Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2016 (20/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 20 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Roxana María Irma Barrantes Cáceres al cargo de Miembro del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, organismo adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1418737-3

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban priorización del proyecto Creación de servicios turísticos públicos en la Quinta Presa, distrito del Rímac, a ser ejecutado en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2016-MINCETUR Lima, 10 de agosto de 2016 Visto, el Informe N° 051-2016-MINCETUR-VMT/ DGET/DPDT-ERH de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos, el Informe Legal N° 108-2016-MINCETUR/ VMT/DGET/ALDGET-CQG de la D i r e c c i ó n General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, el Memorándum N° 1010-2016-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo y el Informe N° 403-2016-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del sector privado, se establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de Proyectos de Inversión Pública en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP; Que, mediante el artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1238, se autoriza a las entidades del

Gobierno Nacional en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y ambiente, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 29230; Que, de acuerdo al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 409-2015-EF la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica; Que, el literal b) del numeral 6.2 del artículo 6 del citado Reglamento señala que la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional; Que, de acuerdo al numeral 6.3 del artículo 6 del referido Reglamento, la resolución que aprueba la lista de proyectos priorizados será remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a fin que la publique en su Portal Institucional dentro de los tres (3) días de recibida; Que, mediante Oficio N° 0887-2016-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas emitió opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal con la que cuenta el Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el financiamiento y ejecución del proyecto de inversión pública que es priorizado por la presente Resolución; Que, conforme al artículo 5 de la Ley N° 29230, las Entidades Públicas realizan el proceso de selección de la Empresa Privada, de considerarlo necesario, con la asistencia técnica de PROINVERSIÓN, la cual podrá solicitarse para el proceso de selección y para la ejecución del Convenio de Inversión que celebre la Entidad Pública con la Empresa Privada seleccionada, requiriendo del acuerdo previo respectivo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y sus modificatorias; la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del Sector Privado y la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 4092015-EF. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la priorización del Proyecto a ser ejecutado en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, el mismo que se indica en la lista siguiente:
MONTO DE INVERSIÓN (S/)



NOMBRE DEL PROYECTO CREACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN LA QUINTA PRESA, DISTRITO DEL RÍMAC, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA.

CODIGO SNIP

1

343524

18, 157,511.00

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Agencia de Promoción de la Inversión

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