Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

Aprueban el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad
ORDENANZA N° 000056­2008-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 23 de enero del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTA; la propuesta de Reglamento Interno del Consejo de Coordinacion Local Distrital remitida con aprobacion calificada en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO; Que, de la conformidad en el Articulo 31º, MORDAZA parrafo, de la Constitucion Politica del Peru, es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdiccion; Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Nº 27680 Capitulo XIV del titulo IV sobre descentralizacion, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de servicios publicos de desarrollo, estableciendose que, son competentes par aprobar su organizacion interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local concertado con la sociedad civil; Que, de acuerdo a los Articulos 197º y 199° de la Constitucion Politica del Peru, se establece que las municipalidades rinden cuenta de ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad y conforme a ley; Que, segun lo dispuesto en el articulo 17º, numerales 1 y 2 de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes y presupuestos debiendo garantizar el acceso a todos los ciudadanos a la informacion publica (Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y Ley Nº 27806 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 0722003-PCM). Asi como la conformidad y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas y vigilancia; Que, de conformidad de los articulos 2° y 3°, 4°, 5°, 8°, 19°, 20° inciso 1), 2) Y 42) de la misma Ley Nº 27783, los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones del sector publico y privado, los gobiernos locales aprueban su presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestiones Presupuestarias del Estado y demas normatividad correspondiente; los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales como los instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; y siendo de competencia exclusiva de la Municipalidad aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion con los Planes de Desarrollo concertados y siendo de competencia exclusiva de la Municipalidad aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal; Que, los Articulos 7º numeral 2), 102°, 103° Y 104° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, determina la definicion, composicion, instalacion, sesiones y funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrito, que son organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, integrados por el MORDAZA Distrital, Regidores Distritales y el 40% de representantes de la sociedad civil de las Organizaciones sociedades nivel distrital. No ejercen funciones ni actos de gobierno; Que, de acuerdo al Articulo 105° de la Ley Organica de Municipalidades, el Consejo de Coordinacion Local Distrital se rige por el Reglamento aprobado por la Ordenanza Distrital, durante el primer trimestre de funcionamiento a propuesta del Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, los articulos 2°, 4°, y 11° de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley N° 28056 establecen que la ley tiene por objeto dar las disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del Presupuesto, el cual

se desarrolla en MORDAZA con los planes de Desarrollo Concertados de los Gobiernos Locales, asi como la fiscalizacion de la gestion. El Consejo de Coordinacion Local Distrital constituye una instancia de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; los titulares del pliego de los gobiernos locales, estan obligados a rendir cuenta de manera periodica, ante las instancias del Presupuesto Participativo; Que, en los articulos 4°, 5° y 10° del Reglamento de la Ley Nº 28056, Decreto Supremo Nº 171.2003.EF, dispone que el Consejo de Coordinacion Local Distrital, como instancias del Presupuesto tiene el objeto de coordinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo de los procesos de los Presupuestos; Que, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal, tal como se establece en el articulo 9° numeral 14) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, por Ordenanza Nº 026-2007-MDSJM se aprueba la ORDENANZA MORDAZA DEL SISTEMA DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES, tiene por objeto regular la organizacion, funcionamiento y articulacion de las instancias que lo conforman; Que, mediante Ordenanza Nº 037-2007-MDSJM, se aprueba la ORDENANZA QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO y SU ARTICULACION AL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO, tiene por objeto regular los procedimientos para la programacion, formulacion y aprobacion del MORDAZA de presupuesto participativo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores; Estando a lo expuesto; De conformidad a lo senalado en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO de los miembros del concejo han dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores el cual queda redactado de la siguiente manera:

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1°.- DEL OBJETIVO El presente reglamento regula las funciones, deberes, derechos y aspectos complementarios de los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, que en adelante se denominara CCLD, como instancia del Sistema de Planificacion del Desarrollo y Presupuesto Participativo, segun lo establecido en el articulo 105° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972. Articulo 2°.- BASE LEGAL. El presente reglamento se elabora al MORDAZA y en concordancia con las normas y disposiciones legales, siguientes: 2.1. Constitucion Politica del Peru. 2.2. Ley Nº 27650 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion. 2.3. Ley Nº 27785, Ley de Bases de Descentralizacion. 2.4. Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. 2.5. Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. 2.6. Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. 2.7. DECRETO SUPREMO Nº 171-2003-EF Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. 2.8. DECRETO SUPREMO Nº 072-2003-F Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. 2.9. Ordenanza Nº 026-2007-MDSJM, Ordenanza MORDAZA del Sistema de Planificacion del Desarrollo y Presupuesto Participativo de San MORDAZA de Miraflores.

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