)., del mismo cuerpo legal, en concordancia con los articulos 126°, 127° y 129° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 005-90-PCM. Que, estando a los considerandos precedentes y de conformidad a lo estatuido en los articulo 167°, 168°, 169° y 150° del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa D.S. N° 005-90-PCM, resulta imperativo el emitir la respectiva Resolucion de Alcaldia dentro del MORDAZA de lo previsto por la normativa senalada y el articulo 20, Inc.1) y 6) de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades y contando con los vistos de los entes ejecutivos. SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR ProcesoAdministrativo Disciplinario al ex Gerente de Administracion Tributaria MORDAZA MORDAZA Chokewanca MORDAZA, de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de conformidad con los hechos y cargos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion por la presunta comision de faltas disciplinarias administrativas tipificadas en el articulo 21° de la Ley de Bases de la MORDAZA Decreto Legislativo 276 incisos: a). y b)., ademas de lo dispuesto en el articulo 28° Incisos, a), d) y h)., del mismo cuerpo legal. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE al procesado con la presente resolucion en forma personal y sin perjuicio de publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo establecido en el articulo 167° del D.S. N° 005-90-PCM, a fin de que formule los descargos escritos que le ampara nuestra normatividad vigente dentro del plazo de 5 (cinco) dias habiles. Articulo Tercero.- DISPONER que los actuados administrativos MORDAZA remitidos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinario para que inicie las investigaciones correspondientes, debiendo dar cumplimiento al presente articulo la Oficina de Secretaria General. Articulo Cuarto.- DISPONER que el ex Gerente de Administracion Tributaria MORDAZA MORDAZA Chokewanca MORDAZA pase a disposicion de la Oficina de Personal, mientras dure el MORDAZA administrativo Disciplinario. Articulo Quinto.- ESTABLECER que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, realice el MORDAZA administrativo disciplinario en el plazo de treinta (30) dias habiles bajo responsabilidad de caracter disciplinario, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar. Registrese comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 150228-1 RESOLUCION DE ALCALDIA N° 009-2008.MPSR.ALCA Juliaca, 9 de enero de 2008 VISTOS: El Informe N° 002-2007-MPSR-J/CEPAD, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el expediente administrativo, y; CONSIDERANDO.Que, de conformidad a los articulos 194° y 195° de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local y como tales tienen autonomia economico politica y administrativa en asuntos de su competencia, concordado con lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Organica de Municipalidades; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, manifiesta en el Informe de vistos que

habiendo efectuado el analisis y revision del caso del Ex Gerente de Administracion Tributaria MORDAZA MORDAZA Chokewanca Vilca; al haber emitido la Resolucion Gerencial N° 245-2006-MPSRJ/GAT de fecha 23 de febrero de 2006, que declara la nulidad e insubsistencia de la Resolucion de Determinacion N° 131-2003-MPSRDIRE y la Resolucion de Multa N° 132-2003-MPSR-DIRE, se habria dictado vulnerando el debido Procedimiento Administrativo, contraviniendo el ordenamiento legal vigente, causando agravio al interes publico y presumiblemente con connotaciones de ilicitos penales e incurriendo posiblemente en faltas administrativas estatuidas en el articulo 239º, Inc. 4,5,7, y 9 de la Ley Nº 27444, concordante con el articulo 243º del mismo cuerpo legal. Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 030-2007MPSR/A de fecha 02/02/2007 se procedio a declarar la Nulidad de la Resolucion Gerencial N° 245-2006MPSRJ/GAT por considerar que ha incurrido en las causales de los incisos 1 y 2 del articulo 10° de la Ley Nº 27444, por lo que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios determina que la conducta del Ex Gerente de Administracion Tributaria MORDAZA MORDAZA Chokewanca MORDAZA, quebranta las obligaciones establecidas en el articulo 21° del Decreto Legislativo Nº 276 incisos: a).- Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servidor publico; b).- Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; al haber emitido la Resolucion Directoral N° 245-2006-MPSRJ/GAT, sin arreglo a Ley. Que, la Resolucion Gerencial N° 245-2006MPSRJ/GAT, de fecha veintitres de febrero del dos mil seis, ha quebrantado en primer lugar, el requisito de validez establecido en el inciso 1 del articulo 3° de la Ley Nº 27444 Procedimientos Administrativo General "Requisitos de validez de los actos Administrativos; Competencia: ser emitido por el organo facultado en razon de la materia, territorio, grado, tiempo o cuantia, a traves de la autoridad regularmente nominada al momento del dictado..." es evidente que el Gerente de Administracion Tributaria, abogado MORDAZA MORDAZA Chokewanca MORDAZA, ha actuado negligentemente y sin tener competencia, conforme a lo dispuesto en el articulo 11° (Instancia Competente para Declarar la Nulidad) numeral 11.2 de la Ley Nº 27444 de Procedimientos Administrativos General que senala textualmente "La Nulidad sera conocida y declarada por la autoridad superior de quien dicto el acto..." concordante con lo dispuesto en el articulo 202°(Nulidad de Oficio) numeral 202.2 " La nulidad de Oficio solo puede ser declarada por el funcionario jerarquico superior al que expidio el acto que se invalida..." y como es de verse del expediente administrativo N° 020356-2005, presentado a traves de la Oficina de Tramite Documentario el dia 02 de diciembre del 2005, solicitando la nulidad de la Resolucion de Determinacion N° 131-2003MPSR-DIRE de fecha de 18 de setiembre de 2003 y Resolucion de Multa N° 132-2003-MPSR-DIRE de fecha 18 de setiembre de 2003 emitida por el Director de Rentas de ese entonces CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, precedente jerarquico y funcional equivalente al de hoy denominado Gerencia de Administracion Tributaria; hecho este que hace evidente que el Ex Gerente de Administracion Tributaria abogado MORDAZA MORDAZA Chokewanca MORDAZA, no era competente para declara la nulidad de la Resolucion de Determinacion N° 131-2003-MPSR-DIRE y Resolucion de Multa N° 132-2003-MPSR-DIRE, no permitiendose asi el inicio de la cobranza coactiva en contra de la empresa Exportaciones de la MORDAZA S.A.A., hecho que demostraria la contravencion de las normas y el debido procedimiento administrativo, agraviando el interes publico al haber actuado negligentemente en el desempeno de sus funciones, conforme a lo estipulado en el articulo 28° incisos d), y h), lo cual evidenciaria haber incurrido en falta disciplinaria. Que, la Resolucion Gerencial N° 245-2006MPSRJ/GAT, de fecha 23 de febrero del dos mil seis, agravia el interes publico y por tanto agravia los

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