Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2005 (02/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante documento de fecha 13 de junio de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA denuncia ante el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que la licencia de conducir Nº AD-0210051, categoria A-III correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expedida el 14 de diciembre de 1999 por la Direccion General de Circulacion Terrestre, se encuentra suplantada en la imagen; y que coincidentemente el rostro que aparece en dicha licencia es de MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien tiene la licencia de conducir Nº AF0159786, categoria A-III, resultando evidente que MORDAZA MORDAZA MORDAZA suplanto su imagen en la indicada Licencia de Conducir; Que, mediante Memorandum Nº 785-2005-MTC/07, de fecha 24 de junio de 2005, el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita al Director de la Direccion General de Circulacion Terrestre verifique la veracidad de la denuncia efectuada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Riquelme; Que, por Oficio Nº 7267-2005-MTC/15.03., de fecha 15 de MORDAZA de 2005, el Director (e) de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial solicita a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Chimbote se evacue un informe detallado de la suplantacion de imagen realizada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la licencia de conducir Nº AF-0159786, clase "A", categoria "tres" profesional especializado y que, asimismo, se remitan los antecedentes de dicho expediente; Que, por Oficio Nº 0691-2005-REGION ANCASH/DRTCDSRPTC.UCT.Lic, de fecha 22 de MORDAZA de 2005, el Director de la Region MORDAZA, Sub-Region "El Pacifico" Transportes y Comunicaciones informa: a) Mediante el expediente de Registro Nº 3270 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el duplicado de su licencia de conducir profesional categoria A-III, quien adjunta al expediente una certificacion de denuncia por perdida de licencia de conducir Nº CA-0019538, habiendo cumplido el usuario con los requisitos se remitio dicha solicitud a la Oficina de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir ­ MORDAZA, emitiendose la licencia de conducir AD-0210051, categoria A-III. b) Mediante el expediente de Registro Nº 2055 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la licencia de conducir primigenia Nº AN ­ 006087, Clase y Categoria 2C (Categoria A-II), que corresponde a la jurisdiccion de MORDAZA, efectua el tramite de recategorizacion de su licencia de conducir a la categoria A-III, aprueba los examenes y se le otorga la Clase y Categoria 2D, (A-III), tramitada la documentacion a la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir ­ MORDAZA, emitiendose la licencia de conducir AF-0159786 c) Las indicadas solicitudes fueron atendidas y enviadas a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre con los Oficios Nºs 2762005-REGION ANCASH-DRTH-DSRPTC-LC y 480-20005REGION ANCASH/DRTC-DSRTC. d) En el Oficio Nº 276-2005-REGION-ANCASH-DRTCDSRPTC-LC del 10 de marzo de 2005 dirigido a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, senala que los funcionarios que firmaron la documentacion que permitio se expida la licencia de conducir, fueron MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargada de la Oficina de Antecedentes del Conductor; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargada de la Oficina de Licencias de Conducir , Dr. MORDAZA R. Sarzo MORDAZA, Director de la Subregion MORDAZA de Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informe Nº 057-2005-MTC/15.03, de fecha 4 de agosto de 2005, el Director (e) de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial hace de conocimiento al Director General de Circulacion Terrestre lo siguiente: a) Verificada la Base de Datos Red Nacional, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta registrado como titular de las siguientes licencias de conducir:
Nº de Clase y Categoria Fecha de expedicion Nº de licencia Nueva Fecha de emision Tramite CANJE Lugar y tramite CHICLAYO CHIMBOTE

b) Asimismo el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta registrado como titular de las siguientes licencias de conducir:
Nº de Clase y Categoria Fecha de expedicion Nº de licencia Nueva Fecha de emision Tramite CANJE

AN-006087/2B1 20.09.1972 CA-0015351 / AI 05.09.1997

AN-006087 / 2C 09.09.1998 AE-0153436 / AII 09.09.1998 RECATEGORIZACION AN-006087 / 2D 01.06.2001 AF-0159786 / AIII 13.08.2001 RECATEGORIZACION AN-006087 / 2D 01.06.2001 E-32789130 / AIII 29.11.2004 REVALIDACION

c) Las imagenes de las licencias Nºs AE-0153436 / AII, AF ­ 0159786 / A-III y E-32789130 / A III a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se asemejan a la imagen de la fotografia enviada en la documentacion para la emision de la licencia Nº AD-0210051 / A-III del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presumiendose que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria obtenido de manera irregular la categoria A-III siendo titular de una licencia categoria A ­ II, para lo cual se habria valido irregularmente del tramite iniciado en la MORDAZA de Chimbote. d) Mediante informe Nº 001-2005-MTC/15.03.1.nsg la encargada del Centro de Emision de Licencias de Conducir, informo las circunstancias en que se desarrollo en ese entonces, la expedicion de la licencia de conducir Nº AD0210051 / A ­ III. e) Llega a la conclusion que la licencia de conducir Nº AD-0210051 / A III presenta diferencias en cuanto a la imagen y la licencia de conducir obtenida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA es la licencia Nº AD0210051 / A III. f) Recomienda se declare la nulidad de la licencia de conducir AD-0210051 / A-III; Que, mediante Memorandum Nº 1917-2005-MTC/15 de fecha 9 de agosto de 2005, el Director General de la Direccion General de Circulacion Terrestre remite el informe tecnico y sus antecedentes al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, de acuerdo a sus funciones inicie las acciones legales pertinentes; Que, los hechos descritos encuadran dentro del MORDAZA penal del delito contra la Administracion Publica en la m o d a lid a d d e Fa ls a D e c la r a c io n e n u n Pr o c e s o Administrativo, en el delito de Fraude Procesal y en el delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, siendo necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de que interponga las acciones legales correspondientes; Que, conforme al articulo 411º del Codigo Penal, "El que, en un procedimiento administrativo, hace una falsa declaracion en relacion a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presuncion de veracidad establecida por ley, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de uno ni mayor de cuatro anos"; Que, conforme al articulo 416º del Codigo Penal, "El que, por cualquier medio fraudulento, induce a error a un funcionario o servidor publico para obtener resolucion contraria a la ley, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de cuatro anos"; Que, conforme al articulo 438º del Codigo Penal, "El que de cualquier otro modo que no este especificado en los Capitulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde, suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha existido o viceversa, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor de cuatro anos"; Que, de acuerdo con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil;

W-003671 / 2D 18.07.1985 GA-0019538 / AIII 16.02.1998

W-003671 / 2D 18.07.1985 AD-0210051 / AIII 14-12-1999 DUPLICADO

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