Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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los siguientes insumos: a) Emulsion: 17,500 Galones, por un valor referencial de S/. 2.80 por galon, por lo que la suma asciende a S/.119,000.00 nuevos soles; b).- 100 M3 de MORDAZA chancada de 3/4, por un valor referencial de S/. 3,400 nuevos soles; y c).- 2078 galones de combustible, por un valor referencial de S/.12.99 nuevos soles por galon, la suma asciende a S/. 26,993.22 nuevos soles; insumos estos que son imprescindibles para la culminacion de la obra: "Mejoramiento de la carretera Pueblo LibrePamparomas, tramo cruce carretera Huaraz- CarazJuipon, Km 3+200 al Km 6+510". Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art.148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004 - PCM; cuyas adquisiciones tendran el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el Titular del Pliego,

al no ser procedente en adelante un MORDAZA MORDAZA de seleccion. Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe tecnico y legal que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre

164043-1

PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de Resolucion que posterga el inicio y ajusta las siguientes etapas del Procedimiento para Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 140-2008-OS/CD
MORDAZA, 14 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD, se establecio que el Procedimiento para Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision (SST) y Sistemas Complementarios de Transmision (SCT), correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013, se inicie excepcionalmente MORDAZA del 01 de MORDAZA de 2008; Que, mediante cartas GR-0226-2008, GR-0962008/ENOSA, GR -075-2008, GP-102-2008 y GR-04352008, las empresas concesionarias Hidrandina S.A., Electronoroeste S.A., Electrocentro S.A.,,Electrosur S.A. y Electronorte S.A., respectivamente, han solicitado una prorroga de dos (2) meses para el inicio del citado MORDAZA regulatorio, debido a las modificaciones introducidas en el procedimiento de fijacion de Peajes y Compensaciones, la nueva ronda de comentarios al proyecto de resolucion que aprobaria la nueva version de la "Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision" y la reciente expedicion de las nuevas normas complementarias de adecuacion al MORDAZA regulatorio de la transmision y procesos internos; Que, asimismo, la empresa Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. (SEAL) ha solicitado una postergacion por lo menos 3 meses del inicio de este MORDAZA regulatorio, argumentando ademas de lo senalado en el considerando anterior que para la ejecucion de los estudios necesarios requiere contratar una empresa consultora, debiendo para ello contar con los recursos presupuestales, estar incluido en el Plan de Adquisiciones de la empresa y convocar el MORDAZA de acuerdo a los procedimientos de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, respecto al argumento adicional al que se refiere el considerando anterior, es del caso senalar que este no es aceptable puesto que la empresa SEAL ha dispuesto del tiempo suficiente para la prevision de los recursos presupuestales y la realizacion de las gestiones necesarias para la seleccion y contratacion de la empresa consultora, que segun senala, requiere para la elaboracion de la propuesta de tarifas y compensaciones de sus SST y SCT Que, dado que la Resolucion OSINERGMIN Nº 023-2008OS/CD, que aprobo la MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision", se ha publicado recien el 14 de enero de 2008, y estando previsto en las proximas semanas, la aprobacion de la "Base de Datos de Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision"; es necesario que las empresas titulares de Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, cuenten con el tiempo suficiente para que sus propuestas tarifarias MORDAZA presentadas debidamente adecuadas a estas y otras normas complementarias que se han emitido para la regulacion de la transmision; Que, en ese sentido, se considera procedente conceder una nueva prorroga del plazo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD, para el inicio del Procedimiento para Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision (SST) y Sistemas Complementarios de Transmision (SCT) (en adelante "PROCEDIMIENTO"), correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013; Que, consecuentemente existe la necesidad de ajustar las etapas siguientes del PROCEDIMIENTO, a fin de proceder a la fijacion de Tarifas y Compensaciones de los SST y SCT a mas tardar el 15 de MORDAZA del ano 2009; Que, en ese sentido, y como quiera que han sido solo algunas las empresas concesionarias de transmision las que han solicitado la postergacion de la fecha de MORDAZA de propuestas de los estudios tecnicos economicos; a efectos de conocer las opiniones de aquellos otros agentes que no han solicitado dicha prorroga; corresponde, en concordancia con lo senalado en el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por D.S. 0542001-PCM, publicar en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSINERGMIN el Proyecto de Resolucion que posterga y ajusta las diversas etapas del PROCEDIMIENTO, a fin de recibir los comentarios y opiniones a que hayan lugar, y que estos MORDAZA analizados por OSINERGMIN; Que, se han emitido el Informe Nº 057-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe

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