Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2005 (02/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comision de Planeamiento y Presupuesto y Administracion de Recursos, e Informe del Procurador Adjunto Municipal de fechas: 21 y 18 de noviembre del 2005 respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 535-2005DA/MDB de fecha 2 de junio del 2005, se designa al abogado MORDAZA Estuardo MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Procurador Adjunto Municipal, quien depende funcional y normativamente de esta comuna y del Consejo de Defensa del Estado; Que, es necesario investir al referido funcionario con las facultades de representacion judicial, a efectos que ejerza la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, inicie e impulse los procesos MORDAZA estos administrativos y/o jurisdiccionales contra los responsables del detrimento patrimonial de esta comuna, que se ha producido en la tramitacion de la causa signada con el Expediente N° 72-2002, tramitada por ante el Vigesimo MORDAZA Juzgado Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima; Con la atribucion conferida por el numeral 23 del Art. 9° de la Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por votacion unanime el Concejo Municipal; ACORDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR, al Procurador Adjunto Municipal, abogado MORDAZA Estuardo MORDAZA MORDAZA, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de Brena, inicie e impulse los p r oc e s o s a d m i n i st ra t i v o s y j u d i c i a l e s c o n t r a l o s funcionarios, servidores o terceros, que hayan incurrido en ilicitos penales, y causado perjuicio patrimonial en agravio de este gobierno local, otorgandosele las facultades senaladas en los articulos 174° y 175° del Codigo Procesal Civil; actuando con plena representacion de la Municipalidad en los procesos Administrativos, Civiles, Penales, Laborales y Constitucionales ya sea como denunciante, demandante, demandado, parte civil, tercero civilmente responsable, sin restriccion de ninguna naturaleza que el limite en el ejercicio de su defensa con arreglo a lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica de Estado y 2°, 4° y 35° del Decreto Ley N° 17537. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General el cumplimiento del presente Acuerdo para los efectos de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y su difusion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20304

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo y precisan dispo siciones sobre beneficios de regularizacion de deudas tributarias y administrativas otorgadas mediante la Ordenanza Nº 359-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2005-MSB-A
San MORDAZA, 29 de noviembre de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 359-MSB se aprobo el otorgamiento de beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas, a fin de otorgar facilidades a los contribuyentes del distrito para el pago de sus obligaciones; Que, el articulo 4º de la MORDAZA precitada establece que el plazo para acogerse a los beneficios dispuestos por la Ordenanza Nº 359-MSB vence el dia 30 de noviembre de 2005; Que, ante la respuesta de los vecinos a la convocatoria resulta necesario ampliar la vigencia dispuesta en la Ordenanza Nº 359-MSB, a fin de permitir que mas contribuyentes puedan beneficiarse con los descuentos ofrecidos; Que, asimismo resulta pertinente realizar algunas precisiones respecto de la aplicacion de los beneficios, a fin de que todos los contribuyentes tengan la posibilidad de acogerse a los mismos; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la citada MORDAZA faculta al MORDAZA del Distrito de San MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 6) del articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo previsto en el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 359-MSB, que otorga beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas, hasta el sabado 17 de diciembre de 2005. Articulo Segundo.- Precisar que cuando la deuda por multa administrativa se encuentre fraccionada, el descuento del 75% dispuesto en el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 359-MSB se aplicara sobre el saldo del convenio de pago. Articulo Tercero.- Precisar que aquellos contribuyentes que tengan convenio de pago vigente por concepto de Impuesto Predial y/o Arbitrios, podran solicitar la resolucion del mismo, a fin de acogerse a los beneficios de la Ordenanza Nº 359-MSB. En estos casos, los montos pagados por cuotas se imputaran a las cuentas materia del convenio, calculadas con los beneficios de la Ordenanza Nº 359-MSB. El saldo podra ser pagado conforme al articulo 2º de la citada norma. La Gerencia de Rentas, a traves de la Jefatura de Servicios y Orientacion al Contribuyente, pondran a disposicion de los vecinos el formato de solicitud de resolucion de convenio. Articulo Cuarto.- Precisar que, aquellos vecinos que no hayan cumplido con presentar su Declaracion Jurada de Transferencia o Aumento de Valor, o lo hayan hecho extemporaneamente, podran solicitar la condonacion de la multa tributaria correspondiente, con el requisito de subsanar la obligacion formal que origino la sancion. La Gerencia de Rentas, a traves de la Jefatura de Servicios y Orientacion al Contribuyente, facilitara a los vecinos el formato para la tramitacion de dicha solicitud. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20356

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 236-MDMM Fe de Erratas de la Resolucion Nº 236-MDMM, publicada en nuestra edicion del dia 30 de noviembre de 2005. DICE: RESOLUCION Nº 236-MDMM DEBE DECIR: ORDENANZA Nº 236-MDMM 20484

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