Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2010 (27/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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2. Ejecucion Indirecta: Es cuando la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte, con la autorizacion de la Gerencia Municipal o de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, contrata los servicios de una empresa privada especializada y dedicada a este MORDAZA de actividades para que convoque, capacite y contrate al Inspector Municipal de Transporte, y ademas dirija, realice y ejecute los operativos de control y fiscalizacion del servicio especial, para que posteriormente rinda informe detallado a la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte, para su respectivo control y fiscalizacion. CAPITULO II FORMACION Y CAPACITACION DEL INSPECTOR Articulo 78º.- Capacitacion La Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte brindara un curso de formacion y capacitacion integral hacia el personal destinado a ejercer las funciones de Inspector Municipal de Transporte, otorgandose los respectivos certificados a quienes aprueben el mismo. Articulo 79º.- Curso de Capacitacion El curso comprendera las siguientes materias: 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. 3. Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. 4. Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. 5. Ley Nº 26887 ­ Ley General de Sociedades 6. Ordenanza Nº 241 -MML ­ Ordenanza MORDAZA del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores y modificatorias. 7. Reglamento de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de MORDAZA (SOAT). 8. Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la municipalidad. 9. Decreto Supremo Nº 033 -2001 -MTC ­ Reglamento Nacional de MORDAZA y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 016 -2009 - MTC. 10. La presente Ordenanza y su Reglamento para el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados. 11. Fiscalizacion del Servicio de Transporte en Vehiculos Menores. 12. Liberacion de vehiculos del Deposito Municipal. 13. Relaciones Humanas 14. Psicologia. 15. Interferencia de Vias Publicas. Articulo 80º.- El curso senalado en el articulo anterior, sera dictado durante el mes anterior al inicio del ejercicio de sus funciones y atribuciones en las vias publicas, sin perjuicio de lo cual podran comenzar a desempenar funciones dentro de las instalaciones de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte. Articulo 81º.- Periodicamente la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte programara cursos teoricos practicos de capacitacion y actualizacion para los Inspectores Municipales de transporte. Articulo 82º.- Del Jefe del Cuerpo de Inspectores Funciones y atribuciones del Jefe del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte son las siguientes: 1. Dirigir, organizar y supervisar el Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte 2. Planificar y preparar los operativos de control y fiscalizacion con el area correspondiente. 3. Coordinar con el area competente para que se proporcione las herramientas necesarias, la movilidad y el apoyo de la Policia Nacional del Peru, para la ejecucion de los operativos. 4. Verificar y supervisar que los inspectores cumpla con sus obligaciones y demas disposiciones del presente reglamento. Articulo 83º.- El Inspector Municipal de Transporte actua a nombre de la Municipalidad del Distrito de Los

Olivos. Le corresponde verificar el cumplimiento de la presente MORDAZA y demas disposiciones emitidas por la Municipalidad del distrito de Los MORDAZA en relacion al Transporte, mediante la deteccion de infracciones y la imposicion de las sanciones y medidas accesorias y/o complementarias a que hubiere lugar, conforme a las normas municipales, dentro del distrito de Los Olivos. Articulo 84º.- De la Identificacion El Inspector Municipal de Transporte en el ejercicio de sus funciones se identificara con los siguientes elementos proporcionados por la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte: 1. Uniforme. 2. Credencial, en donde se consignara su nombre completo, su codigo, cargo que ocupa, fecha de expiracion y fotografia a color. 3. Los Inspectores Municipales de Transporte podran actuar sin uniforme por disposicion de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte en algunos casos, por razones de seguridad personal, grave riesgo o amenaza contra su integridad fisica. CAPITULO III OBLIGACIONES Y FUNCIONES Articulo 85º.- De la Obligacion del Inspector Son obligaciones del Inspector Municipal de Transporte lo siguiente: 1. Conocer la normatividad y procedimientos relacionados al transporte. 2. Conocer el presente reglamento, asi como las directivas que en concordancia, emitan Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte y normas complementarias que dan lugar a la eficacia, eficiencia y la calidad del trabajo. 3. Conocer la informacion requerida para el mejor cumplimiento de sus funciones. 4. Asistir y aprobar los cursos de formacion y capacitacion integral, de capacitacion y actualizacion que disponga la Gerencia de Desarrollo Urbano. 5. Usar el uniforme y credencial correspondientes. 6. Mantener una conducta etica adecuada. 7. Cumplir las ordenes impartidas por sus superiores. 8. Dirigirse con correccion hacia los conductores, usuarios y en general, a todo agente que participe en la prestacion del servicio publico de transporte. Articulo 86º.- Funciones del Inspector Son funciones del Inspector Municipal de Transporte en Vehiculos Menores: 1. Controlar que el servicio de transporte publico se preste con vehiculos habilitados y conforme a las caracteristicas y especificaciones tecnicas, que senale la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2. Verificar, en cualquier momento, que el vehiculo mantenga el estado con el cual aprobo la constatacion de caracteristicas. 3. Controlar que el conductor este debidamente registrado, autorizado y que se encuentre en un adecuado estado de aseo y MORDAZA personal, que observen buen comportamiento con el publico. 4. Participar en operativos de control, cuando asi se disponga. 5. Imponer sanciones a traves de las papeletas de sancion en formato preimpreso, conforme lo dispongan las Ordenanzas Municipales. 6. Exigir al conductor la MORDAZA de la licencia de conducir, tarjeta de propiedad o de identificacion vehicular, el Certificado de Operacion, la Credencial de Conducir y la Poliza de Seguros. 7. Controlar las zonas de trabajo (paraderos y recorridos). 8. Como resultado de las intervenciones y verificaciones que realice, se impondran las sanciones a traves de las papeletas de infraccion en formato impreso, elaborando informes que serviran para la fiscalizacion, pudiendo utilizar como sustento de sus informes documentos elaborados por las autoridades administrativas, judiciales y policiales. 9. Hacer cumplir las normas y disposiciones que regulen el servicio.

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