Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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a S/. 45,000.00 Nuevos Soles mensuales o S/.1,500.00 Nuevos Soles diarios a favor de la MUNICIPALIDAD, en la Sub Gerencia de Tesoreria (...) mediante liquidacion diaria. De producirse ingresos por encima del ingreso fijado por la Municipalidad y el costo de la prestacion del servicio, MORDAZA del vencimiento del contrato (6 meses), se considera 50% para la empresa y 50% para la Municipalidad." Clausula Quinta: Plazo de la Ejecucion del Contrato, senala: "La vigencia del presente contrato sera por el periodo comprendido desde el dia siguiente de la suscripcion del presente contrato, hasta el dia siguiente de la suscripcion del presente contrato, hasta el dia 10 de noviembre del ano 2005. (...). El Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº004-2005-JUS, promulgado el 24 de febrero del 2005, senala en su articulo 5º, La autonomia de la voluntad a que se hace referencia el articulo 3º de la Ley, no se ejerce irrestrictamente. Las partes pueden disponer de sus derechos siempre y cuando no afecten con ello normas de caracter imperativo (...). La Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, cuyo reglamento fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM referente a prohibiciones eticas del servidor publico, articulo 8º Prohibiciones Eticas de la Funcion Publica, El servidor esta prohibido de: Numeral 2 senala: "obtener ventajas indebidas, (...) o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad o apariencia de influencia". El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº000017, del 27 de ctubre del 2003, en su articulo 24º senala que la Procuraduria Publica Municipal es el organo encargado de la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad. Esta a cargo de un funcionario de confianza, profesional Abogado designado por el MORDAZA (...) el mismo que cumple las siguientes funciones generales: I) Convenir, conciliar o desistir de la demanda asi como transigir los procesos, previa autorizacion. Por parte del Concejo Municipal". EL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Procurador Publico Municipal Adjunto, le asiste responsabilidad administrativa al haber inobservado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº084-2004PCM, articulo 201º, el contrato celebrado el 9 de MORDAZA del 2005, celebrado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores y la Empresa Asociacion de Cobradores SAC-ASCOSA, en las clausulas MORDAZA, Cuarta y MORDAZA, el Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado mediante Decreto Supremo Nº001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS, en su articulo 5º la autonomia de la voluntad a que hace referencia el articulo 3º de la Ley, no se ejerce estrictamente, las partes pueden disponer de sus derechos siempre y cuando no afecten con ello normas de caracter imperativo, asimismo incumplio, El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº000017, del 27 de Octubre del 2003, en su articulo 24º senala que la Procuraduria Publica Municipal es el organo encargado de la representacion y defensa de los integres y derechos de la Municipalidad. Esta a cargo de un funcionario de confianza, profesional Abogado designado por el MORDAZA (...) el mismo que cumple las siguientes funciones generales: L) Convenir, conciliar o desistir de la demanda asi como transigir los procesos, previa autorizacion. Por parte del Concejo Municipal", tambien inobserva lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como los articulos 7º numeral 6 de la Ley No. 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, configurando dicha inobservancia la comision de la falta

disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28º del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones". EL ABOGADO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Gerente de Asesoria Juridica, ha inobservado sus funciones senaladas en el Manual de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº00809, del 01 de Junio del 2002 A Literal d) Programar, dirigir, ejecutar, evaluar los asuntos de caracter legal de la Municipalidad. Senala que el Comite Especial de la MDSJM, otorgo la Buena Pro del Concurso Publico Nº001-2005-CE/MDSJM a la Empresa Asociacion de Cobradores SAC, para el Servicio de Cobranza de Arbitrios de Limpieza Publica, a los trabajadores informales por el periodo de 06 meses, que en virtud a ello celebra contrato con fecha 09 de MORDAZA del 2005, el mismo que es aprobado mediante Resolucion Gerencial Nº009-2005-GM/MDSJJM, que la obligacion de la Municipalidad era brindar las facilidades del caso por medio de la Gerencia de Rentas a la Empresa Contratista para que pudiera recaudar la cobranza mencionada, senala que los contratistas pusieron en conocimiento de la Municipalidad que existian graves dificultades en el cobro del mencionado arbitrio, los contratistas vuelven a reiterar el pedido, en quien manifiestan las perdidas que pierde la empresa, y emplazan a que se aplique la clausula decimo MORDAZA, que el Gerente Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maurtua ordena verbalmente al Procurador Publico Municipal a participar en el Acto de Conciliacion con la Contratista, en representacion de la entidad, ello en merito a lo dispuesto en el articulo 24º y 27º del ROF, en concordancia con el articulo 7º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, acogiendose las observaciones hechas por el contratista estableciendose en una reduccion del 50% de la prestacion economica pactada primigeniamente. Que, los argumentos expresados por el ex funcionario en su descargo, no desvirtuan las imputaciones hechas, ya que al modificar las condiciones del contrato establecidas en las Bases, se incumple lo dispuesto en el articulo 36º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo No. 083-2004-PCM, el cual dispone que el contrato se sujeta a la pro forma incluida en las Bases, asimismo dicho articulo senala que el contrato entra en vigencia cuando se cumplen las condiciones establecidas, para dicho efecto en las Bases, y que podran incorporarse otras modificaciones, siempre que no impliquen variacion alguna en las caracteristicas tecnicas, precio, objeto, plazo, calidad y condiciones ofrecidas en el precio de seleccion, que en el caso concreto se modifico el precio pactado en un 50%, y el plazo establecido en las Bases, asimismo el asesor legal no tuvo en cuenta que para conciliar, es necesario contar con las facultades especiales contenidas en el articulo 75º del Codigo Procesal Civil, y el poder otorgado bajo las formalidades de Ley. Que, en consecuencia le asiste responsabilidad administrativa al ex funcionario al haber inobservado sus funciones senaladas en el Manual de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº00809, del 01 de Junio del 2002 A Literal d) Programar, dirigir, ejecutar, evaluar los asuntos de caracter legal de la Municipalidad, asi como lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21 del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, tambien por haber inobservado lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como el articulo 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (..), Configurando dicha inobservancia la comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28º

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