Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

Que en el Informe Legal Nº 013-2008-OGAJ-UNC, se menciona que, en cuanto al cumplimiento del MORDAZA requisito, cual es que exista un proveedor unico que ofrezca dicho bien, este tambien ha sido demostrado en su presencia con la constatacion de que el bien inmueble a adquirir tiene como unicos propietarios a los esposos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murrugarra de MORDAZA, en virtud a la documentacion consistente en titulos e inscripciones que asi le otorga respaldo. No siendo posible, entonces, hallar mas de una persona que ofrezca el bien. Que en el Informe Legal Nº 013-2008-OGAJ-UNC, se ha procedido a verificar que el acogimiento de la causal de no admisibilidad de sustitutos y existencia de proveedor unico, a fin de exonerar el MORDAZA de seleccion para la Adquisicion del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central, este en concordancia con la finalidad publica para la cual fue habilitada la exoneracion. Para ello se ha tenido en cuenta que: 1. La Universidad Nacional de MORDAZA al adquirir el bien inmueble mencionado, de modo mediato o inmediato, directo o indirecto, tiende a satisfacer o a realizar un interes general que este vinculado a las finalidades generales o especificas que le corresponden, proscribiendose la posibilidad de desvio para satisfacer, abierta o encubiertamente, algun interes privado o personal, de grupos de poder u otro interes ajeno a la competencia que MORDAZA ostenta. 2. Que la adquisicion del inmueble esta, pues, relacionado con la razon determinante que origino la asignacion de la competencia, fines y objetivos de la Universidad Nacional de Cajamarca. 3. Que la Universidad Nacional de MORDAZA, en convenio con la Universidad MORDAZA MORDAZA, en MORDAZA de 1995, elaboraron el Plan Maestro de Distribucion General y Vias, aprobado por Resolucion Rectoral N° 31555-95-UNC, del 14 de setiembre de 1995; cuyo objetivo principal era el de dimensionar cualitativamente la ampliacion de la planta fisica de la Universidad Nacional de MORDAZA al ano 2010, en funcion al Plan de Desarrollo de la Universidad Nacional de MORDAZA, tendencias y demandas reales de orden academico, administrativo, de servicios e investigacion, produccion y prestacion de servicios a la comunidad cajamarquina, a nivel local, regional y nacional. 4. Que en dicho plan Maestro de Distribucion General y Vias, el area de terreno a adquirir se encuentra en la MORDAZA 07, considerada como Area de Expansion Oeste de la MORDAZA Universitaria y destinada a la ubicacion y construccion del, en ese entonces, proyecto Hospital Docente de la Universidad Nacional de MORDAZA y de la Facultad de Ciencias de la Salud, otorgandosele vocacion de uso de Area Academico ­ Administrativa y Servicios de Apoyo Complementario Asistencial a nivel regional y nacional, del que como proyecto aun subsiste el que corresponde al Area Academica que iba a ir junto al Hospital Docente y que se ubica precisamente en la MORDAZA del terreno a adquirir. Situacion tenida en cuenta al elaborarse el Informe N° 62-2007-CISO/OGP-UNC, emitido por la Oficina General de Planificacion, a traves del cual se da a conocer que ello fue entendido asi por necesidad institucional y de servicio a la comunidad. 5. Puntos del 1. al 4. que se corroboran con la sustentacion de la adquisicion indispensable y determinacion de la necesidad descritos en el vigesimo noveno y trigesimo considerando. Que en el Informe Legal Nº 013-2008-OGAJ-UNC, se establece que se hace patente el interes publico que media en la Adquisicion del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central, guardando ello observancia con la finalidad y naturaleza de la exoneracion, asi como que en la situacion factica considerada como el supuesto de hecho de una causal de exoneracion a un MORDAZA de seleccion por no admisibilidad de sustitutos y existencia de proveedor unico, se ha observado la base legal aplicable para dar por cumplidos los requisitos asi como para gestionar el procedimiento de exoneracion de MORDAZA de seleccion para la "Adquisicion del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central", al haberse sustancialmente evidenciado la presencia de aquellos, y verificado, procedimentalmente, el requerimiento y la necesidad de compra del bien inmueble presentada por la Oficina General de

Servicios y Gestion Ambiental a la Unidad Tecnica de Abastecimiento, quien paso, en un primer momento, a definir con precision la cantidad y las caracteristicas del bien a adquirir, a fin de contar con la informacion para la descripcion y especificaciones del bien, y para definir los valores referenciales de adquisicion, y luego, una vez realizada la modificacion del Plan Anual para incluir la exoneracion que se trata, en un MORDAZA momento, proceder a elaborar el Informe Tecnico correspondiente. Que en el Informe Legal Nº 013-2008-OGAJ-UNC, se concluye por la procedencia del Procedimiento de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por no admisibilidad de sustitutos y existencia de proveedor unico: adquisicion de bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central. Que, por mandato del articulo 20º del D. S. 0832004-PCM, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y articulo 147° del D. S. 084-2004PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion se habra de aprobar mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, a saber, por Resolucion Rectoral, en tanto esta facultad es indelegable, y ademas debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitirse MORDAZA de esta y de los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision o aprobacion, y adicionalmente publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Que, mediante Proveido Nº 487-2008-R-UNC, de fecha 08 de febrero del 2008, suscrito por el Dr. Angelmiro MORDAZA Mestanza, Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA, se disponde se emita la Resolucion Rectoral correspondiente. Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 33º de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 32º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por No Admisibilidad de Sustitutos y Existencia de Proveedor Unico: Adquisicion de bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central, con un area de 10023 metros cuadrados, por el valor de $ 202965.75 (doscientos dos mil novecientos sesenticinco con 75/100) dolares americanos, con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Area de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de MORDAZA, la implementacion del Procedimiento de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por No Admisibilidad de Sustitutos y Existencia de Proveedor Unico, para la Adquisicion del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la MORDAZA Universitaria de la Universidad Nacional de MORDAZA ­ Sede Central, con un area de 10023 metros cuadrados. Articulo Tercero.- DISPONER LA REMISION de copias de la presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Tecnica de Abastecimiento ingrese la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, y que se encargue de su publicacion a traves del diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y archivese.

ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Rector

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