Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2005 (02/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2005

Que, la Universidad Nacional de Ingenieria requiere adquirir Licencias de software "Autodesk" para 100 computadoras por el lapso de un ano, tal como se venido contratando desde junio del 2003 con el distribuidor NEXYS del Peru S.A.C., a fin de cumplir con los acuerdos asumidos en la Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI, como consta en el Acta de Conciliacion suscrita el 28 de junio del 2001, ratificado por Resolucion Rectoral Nº 0906; Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2005-UNI-CC de fecha 20 de octubre del 2005, la Directora del Centro de Computo de la Universidad Nacional de Ingenieria, sustenta las razones de orden tecnico - economico que justifican hacer uso de la exoneracion dispuesta en el inc. e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en el sentido que la Universidad tiene el compromiso de mantener sus computadoras con las respectivas licencias, y que desde el ano 2003 adquirio Licencias de Programa ACES, version ADI 7 (Autodesk Comprehensive Education Solution), siendo necesario suscribir un MORDAZA contrato por un ano, para el uso legal del software, a traves de la empresa NEXYS del Peru S.A.C., que es el unico distribuidor mayorista oficial y autorizado por Autodesk, Inc. para el Peru, por un monto referencial de $ 33,000.00 (Treinta y Tres Mil y 00/100 Dolares americanos); Que, mediante Informe Legal Nº 205-OCAL, la Oficina Central de Asesoria Legal, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", concordado con el articulo 146º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la contratacion de bienes o servicios que no admite sustitutos y que exista proveedor unico, estan exonerados de los procesos de seleccion. En concordancia con esta MORDAZA legal el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podra contratar directamente; Que, de conformidad con los articulos 146º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda exoneracion a los procesos de seleccion, salvo la prevista para contratar servicios publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas, o con caracter de secreto, secreto militar o de orden interno, que deban mantenerse en reserva conforme a Ley, deben ser aprobadas mediante Resolucion del titular del pliego de la Entidad, la cual requiere de informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, efectuandose las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, debiendo realizarse dichos actos por el organo o dependencia que se encarga de llevar a cabo la Adquisicion o contratacion requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, y el articulo 33º, Inc. b), de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el articulo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion de las Licencias de Programa ACES, version ADI 7 (Autodesk Comprehensive Education Solution), para 100 computadoras de la Universidad, a efectuarse con la Empresa NEXYS del Peru S.A.C., por un ano, y por un monto referencial de $ 33,000.00 (Treinta y Tres Mil y 00/100 Dolares americanos), que abarcara lo siguiente: Programa ADI Numero de Licencias 100 Tarifa de Suscripcion Anual ADI $ 33,000.00 Por Asiento $330.00

Articulo 2º.- La contratacion que se efectuara en virtud de la presente Resolucion Rectoral, sera realizada por la Oficina Central de Logistica de la Universidad Nacional de Ingenieria mediante acciones inmediatas de conformidad a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision. Asimismo la Oficina Central de Logistica remitira MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como difundirla a traves del SEACE, conforme a lo dispuesto en los articulos 20º y 147º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector (e) 20396

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
Aceptan renuncia y designan Gerente de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional de la Juventud
RESOLUCION PRESIDENCIAL COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD Nº 078-P/CNJ-CONAJU-2005
MORDAZA, 28 de noviembre de 2005 VISTO: La carta de renuncia de fecha 15 de noviembre de 2005, presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 031-P/CNJCONAJU-2004, se designo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Gerente de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ; Que, con fecha 15 de noviembre de 2005, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo Gerente de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, cargo previsto en el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 023-2004-PCM, la misma que habiendo sido aceptada, surtira efecto a partir de la fecha; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, el Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nº 034-P/CNJCONAJU-2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, a partir de la fecha,

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