Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2016 (20/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de agosto de 2016 /

El Peruano

jurídica de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que, la Resolución Nº 1002-2016-JNE de fecha 22 de junio del 2016, restablece la Vigencia de mi credencial como Alcalde de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, Sr. Diego Charlie Blas Morales y deja sin efecto las Credenciales provisionales de los Sres. Jorge Luis Rodas Rojas como alcalde encargado y Cesar Raúl Rojas Quiroz como regidor provisional de la referida municipalidad. Que, de conformidad al Art 6º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el Órgano Ejecutivo de Gobierno Local, Representante Legal de la Municipalidad y máxima autoridad administrativa. Que, el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico contenido en el Decreto Supremo Nº 005-90PCM; así como la Ley 30057 Ley del Servicio Civil y su reglamento contenido en el Decreto supremo Nº 0402014-PCM regulan el régimen laboral aplicable a los funcionarios de confianza, señalando que la designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad. Que, siendo menester contar con profesionales idóneos para la continuidad de las labores propias de la Institución Edil, y manteniendo la orientación política y técnica que la nueva gestión desea impulsar para el desarrollo del Distrito de Supe Puerto; y de esa manera lograr las metas trazadas; por lo que, se hace necesario designar a un nuevo funcionario que cumpla con tales requisitos, para que se desempeñe como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a partir del 04 de Julio del 2016 al Sr. DENNIS VICENTE SANCHEZ MAGUIÑA en el Cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, asumiendo la responsabilidad que el cargo le confiere. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de personal, adoptar las medidas tendientes para el cumplimiento del presente dispositivo Municipal; así mismo comunicar al personal de esta casa Edil a prestar y dar el apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones a la designada. Artículo 3º.- ENCARGAR a Secretaria General, notificar la presente Resolución a los interesados, así como a las demás áreas correspondientes de esta casa Edil para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIEGO BLAS MORALES Alcalde 1417571-1

exterior de los Funcionarios y Servidores Públicos, estos se autorizarán mediante documento de la más alta autoridad de la respectiva entidad. Que, la Teniente Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, Pilar Teresa Vera Madariaga, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 015-2015-MDY Estación de Pedidos, verbaliza que con fecha 5 de julio de 2016, recibió una invitación de la Asociación de Arequipeños en Santiago de Chile, con motivo de conmemorarse el 476 aniversario de la Fundación de la ciudad de Arequipa. Señala además que el señor Alejandro Rivero, Cónsul del Perú, está coordinando una reunión con la Alcaldesa de Santiago de Chile, Sra. Carolina Toha para la puesta en marcha del Acuerdo Municipal para el hermanamiento entre la Municipalidad de Yanahuara ­ Arequipa y la Municipalidad de Santiago de Chile. Que, en tal sentido, resulta de interés para la Municipalidad Distrital de Yanahuara, la asistencia y participación de dicha autoridad de esta comuna, a fin de impulsar el hermanamiento de ambas comunas. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su artículo 9.- Atribuciones del Concejo Municipal, inciso 11) señala que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del País que en Comisión de Servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. Que, la Ley Nº 27619, que regula la Autorización de viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, establece en su artículo 2 que, "(...) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifas (...)" Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viaje deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; asimismo su artículo 10 establece la obligación de presentar un informe, señalando "Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado". Que, estando al Informe Nº 43-2016-UC-MDY e Informe Nº 195-2016-GPP/MDY, mediante el cual se establece la proyección de gasto y la disponibilidad presupuestaria respectivamente, respecto a pasajes y viáticos. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 y contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 015-2016-MDY, el Concejo Municipal. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 18 al 20 de agosto de 2016, el viaje de carácter oficial a la ciudad de Santiago de Chile, de la señora Teniente Alcaldesa PILAR TERESA VERA MADARIAGA, para la puesta en marcha del Acuerdo Municipal para el hermanamiento entre la Municipalidad de Yanahuara ­ Arequipa y la Municipalidad de Santiago de Chile. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, los gastos que irrogue por concepto de pasajes la suma de S/ 4,572.75 (CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON 75/100 SOLES) y por concepto de viáticos la suma de S/ 3,671.88 (TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 88/100 SOLES) Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, a través de la Unidad de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIS DELGADO BACIGALUPI Alcalde 1418108-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA
Autorizan viaje de Teniente Alcaldesa a Chile, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 060-2016-MDY Yanahuara, 16 de agosto de 2016 VISTOS: La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 015-2016-MDY, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias de los viajes al

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