Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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cuentas que permitan que los funcionarios y/o servidores responsables efectuaran la correspondiente rendicion documentada en los plazos establecidos, asi como la oportuna coordinacion con la Gerencia de Administracion para que esta disponga formalmente la rendicion documentada o adopte las acciones pertinentes que el caso amerita. Al respecto el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 000017, del 27 de octubre del 2003, en su literal e) del Articulo 48º, senala como una de las funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Contabilidad el Controlar los saldos pendientes de rendicion de cuentas y/o devolucion. Senala que no es responsable de ninguna anormalidad o manejo de gastos, debe tenerse presente que oportunamente tomo las siguientes acciones, los documentos que sustentan el gasto observado se encuentran en los Comprobantes de Pago Nº 125 de fecha 30.01.04 por la suma de S/.6,300.00 y Nº195 de fecha 06.02.04 por la suma de S/.9,693.75 ejecutados MORDAZA de mi periodo de gestion, en el cargo de Sub Gerente de Contabilidad situacion que no me compromete, es un error de la Oficina del Organo de Control Interno de la MDSJM al indicar que mi jefatura no a establecido un control permanente de los saldos pendientes de rendicion de cuentas que permitan que los funcionarios y/o servidores responsables efectuaran la correspondiente rendicion en los plazos establecidos, de lo anterior, no me comprometo por haber informado para la toma de acciones a la Gerencia de Administracion, que informaba sobre los saldos pendientes a rendir cuenta por los funcionarios y/ o servidores, existe el Informe Nº 331-2006-MDSJM/GA/ SGC, del 29.09.06 remitido a la Gerencia de administracion donde se detalla los funcionarios y/o trabajadores tenian saldos pendientes a rendir cuenta, el Informe Nº 342-2006MDSJM/GA-SGC, de fecha 13.10.06 en el cual remite al Organo de Control Institucional OCI detalle del movimiento de las cuentas CARGAS DIVERSAS durante los periodos 2004-2005, que el mismo fueron solicitadas mediante Memorando Nº39-2006-MDSJM/OCI/EET, de fecha 06.10.06 con esto esta demostrado el control eficiente que llevaba y MORDAZA al cual la OCI ha podido tener informacion suficiente que le ha permitido identificar la observacion en cuestion y por razones que desconozco se me pretende instaurar MORDAZA, para mi defensa existe el Oficio Nº 003-2006/AHV, en el cual me dirijo al Gerente del Organo de Control Institucional referente a la comunicacion de hallazgos mediante Oficio Nº 036-2006-MDSJM/OCIEET donde mi persona responde dando a conocer que al solicitar los comprobantes de pago a la Sub Gerencia de Tesoreria pendientes de entrega para el Registro Contable para formular los Estados Financieros del Primer Trimestre del Periodo 2004, que se encontraban entre otros los comprobantes de pago Nº 125 de fecha 30.01.04, y el Nº 195 del 06.02.04 que carecian de sustento, senala que esta demostrado que los estados financieros estaban siempre controlados y su persona hizo conocer esta normalidad, por su nivel no le competian tomar otras acciones solo cumpli con informar a la Gerencia de Administracion para que MORDAZA las medidas correspondientes. Que, lo expresado por la ex funcionaria no la exime de su responsabilidad al no haber establecido un control permanente de los saldos pendientes de rendicion de cuentas que permitan en el caso concreto que funcionarios y/o servidores responsables efectuaran la correspondiente rendicion documentada en los plazos establecidos, asi como la oportuna coordinacion con la Gerencia de Administracion para que esta disponga formalmente la rendicion documentada o adopte las acciones pertinentes que el caso amerita, como fue en el caso concreto. Que en consecuencia le asiste responsabilidad administrativa a la ex funcionaria por haber incumplido sus funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 000017, del 27 de octubre del 2003, en su literal e) del Articulo 48º, senala como una de las funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Contabilidad es Controlar los saldos pendientes de rendicion de cuentas y/o devolucion asi como los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, senalan que son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, b) Salvaguardar los intereses del Estado, asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, los funcionarios deben actuar con

correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como los articulos 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (..).que, el incumplimiento de las normas MORDAZA mencionadas, constituye comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28º del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones". Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20º, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Decreto Legislativo Nº 276º - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM ­ Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, el Decreto Supremo Nº 089-2006-PCM ­ Reglamento para el funcionamiento, actualizacion y consulta de la informacion en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido ­ RNSDD y Resolucion Ministerial Nº 017-2007-PCM ­ Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido - RNSDD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- SANCIONAR a los siguientes ex funcionarios: SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALLESE - Ex Gerente de Administracion, por las observaciones Nº 01A, Nº 01C, Nº 01D, Nº 02, Nº 03, Nº 04, Nº 06, Nº 08, Nº 09 y Nº 11; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion, con la sancion de DESTITUCION, de conformidad con el inciso d) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, e inhibirse de la observacion Nº 07. Al Sr. VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO - Ex Sub Gerente de Tesoreria por las observaciones Nº 03, Nº 06, Nº 08 y Nº 09; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion con la sancion de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones hasta por 06 MESES, de conformidad con el inciso c) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, e inhibirse de la observacion Nº07. Al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Sub Gerente de Abastecimiento, por las observaciones Nº 01. A, Nº 02 y Nº 09; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion con la sancion de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones hasta por 02 MESES, de conformidad con el inciso c) del articulo 26º del Decreto Legislativo No. 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. A la Sra. MORDAZA TANTALEAN MORDAZA - Ex Sub Gerente de Abastecimiento, por las observaciones Nº 01.D, y Nº 02; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion, con la sancion de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones hasta por 02 MESES, de conformidad con el inciso c) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORY - Ex Sub Gerente de Tesoreria, por las observaciones Nº 03, Nº 06, Nº 08, Nº 09 y Nº 11; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion, con la sancion de DESTITUCION, de conformidad con el inciso d) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Procurador Adjunto y Ex Sub Gerente de Personal, por las observaciones Nº 01.B, y Nº 05; y los fundamentos de hecho y de derecho vertidos en el analisis y conclusiones de la presente Resolucion con la sancion de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones hasta por 03 MESES, de conformidad con el inciso c) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAURTUA - Ex Gerente Municipal por la observacion Nº 10, y los

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