Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2005 (02/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2005

OSITRAN
Proyecto de Reglamento de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion y su Exposicion de Motivos
Proyecto de Reglamento de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion. se pueden producir disminuciones en el inventario, derivados de perdidas, robos o destruccion de Bienes de la Concesion, sin perjuicio de las obligaciones de los Concesionarios sobre dichos bienes. De esta manera, a medida que transcurre la vigencia de un Contrato de Concesion, el inventario de Bienes de la Concesion reflejara los cambios derivados de la incorporacion de nuevos bienes a la Concesion (altas) o la reduccion o devolucion de bienes de la Concesion (bajas), cuya supervision esta a cargo de OSITRAN. El regulador tiene como funcion velar por el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios relativas a los bienes de la Concesion. Cabe mencionar que algunos contratos regulan las obligaciones relativas a los bienes de la concesion con mayor precision, en otros casos, hay vacios importantes en cuanto a requisitos y procedimientos para las altas y bajas de bienes. La realizacion de mejoras e inversiones esta generando la sustitucion de bienes, que varios concesionarios han solicitado devolver, sin existir, en algunos casos, un procedimiento uniforme. De otra parte, algunos Concesionarios no cuentan con un inventario de bienes debidamente actualizado. En consecuencia, el Concedente no cuenta con informacion actualizada sobre los bienes de la concesion. De otro lado, el Reglamento General de Supervision de OSITRAN, aprobado por Resolucion Nº 036-2004-CD/ OSITRAN, establece en su articulo 30º que OSITRAN mantendra un registro electronico de Bienes de la Concesion, por cada Empresa Concesionaria, de tal modo que facilite su control. Asimismo, el articulo 38º de la MORDAZA senala que en los casos que OSITRAN lo solicite, la Empresas Concesionarias entregaran por medio electronico el inventario de los Bienes de la Concesion, al cierre de cada ano fiscal. Con fecha 18 de MORDAZA de 2005 se prepublico en el Diario Oficial El Peruano un primer proyecto de Reglamento Aplicable al Control de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion, a efectos que los interesados MORDAZA llegar sus comentarios y sugerencias. Hasta el 12 de agosto del ano en curso se recibieron comentarios y sugerencias de las empresas: LAP, CONCAR, FETRANSA y ENAPU. Con fecha 20 de MORDAZA de 2005 se realizo un primer taller con Entidades Prestadoras con la finalidad de recibir comentarios y sugerencias preliminares. El 10 de noviembre, OSITRAN se presento nueva propuesta normativa que recoge la mayoria de sugerencias remitidas por las Entidades Prestadoras Con la nueva propuesta se busca contar con una MORDAZA que establezca las reglas y procedimientos para que las Entidades Prestadoras efectuen las altas y bajas e informen sobre la actualizacion del inventario de los bienes de la concesion. Para fines del presente Reglamento, la devolucion o reduccion de los bienes al Concedente debe entenderse como una baja de bienes desde la perspectiva del concesionario. La MORDAZA sera de aplicacion supletoria a las reglas y procedimientos establecidos en los respectivos contratos de concesion. 2. Efectos Esperados El Reglamento de altas y bajas de los bienes de concesion permitira contar con informacion actualizada sobre los Bienes de la Concesion. Por su parte, los concesionarios contaran con reglas claras para solicitar las altas y bajas de los Bienes de la Concesion. El Reglamento brindara uniformidad y predictibilidad en el control de las altas y bajas de los Bienes de la Concesion,

ACUERDO Nº 723-191-05-CD-OSITRAN
Vista la Nota Nº 107-05-GRE-OSITRAN conteniendo el Proyecto de Reglamento de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion y su Exposicion de Motivos; y, de acuerdo a lo informado por el Gerente General; el Consejo Directivo, de acuerdo a su Funcion Normativa establecida en el articulo 22º del Reglamento General de OSITRAN, acordo por unanimidad: a) Aprobar la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano del proyecto de "Reglamento de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion" y de su Exposicion de Motivos. b) Otorgar un plazo de quince (15) dias habiles, contados a partir de la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano, para que los legitimos interesados remitan a OSITRAN, a la Avenida Bolivia Nº 144 Piso 19 MORDAZA 1, o por medio electronico, a: info@ositran.gob.pe; sus comentarios, observaciones y aportes, los cuales seran analizados por OSITRAN. c) Difundir el proyecto de "Reglamento de Altas y Bajas de los Bienes de la Concesion" en la pagina web de OSITRAN. d) Dispensar el presente Acuerdo de lectura y aprobacion posterior. Certifico que el Texto del Acuerdo Nº 723-191-05-CD-OSITRAN corresponde al Acta de la Sesion de Consejo Directivo Nº 191-2005CD, llevada a cabo con fecha 23 de noviembre del ano en curso, de lo cual doy fe. Fecha: 30 de noviembre de 2005 DR. MORDAZA VASI MORDAZA Secretario del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN

PROPUESTA REGLAMENTO APLICABLE AL CONTROL DE LAS ALTAS Y BAJAS DE LOS BIENES DE LA CONCESION EXPOSICION DE MOTIVOS
1. Antecedentes y Justificacion OSITRAN tiene bajo su ambito de competencia la supervision de once contratos de concesion para la construccion, mejora y explotacion de infraestructura de transporte de uso publico 1 . Mediante dichos contratos el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha entregado un conjunto de bienes de propiedad del Estado. A dichos bienes se agregaran nuevos bienes producto de mejoras e inversiones que realizan las Empresas Concesionarias en el MORDAZA de sus respectivos contratos de concesion. Durante la vigencia del contrato de concesion, el inventario inicial de Bienes de la Concesion se puede incrementar producto de las adiciones derivadas de la realizacion de mejoras e inversiones en infraestructura o equipamiento. Asimismo, los concesionarios pueden devolver durante la vigencia del contrato de concesion parte de los bienes recibidos. En este sentido, durante la vigencia de una concesion se van a producir aumentos y/ o disminuciones en el inventario de bienes. Por otro lado, durante la vigencia de la Concesion se pueden producir demoliciones y reposiciones de la infraestructura actual. Asimismo, de manera excepcional

1

Siete concesiones de carreteras, un aeropuerto, dos ferrocarriles y un terminal portuario.

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