Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2010 (27/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2010

establecido en los Articulos 18º y 19º, de la presente Ordenanza, en lo que corresponda. Articulo 18º.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CATEGORIA "II" Aplicable para establecimientos con un area mayor a los cien metros cuadrados (100 m2) y hasta quinientos metros cuadrados (500 m2), tales como tiendas, stands, puestos, pubs - karaokes, bares, licorerias, ferreterias, establecimientos de hospedaje, restaurantes, cafeterias, edificacion de salud, templos, bibliotecas, entre otros, instituciones educativas con un uso exclusivo menor o igual a 500 m2, de hasta dos niveles desde el nivel de terreno o calzada y MORDAZA de 200 alumnos por turno, cabinas de internet, gimnasios con un area de uso exclusivo menor o igual a 500 m2 y que solo cuenten con maquinas mecanicas, agencias bancarias, oficinas administrativas entre otras de evaluacion similar con un area de uso exclusivo menor o igual a 500 m2, playas de estacionamiento de un solo nivel sin techar. En todos los casos, siempre que se cuente con un MORDAZA de 20 computadoras y que no se encuentren dentro de los supuestos de la categoria "III". En este MORDAZA de procedimiento, durante la evaluacion del procedimiento la licencia de funcionamiento realizada por la municipalidad, se les realiza la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica. Articulo 19º.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CATEGORIA "III" Aplicable a los establecimientos que requieren de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, expedida por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) u Organo Competente. Establecimientos con un area mayor a los quinientos metros cuadrados (500 m2), o que tengan un numero mayor a veinte (20) computadoras. Este MORDAZA de procedimiento tambien es aplicable a: 1. Establecimientos, recintos o edificaciones, cualquiera sea su area, que tengan mas de dos niveles desde el nivel de terreno o calzada. 2. Centros culturales, museos, entre otros de similares caracteristicas. 3. Locales de espectaculos deportivos y no deportivos (estadio, coliseos, cines, auditorios, teatros, centro de convenciones, entre otros). 4. Centro de diversion a excepcion de los pubs y karaokes. 5. Gimnasios que cuenten con maquinas electricas y/o electronicas. 6. Instituciones educativas con mas de dos cientos (200) alumnos por turno. 7. Agencias bancarias, cabinas de internet y oficinas administrativas con mas de veinte computadoras. 8. Toda edificacion, instalacion o recinto que por su complejidad califiquen para este MORDAZA de inspeccion. El titular de la actividad debera obtener el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria correspondiente, previamente a la solicitud de licencia de funcionamiento. CAPITULO II REQUISITOS Articulo 20º.- REQUISITOS GENERALES PARA LA MORDAZA DE LA SOLICITUD DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Son requisitos generales a todos los procedimientos para presentar la solicitud de licencia de funcionamiento los siguientes: 1.- Formulario Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de declaracion jurada (completamente llenado). a) Numero de R.U.C. y D.N.I. o Carne de Extranjeria del solicitante, tratandose de personas juridicas o naturales, segun corresponda. b) D.N.I o Carne de Extranjeria del representante legal en caso de personas juridicas, u otros entes colectivos, o tratandose de personas naturales que actuen mediante representacion. c) La indicacion que el solicitante cuenta con el documento que acredita la legitima posesion del inmueble, y que el mismo se encuentra vigente.

d) Si el local cuenta con el numero de estacionamientos requeridos. 2.- Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas juridicas u otros entes colectivos con una antiguedad no mayor de un mes. Tratandose de representacion de personas naturales, se requerira carta poder con firma legalizada. 3.- Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad (segun formulario otorgado por la municipalidad) Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria. 4.- Adicionalmente, de ser el caso, seran exigibles los siguientes requisitos: 4.1) MORDAZA simple del titulo profesional en el caso de servicios relacionados con la salud. 4.2) MORDAZA simple de la autorizacion sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran, de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. 4.3) MORDAZA simple de la autorizacion expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28926, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. 5.- Recibo de pago por el derecho de tramite correspondiente. (En la licencia de funcionamiento de categoria "I" y categoria "II", el pago por el derecho de licencia, incluye el pago correspondiente a la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil). Articulo 21º.- AUTORIZACIONES CONJUNTAS El administrado puede solicitar conjuntamente con la solicitud de licencia de funcionamiento, una autorizacion para la instalacion de un (01) elemento de publicidad exterior y/o un (01) toldo con anuncio. En tal supuesto, ademas de los requisitos MORDAZA senalados (para la licencia de funcionamiento), debera de adjuntar los requisitos senalados en el presente articulo. El elemento de publicidad exterior que se permite en este caso, debe de tener las siguientes caracteristicas: tener un area MORDAZA de 2 m2, debe ser monocromatico, en letras recortadas adosadas a fachada sin iluminacion y cumpliendo los parametros de la Ordenanza Nº 248-MSI. No se debera de invadir via publica, ni areas comunes. En el caso del elemento de publicidad exterior la vigencia del mismo es indefinida, y en el caso del toldo su vigencia es de un ano. (La perdida de vigencia de la licencia de funcionamiento por cualquier causa, implica la perdida de vigencia de las autorizaciones conexas). La autorizacion del elemento de publicidad exterior y/ o del toldo esta supeditada a que se emita la licencia de funcionamiento. En caso que el local cuente con licencia de funcionamiento, se podra solicitar de forma independiente, las autorizaciones senalas en el presente Articulo. Requisitos para instalar un Elemento de Publicidad Exterior y/o Toldo con anuncio: 1.- Consentimiento escrito del propietario del inmueble para la instalacion del elemento de publicidad exterior y/o toldo con anuncio cuando se trate de bienes de dominio privado, o autorizacion de la junta de propietarios tratandose de bienes sujetos al regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun (ambos segun Formato de Solicitud), o, en su defecto, autorizacion del 50% + 1 de los propietarios. 2.- Fotografia en la que se aprecie el entorno MORDAZA y el bien o edificacion donde se ubicara el elemento de publicidad exterior y/o toldo con anuncio. 3.- Fotomontaje o posicionamiento virtual del elemento de publicidad exterior y/o toldo con anuncio para el que se solicita autorizacion municipal, en el que se aprecie el entorno MORDAZA y el bien o edificacion donde se ubicara. 4.- Arte o diseno, especificando materiales, color y dimensiones, suscrito por el arquitecto responsable. 5.- Compromiso del administrado de retirar el elemento y/o el toldo al cese de la actividad y de mantener en buen estado de conservacion el (los) mismo(s). 6.- Recibo de pago por derecho de tramite. Articulo 22º.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES La autorizacion municipal para el uso del retiro municipal con fines comerciales procede en establecimientos que

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