Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2010 (27/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2010

Directiva "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de la entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los talleres de Conversion a GLP", aprobada con Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 esta debe ser por un periodo de 05 anos, el mismo que debe tomarse en cuenta en la presente Resolucion, MORDAZA si dicha apreciacion se ha establecido en el Informe Tecnico N° 067-2010-GR-JUNIN-GRTCVCS/SGCTAA/D.T.T., por lo que se aprecia la existencia de un error material de digitacion, de caracter subsanable. En uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 0185-2010-GR-JUNIN/ PR. SE RESUELVE: Articulo Primero: Declarar PROCEDENTE, la Autorizacion como Taller de Conversion a GLP, a la Empresa "SERVICE CORPORATION" S.A.C., representado por su Gerente General el Sr. MORDAZA Fleming MORDAZA MORDAZA, inmueble ubicado en Avda. Mariscal MORDAZA Nº 2280-El Tambo-Huancayo, por el periodo de CINCO ANOS, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo: PUBLICAR, en el Diario Oficial El Peruano el contenido de la presente Resolucion, lo que estara a cargo de la Empresa "SERVICE CORPORATION" S.A.C., dentro del termino de ley. Articulo Tercero: EFECTUAR, la fiscalizacion posterior al Taller de Conversion a GLP de la Empresa "SERVICE CORPORATION" SAC, para comprobar la autenticidad de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado, y/o si cumple con las condiciones tecnicas estipuladas, en cumplimiento a la MORDAZA legal vigente, debiendo someterse a las conclusiones y responsabilidades posteriores, en merito a la Ley 27444. Articulo Cuarto: DEJAR SIN EFECTO, la Resolucion Gerencial Regional Nº 258-2010-GR-JUNIN-GRTCVCS, por las consideraciones expuestas. Articulo Quinto: ENCARGAR, el control y ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte Terrestre y a la Oficina de Fiscalizacion de la Sub Gerencia de Circulacion Terrestre Aereo y Acuatico - Junin. Articulo Sexto: TRANSCRIBIR, la presente Resolucion, al Gerente General de la Empresa "SERVICE CORPORATION" S.A.C. y demas oficinas competentes de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones -Junin. Registrese, comuniquese y archivese. FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Regional Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones,Vivienda, Construccion y Saneamiento 512399-1

UNANIME y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO PARA LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE CHACLACAYO Articulo 1º.- OBJETO Establecer el Beneficio para las Deudas Tributarias y No Tributarias a favor de personas naturales y juridicas contribuyentes de la jurisdiccion de Chaclacayo, con la finalidad de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes de pago derivadas del Impuesto Predial, arbitrios municipales, Resolucion de de Determinacion de Arbitrios, Ordenes de Pago y Multas Tributarias, y con el pago de las obligaciones derivadas de deudas no tributarias provenientes de Multas Administrativas y de Sancion; las mismas que se encuentran en MORDAZA de cobranza ordinaria y en MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION El beneficio a que se refiere el Articulo precedente se aplicara a los siguientes conceptos: a) Impuesto Predial. b) Arbitrios Municipales. c) Resoluciones de Determinacion de Arbitrios d) Ordenes de Pago e) Multas Tributarias. f) Multas Administrativas. Articulo 3º.- CONDONACION DE INTERESES EN CUENTA ORDINARIA Se condonara el 100% de los montos referidos a intereses moratorios, recargos o reajustes que se encuentren en cobranza ordinaria por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los ejercicios 2007, 2008 y 2009, siempre que los deudores cumplan con cancelarla durante la vigencia del presente beneficio. Articulo 4º.- DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Tratandose de Multas Administrativas y de Sancion que se encuentren en etapa de cobranza Ordinaria y en MORDAZA de Cobranza de Ejecucion Coactiva se establece un beneficio de deduccion del 50% del monto insoluto, para aquellos infractores que durante la vigencia del presente beneficio cumplan con cancelar las multas administrativas y de sancion respectivas. Articulo 5º.- CONDONACION DE VALORES CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2007, 2008 Y 2009 Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago, emitidos en el ejercicio 2007, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad dicho valor. Se condonara el 60% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2008, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. Se condonara el 40% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2009, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. Articulo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS Respecto de las deudas derivadas de multas tributarias se otorgaran los siguientes beneficios: Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar dicha multa, y la totalidad de la deuda establecida en las Resoluciones de Determinacion que se encuentre en cobranza ordinaria o coactiva. Se condonara el 60% del monto insoluto y el 100% de intereses, siempre y cuando el contribuyente cumpla con fraccionar dicha multa y/o la deuda establecida en la Resolucion de Determinacion que se encuentren en cobranza ordinaria. Se exonerara el 100% de la Multa Tributaria y sus interese a aquellos contribuyentes que inscriban sus

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Establecen Beneficio para el cumplimiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 215 Chaclacayo, 25 de junio del 2010 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal el Informe Nº 099-2010-GGM/MDCH; y; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA

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