Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2005 (02/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2005
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece en sus articulos 2º y 3º, que los Gobiernos Regionales son personas juridicas con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia y tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902, establece las competencias exclusivas y compartidas que la Constitucion le asigna a los Gobiernos Regionales, indicando entre otras, la difusion de la cultura y potenciacion de todas las instituciones artisticas y culturales regionales; Que, el insigne peruano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA nacio en MORDAZA el 21 de MORDAZA de 1887, sus primeros anos de infancia los vivio en MORDAZA educandose en el Colegio San MORDAZA y culmino sus estudios en el Colegio Jesuita de la MORDAZA, ingresando posteriormente a la Universidad Mayor de San MORDAZA d o n d e o b t u vo l o s D o c t o r a d o s e n L e t r a s , e n Jurisprudencia, en Ciencias Politicas y Administrativas, y el grado de Doctor Honoris Causa en las Universidades de MORDAZA de Nueva MORDAZA y de MORDAZA de Chile. Asimismo este ilustre piurano fue Director del Archivo Nacional en 1914, Regidor de la Municipalidad de MORDAZA en 1914 y 1920, MORDAZA de MORDAZA en 1930, fundador del Partido Social Democrata, Presidente de la Juntas Preparatorias del Congreso Constituyente, representante de MORDAZA en el Congreso y Presidente del Congreso Constituyente en 1931; postulo a la Presidencia de la Republica en 1936 ganando por amplia mayoria pero las elecciones fueron anuladas por el Gobierno de turno y desde 1946 hasta 1957 fue Vocal de la Corte Suprema de la Republica, siendo su Presidente desde 1952 hasta 1956; Que, don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA fue propietario y Director del diario "Ahora" clausurado durante el gobierno del General MORDAZA, por publicar articulos que afectaban los intereses del gobierno, y decepcionado de la MORDAZA politica en los anos convulsos de la decada del 30, se retira de la politica y se dedica a la produccion intelectual. A esta epoca corresponde la mayor parte de su produccion bibliografica que habia iniciado desde sus anos universitarios. Casi toda su obra estara dedicada al estudio de Historia de la Emancipacion y de la Universidad de San MORDAZA, y asuntos de actualidad politica, ademas del analisis y defensa de la Democracia que tanto admiraba; Que, don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA, siendo parlamentario logro la dacion de la Ley Nº 7796, de la Junta de Obras Publicas de MORDAZA, por la que se creo un impuesto adicional sobre los derechos de importacion de maquinarias, materiales e implementos que se dediquen a la industria petrolera ubicada en el departamento de MORDAZA, con destino a la construccion de obras publicas; Que, don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA, en un momento dificil para el MORDAZA, en el que predominaba la falta de garantias individuales, la injusticia y la persecucion politica, supo avanzar contra la corriente aunque esto supusiera ganarse enemistades que perjudicaron su MORDAZA politica y la incomprension de sus contemporaneos. Era un hombre adelantado a su epoca, supo ver igualdad en donde todos veian diferencia y anhelaba el libre ejercicio de la democracia en una epoca en la que predominaba la dictadura y la persecucion; Que, este ilustre piurano, poco MORDAZA de morir encargo erigir su tumba en el Cementerio San MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, su tierra MORDAZA, tumba en donde se encuentra escrito el epitafio que nos recuerda lo mucho que sufrio lejos de su tierra, y el 15 de agosto de 1967, a los 80 anos de edad, dejo de existir en MORDAZA con los auxilios de la

religion catolica de la que fue fiel practicante, asistiendo a su capilla ardiente el entonces Presidente de la Republica don MORDAZA Belaunde Terry. Los funerales fueron presididos por los Presidentes de las Camaras Legislativas del Congreso de la Republica, el Presidente de la Corte Suprema, un Edecan del Presidente de la Republica y el MORDAZA de MORDAZA, el Dr. MORDAZA Bedoya MORDAZA quien expreso que "Eguiguren se honro gobernando a la MORDAZA y la MORDAZA se honro de ser gobernada por el", sus restos actualmente reposan en el Mausoleo Familiar de los MORDAZA en el Cementerio Presbitero Maestro de la MORDAZA de Lima; Que, en el ano de mil novecientos ochentaiocho mediante Ley Nº 24899 se establece el dia 21 de MORDAZA de cada ano como "Dia del Humanista Peruano", en homenaje al Magistrado, Historiador, Periodista y Politico Peruano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA al recordarse el centenario del nacimiento; y se declara dia civico laborable en el departamento de Piura; Que, es politica del Gobierno Regional de MORDAZA propiciar la afirmacion y significado colectivo de identidad cultural y considera rendir un MORDAZA y merecido homenaje a la egregia figura de don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA, al realizarse los actos de exhumacion, traslado, exequias de los restos y homenaje postumo a quien fue Presidente de los tres Poderes del Estado el piurano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren MORDAZA, formulando votos para que su memoria se guarde imperecedera como un peruano que lucho firmemente por sus ideales y puso su MORDAZA al servicio del engrandecimiento del pais; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 10 de Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, celebrada el 30 de Noviembre del 2005, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES REGIONAL LA EXHUMACION, TRASLADO, EXEQUIAS Y HOMENAJE POSTUMO A DON MORDAZA MORDAZA EGUIGUREN MORDAZA Articulo Primero.- Declarar de Interes Regional, la exhumacion, el traslado de los restos mortales a la MORDAZA de MORDAZA, las exequias y el homenaje postumo a quien fue Presidente de los tres Poderes del Estado el ilustre piurano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren Escudero. Articulo Segundo.- Declarar, feriado civico laborable en el ambito territorial del departamento de MORDAZA, el dia 3 de diciembre del 2005, por motivo del traslado de los restos mortales a la MORDAZA de MORDAZA, las exequias y el homenaje postumo a don MORDAZA MORDAZA Eguiguren Escudero; y disponer el embanderamiento general y el izamiento a media MORDAZA del Pabellon Nacional en todas las entidades del sector publico; Articulo Tercero.- Invocar, al senor Presidente de la Republica para que en su calidad de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, disponga que la Region Militar Norte, el Ala Aerea Nº 1 y el Grupo Aereo Nº 7, la Primera MORDAZA MORDAZA y la Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru, rindan MORDAZA de Jefe de Estado el dia 3 de diciembre del 2005, dia en que se realizara el traslado de los restos mortales a la MORDAZA de MORDAZA, las exequias y el homenaje postumo a quien fue Presidente de los tres Poderes del Estado, al ilustre piurano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren Escudero. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social para que en coordinacion con el Instituto Nacional de Cultura y las Instituciones afines, la organizacion de los diferentes actos conmemorativos en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 24899 que establece el dia 21 de MORDAZA de cada ano como "Dia del Humanista Peruano", en homenaje al Magistrado, Historiador, Periodista y Politico Peruano don MORDAZA MORDAZA Eguiguren Escudero. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion.

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