Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES
VISTO:

366681

Modifican D.A. Nº 012-2007/MVMT mediante el cual se conformo el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2008/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 12 de febrero del 2008. EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTO: el Informe Nº 011-2008-GM/MVMT de la Gerencia Municipal mediante el cual solicita la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 012-2007/MVMT por haberse aprobado nueva Estructura Organica de esta Entidad. CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 867 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecio el MORDAZA normativo para que dicho Municipio Provincial y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la provincia de MORDAZA, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, a traves de la Ordenanza Nº 027-2007/MVMT se declara de interes la promocion de la inversion privada en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, disponiendose la conformacion del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada a traves del Decreto de Alcaldia correspondiente; a fin de establecer la ejecucion de uno o mas procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada, en observancia de la Ley Nº 28059 - Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM y la Ordenanza Nº 867 de MORDAZA Metropolitana; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 012-2007/MVMT se conforma el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, mediante Informe Nº 011-2008-GA/MVMT la Gerencia Municipal solicita la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 012-2007/MVMT por haberse aprobado nueva Estructura Organica de esta Entidad; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Unico.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldia Nº 012-2007/MVMT que conforma el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada, el cual queda integrado de la siguiente manera:
· Gerente de Administracion PRESIDENTE · Gerente de Planeamiento y Presupuesto SECRETARIO TECNICO · Gerente de Lucha contra la Pobreza, MIEMBRO Cooperacion Tecnico y Agencias de Desarrollo · Gerente de Desarrollo Economico MIEMBRO · Gerente de Asesoria Juridica MIEMBRO

El Informe Nº 002-2008-CEPAD/MVMT de fecha 12 de febrero de 2008, del Comite Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, sobre el Informe Largo Nº 014-2006-OCI/MVMT "Examen Especial al Programa del Vaso de Leche al 31 de diciembre de 2005"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 002-2008/ MVMT de fecha 3 de enero de 2008, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 04-01-08, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario contra los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal y DIANET MORDAZA MORDAZA ex Secretaria Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche, por los motivos expuestos en dicha resolucion, como consecuencia del Examen Especial al Programa del Vaso de Leche al 31 de diciembre de 2005, ejecutado por el Organo de Control Institucional de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios -CEPAD le compete hacer las investigaciones del caso y elevar un informe al titular de la entidad, recomendando las sanciones que MORDAZA de aplicacion; Que, conforme al articulo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades - LOM, el MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa y, en ese sentido, conforme al articulo 170º del Decreto Legislativo Nº 276, le corresponde determinar el MORDAZA de sancion a aplicarse como consecuencia de un MORDAZA disciplinario; Que, se considera falta disciplinaria, a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios; Que, para la aplicacion de las sanciones debe tenerse en cuenta el perjuicio ocasionado a los administrados; la afectacion al debido procedimiento y la naturaleza y jerarquia de las funciones desempenadas, entendiendo que cuanto mayor sea la jerarquia de la autoridad y mas especializadas sus funciones, en relacion con las faltas, mayor es su deber de conocerlas y apreciarlas debidamente. Que, el articulo 6.2. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General - LPAG, establece la posibilidad de motivar mediante declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicion de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del respectivo acto. Que, teniendo en cuenta asimismo que, dentro de las obligaciones de los servidores publicos, contempladas de manera generica en el Dec. Leg. N° 276 y su Reglamento, se encuentran las de cumplir diligentemente los deberes que le impone el servicio publico, salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos, y conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno (literales a, b y d del articulo 21º del Dec. Leg. N° 276). En este sentido, todos los servidores de la Administracion Publica estan sujetos a las obligaciones determinadas por la legislacion vigente, deben conducirse con honestidad, austeridad y eficiencia en el desempeno de sus cargos y actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les correspondan, cautelando el patrimonio estatal que tengan bajo su responsabilidad (articulos 126º, 127º y 129º del Reglamento). Que, el incumplimiento de estas obligaciones genera para el servidor responsabilidad civil y penal sin perjuicio de las sanciones de caracter administrativo por falta disciplinaria, considerandose falta disciplinaria toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normativa especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios que se encuentran detallados principalmente en el articulo 28º del Dec. Leg. Nº 276 y en su Reglamento (articulo 25º del Dec. Leg. N° 276 y 150º y 153º del Reglamento). Que, las faltas disciplinarias se tipifican por la naturaleza de la accion u omision y su gravedad es determinada por la CEPAD o por la autoridad competente, segun corresponda, evaluando las circunstancias en que se comete, la forma de

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

165012-1

Sancionan con cese temporal a ex Gerente Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 070-2008/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 13 de febrero del 2,008 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO

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