Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2010 (27/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

421359

informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 512409-9

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Inscriben a la organizacion politica local distrital "Accion Etnonacionalista de Carabayllo" en el Registro de Organizaciones Politicas del JNE
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS RESOLUCION N° 146-2010-ROP/JNE MORDAZA, 23 de junio de 2010 VISTA: La solicitud de inscripcion presentada por el ciudadano, personero legal titular de la Organizacion Politica Distrital "Accion Etnonacionalista de Carabayllo" del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el 22 de enero de 2010, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica local distrital "Accion Etnonacionalista de Carabayllo", solicito la inscripcion de dicha organizacion politica ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al articulo 17° de la Ley de Partidos Politicos ­ Ley N° 28094, modificado por el articulo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripcion de una organizacion politica local se requiere: I) Relacion de adherentes en numero no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion politica local desarrolle sus actividades; y II) El acta de constitucion de cuando menos un comite en el distrito correspondiente al desarrollo de sus actividades electorales, el cual debera estar suscrita por no menos de cincuenta (50) adherentes debidamente identificados; Que, con Oficios N°185-SGAE/GOR/RENIEC, 850SGAE/GOR/RENIEC y 1436-2010-SGAE/GOR/RENIEC, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, informo que de un total de 1,761 firmas presentadas por la organizacion politica, se declararon validas 956, cantidad que supero el 1% requerido por ley; siendo ello asi, superaron las 931 firmas requeridas por Ley; Que, en relacion a las firmas de adherentes para la constitucion del comite distrital de Carabayllo, luego de

la verificacion realizada por el Sistema de Registro de Organizaciones Politicas y el RENIEC, se observo que el acta de constitucion obtuvo 66 firmas validas; Que, adicionalmente, la organizacion solicitante ha cumplido con presentar el Acta de Fundacion, la cual contiene la denominacion, el domicilio legal, la designacion del apoderado, el representante legal, los personeros legales y tecnicos, el organo directivo con expresa mencion de las personas que ocuparan los cargos designados y la aprobacion de un ideario con los principios, objetivos y la vision del citado distrito; Que, con fecha 11 de junio de 2010, se publico en el Diario Oficial "El Peruano"; la sintesis de la solicitud de inscripcion a efectos de que cualquier persona natural o juridica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley Nº 28094; asimismo, de acuerdo al Memorando Nº 893-2010-SC/ JNE de fecha 23 de junio de 2010, la Oficina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la organizacion politica local distrital "Accion Etnonacionalista de Carabayllo" del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el libro especial de organizaciones politicas locales, Tomo 14, Partida Electronica numero 41 y registrese la inscripcion en el Asiento numero uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director del Registro de Organizaciones Politicas 512224-1

Renuevan inscripcion de la empresa Circulo de Estudio Cima Centro de Investigacion de MORDAZA Afines Sociedad Anonima Cerrada en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 325-2010-JNE Expediente Nº J-2010-0283 MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil diez VISTO el pedido de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por Ysaac MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la empresa CIRCULO DE ESTUDIO CIMA CENTRO DE INVESTIGACION DE MORDAZA AFINES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. I. ANTECEDENTES Mediante la Resolucion Nº 1352-2006-JNE de fecha 22 de agosto de 2006, la empresa CIRCULO DE ESTUDIO CIMA CENTRO DE INVESTIGACION DE MORDAZA AFINES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA fue inscrita en la Partida Nº 120-REE/JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras.

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