Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2008 (10/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363623

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Adecuan el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad a la actual Estructura Organica y a la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2008-MDB Barranco, 2 de enero de 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de MORDAZA del 2007, se publico la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 9º de la mencionada Ley, senala que en un plazo de ciento ochenta (180) dias contados a partir de la publicacion de la presente Ley, todas las entidades a que se refiere el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General, deberan justificar ante la Presidencia del Concejo de Ministros todos los procedimientos contenidos en sus TUPA. De no mediar justificacion alguna dichos procedimientos quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, de igual forma la Setima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la misma Ley establece que, en un plazo de ciento ochenta (180) dias, computados a partir de la publicacion de la presente Ley, las entidades a que se refiere el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, deberan justificar, ante la Presidencia del Consejo de Ministros, aquellos procedimientos que requieren la aplicacion del silencio administrativo negativo por afectar significativamente el interes publico, conforme a lo senalado en el literal a) del articulo 1º de la presente Ley. En igual plazo, las entidades deberan calificar los procedimientos administrativos considerando estrictamente lo establecido en la presente Ley, asi como lo senalado en el articulo 31º de la Ley Nº 27444, bajo responsabilidad, a fin de permitir que los administrados puedan satisfacer o ejercer sus intereses o derechos. Vencido el plazo la PCM, publicara una lista de las entidades que cumplieron o no con remitir la justificacion a que se refiere el primer parrafo, senalando la procedencia o no de la misma; Que, con fecha 8 de noviembre del 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el D.S Nº 079-2007-PCM, con el que se aprueban los Lineamientos Para Elaboracion y Aprobacion de MORDAZA y Establecen Disposiciones Para el Cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, MORDAZA que establece la forma como la entidades publicas deben justificar los procedimientos administrativos ante la Presidencia del Concejo de Ministros y el plazo de MORDAZA de las mismas, el cual para las municipalidades vence el 3 de enero del 2008; Que, asimismo, el numeral 7 de la Primera Disposicion Complementaria del D.S. Nº 079-2007-PCM, senala que las entidades no podran aprobar un MORDAZA MORDAZA, en tanto no hayan cumplido en presentar los documentos sustentatorios a que se refiere el numeral 2 de la presente Disposicion, solo se podran aprobar las modificaciones a que se refieren el articulo 36º, numeral 3) y articulo 38º, numeral 5) de la Ley Nº 27444; Que, el articulo 36º, numeral 3) de la Ley Nº 27444, senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales respectivamente; Que, el articulo 38º, numeral 5) de la Ley Nº 27444, senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del sector, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del organismo MORDAZA, conforme la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo.

En caso contrario su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto en el numeral 38.3, es decir en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 086-2002MDB, de fecha 10 de febrero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco, MORDAZA que a su vez fue modificada por una serie de ordenanzas y que amerita la actualizacion de dicho documento de gestion; Que, en el MORDAZA de revision y actualizacion de los procedimientos administrativos, se ha visto necesario modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Barranco, a fin de incorporar los cambios como resultado de la aplicacion de la normatividad MORDAZA mencionada; Que, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo de la MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE DECRETA: Articulo 1º.- Adecuese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Barranco aprobado mediante Ordenanza Nº 086-2002MDB , en el extremo de la denominacion de las areas Organicas a la actual Estructura Organica- ROF aprobada mediante Ordenanza Nº 268-MDB , publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del 2007.
TUPA-Ordenanza Nº 086-MDB Direccion Municipal Direccion de Desarrollo MORDAZA Division de Obras Privadas Division de Obras Publicas Direccion de Desarrollo Humano Oficina de Administracion Tributaria Unidad de Ejecucion Coactiva Oficina de Administracion y Finanzas Secretaria General Unidad de Tramite Documentario Estructura Organica Actual Gerencia Municipal Gerencia de Desarrollo de la MORDAZA Subgerencia de Obras Privadas Subgerencia de Obras Publicas Subgerencia de Desarrollo Humano Gerencia de Administracion Tributaria Subgerencia de Ejecucion Coactiva Gerencia de Administracion Financiera. Oficina de Secretaria General Unidad de Tramite Documentario y Archivo Central Unidad de Fiscalizacion Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control. Division de Desarrollo Territorial y Ambiental Subgerencia de Obras Privadas Oficina de Participacion Vecinal Subgerencia de Participacion Vecinal

Articulo 2º.- Suprimir los siguientes procedimientos
Procedimiento Registros Civiles Inscripcion de Nacimiento ordinario Registros Civiles Inscripcion Extemporanea de Nacimiento. Registros Civiles Inscripcion de matrimonio realizado en el extranjero Registros Civiles Inscripcion de matrimonio en inminente peligro de muerte -art. Mortis Registros Civiles Inscripcion Judicial de matrimonio y defuncion Registros Civiles Inscripcion de defuncion Registros Civiles Inscripcion policial de defuncion Registros Civiles Inscripcion de muerte presunta o reconocimiento de existencia Autorizaciones Municipales de Apertura y Funcionamiento Declaracion Jurada de Licencia de Funcionamiento Motivo Resolucion Jefatural Nº 863-2006 JEF/ RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural Nº 863-2006 JEF/ RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural Nº 863-2006 JEF/ RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural Nº 863-2006 JEF/ RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural RENIEC (19-09-06) Resolucion Jefatural RENIEC (19-09-06) Nº 863-2006 JEF/ Nº 863-2006 JEF/ Nº 863-2006 JEF/ Nº 863-2006 JEF/

Ley Nº 28976.-Ley MORDAZA de Licencia de funcionamiento.

Articulo 3º.- En merito a lo establecido en la Ley Nº 29060-Ley del Silencio Administrativo, modificar la calificacion de los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Barranco que a continuacion se senalan:
Procedimiento Calificacion AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO 1.CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD DE USO Evaluacion Positiva "7 dias" 2.LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Evaluacion Positiva "15 dias"

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