Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2016 (20/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de agosto de 2016 /

El Peruano

En caso lleve adelante un Proceso de Selección con arreglo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012, los Terceros Interesados deberán cumplir con los siguientes Requisitos de Precalificación, entre otros que se dispongan en las Bases: 6. Requisitos de Precalificación: Requisitos Legales: - Fotocopia de DNI del representante legal de la empresa. - Vigencia del poder y/o facultades de su representante legal, la copia del estatuto y de inscripción registral vigente. Requisitos Financieros: - La persona jurídica (empresa) que se presente deberá acreditar un patrimonio por un monto no menor al de la inversión privada que presente como propuesta para la ejecución del proyecto. Requisitos Técnicos: - Experiencia como mínimo de 05 años en el rubro de operación de formatos comerciales de supermercados. Esta experiencia se deberá acreditar directamente por el tercero interesado o por consorcios o por contratos con compromiso de operadores de supermercados. - Que esté acreditado directamente por la empresa o por consorcios o por contratos con compromisos de operadores de supermercados. 7. Factor de Competencia: - El monto mayor del valor del precio por metro cuadrado o por pagar por el derecho de superficie será como base de S/.6.00 por m2. - El mayor monto de compromiso para financiar y ejecutar proyectos de inversión pública bajo la modalidad de obra por impuestos, no podrá ser inferior al monto de S/.30 000,000 (Treinta Millones con 00/100 soles) hasta por la suma de S/.84 225,970 (Ochenta y Cuatro millones Doscientos Veinticinco Novecientos Setenta con 00/100 soles), conforme a la normativa vigente. 8. Monto referencial de la inversión: El monto referencial del Proyecto de Inversión, es de S/. 55.9 millones incluido IGV. 9. Garantías de Fiel Cumplimiento de las obligaciones contractuales: El inversionista deberá presentar las siguientes Garantías: La Garantía de fiel cumplimiento estará constituida por dos cartas fianzas bancarias que deberán ser solidarias, incondicionales, irrevocables, sin beneficio de excusión ni división y de realización automática a favor de la Municipalidad Provincial Ilo, como garantía del cumplimiento de sus obligaciones. a).- Una Carta de Fiel Cumplimiento de obligaciones del proyecto de inversión por la suma de S/.1 000,000.00 (Un millón con 00/100 soles) de renovación anual a ser entregado al propietario (MPI) la cual deberá estar vigente durante toda la etapa de construcción del centro comercial. b).- Luego de concluidas las obras el monto de la Carta Fianza será de S/.500 000,00 (Quinientos mil con 00/100 soles) y se mantendrá vigente durante toda la vigencia del contrato renovándose la misma de forma anual. 10. Cronograma Tentativo del Proyecto(Proceso de Inversión): La ejecución de las obras del Proyecto se estima en un período de dieciocho (18) meses (año y medio) computados a partir de la Licencia de Obra, incluyendo las obras de habilitación Urbana, además de Corte y Nivelación del Terreno, de acuerdo a lo que sea establecido en el Expediente Técnico Definitivo a ser desarrollado por el Superficiario.

11. Forma de retribución propuesta: El Superficiario no recibirá ningún tipo de retribución o contraprestación económica alguna de parte de la Municipalidad Provincial de Ilo, siendo el Proyecto autofinanciado con los ingresos provenientes del Proyecto de Inversión. De otro lado, las contraprestaciones derivadas del Proyecto a cargo del Superficiario en favor de la Municipalidad Provincial de Ilo, serán: i. Por el Derecho de Superficie, pagará una retribución equivalente a S/ 6.00 por metro cuadrado del área total otorgada en Superficie, a ser pagada de manera mensual, reajustada a una tasa anual de inflación basado en el ratio promedio de inflación anual. ii. Al término del plazo (40 años) del DERECHO DE SUPERFICIE, el Superficiario revertirá todo lo construido, es decir las obras de la "Nueva Plaza Comercial Ilo", a Título Gratuito a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo, salvo que de mutuo acuerdo pactasen la renovación del plazo de vigencia primigenio. iii. Adicionalmente, el Compromiso de participar como Postor en el correspondiente Concurso Público, para el financiamiento y ejecución del Proyecto de Inversión Pública "Reconstrucción y/o Remodelación del Mercado Pacocha" desde los S/.30 000,000 (Treinta Millones con 00/100 soles) hasta por la suma de S/.84 225,970 (Ochenta y Cuatro millones Doscientos Veinticinco Novecientos Setenta con 00/100 soles) bajo la modalidad de "Obras por Impuestos", para cuyo caso la Municipalidad deberá haber declarado viable el correspondiente Proyecto de Inversión Publica conforme a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública ­ SNIP, y seguir el procedimiento establecido en la Ley Nº 29230 y su Reglamento. 12. Sede Central y Horario de Atención donde atenderá los requerimientos del privado: En la Sala de Reuniones de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Ilo, Dirección: Malecón Costero Miramar Nº 1200-1202, asimismo el horario de atención será desde las 08:00 am hasta las 15:14 pm. 13. ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE SUPERFICIE: Determinación de las Partes: · El Estado Peruano estará representado por la Municipalidad Provincial de Ilo (el PROPIETARIO). · El Adjudicatario quien se encargará de implementar el Proyecto (el SUPERFICIARIO). El objeto: La constitución del derecho de superficie a favor del SUPERFICIARIO se hace con la finalidad que sobre el área entregada en superficie (en adelante el ÁREA DE LA SUPERFICIE), el SUPERFICIARIO lleve a cabo el diseño, financiamiento, construcción, operación y mantenimiento de un centro comercial. Bajo este contexto, el SUPERFICIARIO tiene el legítimo derecho de tener en superficie el ÁREA DE LA SUPERFICIE, contando con la facultad de construir en la superficie o en el subsuelo y mantener temporalmente una edificación en propiedad separada del suelo. Plazo del Contrato: El plazo de vigencia del Contrato será de cuarenta (40) años computados desde la fecha de su suscripción. Las Partes podrán de común acuerdo, ampliar o en su caso prorrogar la vigencia del Contrato por períodos sucesivos adicionales que, en conjunto, incluyendo el inicial, no excedan del plazo máximo previsto en el artículo 1030 del Código Civil. 1. Forma de Retribución- Contraprestaciones: La retribución y contraprestaciones derivadas del Proyecto a cargo del Superficiario en favor de la Municipalidad Provincial de Ilo, serán:

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