Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera no siniestrada "JOSE MORDAZA III" con matricula Nº PT-3996-BM y de 36.04 m3 de capacidad de bodega, para la construccion de una embarcacion pesquera de igual capacidad de bodega, con acceso a los recursos anchoveta y sardina; Que a traves del Oficio Nº 2575-2007-PRODUCE DGEPP-Dchi de fecha 23 de MORDAZA de 2007, se notifico al administrado a fin de que cumpla en el plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su recepcion, con subsanar la omision de consignar las caracteristicas de la embarcacion auxiliar ( panga) y de ser el caso de los motores auxiliares en el formato Nº 3 , asi como presentar el diseno general de la embarcacion con caracter de declaracion jurada; informacion que fue reiterada con Oficio Nº 33522007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 13 de setiembre del 2007, en el cual, ademas se le solicito al administrado la MORDAZA de las copias simples del Certificado de Matricula vigente y del Certificado Compendioso de Dominio con vigencia de 30 dias calendario, de la embarcacion a sustituir, dado que para el presente ano, no ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para mantener vigente el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 1332002-CTAR-PIURA/DIREPRE-DR, concediendole para ello, el plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su recepcion, caso contrario, la administracion atenderia su solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de conformidad a la normatividad vigente; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que a la fecha el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha cumplido con lo requerido por la administracion mediante el Oficio Nº 3352-2007-PRODUCE DNEPP-Dchi de fecha 13 de setiembre del 2007, a pesar que la notificacion fue recibida por el padre del administrado senor MORDAZA MORDAZA E. en fecha 1 de octubre de 2007, como consta en el cargo de recepcion, por lo que el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota, se ha paralizado por causas imputables al administrado; asimismo, la administracion ha tomado conocimiento que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es el actual propietario de la embarcacion a sustituir "JOSE MORDAZA III" de matricula PT3996-CM l, al haber solicitado el cambio de titular del permiso de pesca para operar la citada embarcacion pesquera, en consecuencia, procede declarar el abandono del citado procedimiento administrativo , de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 5862007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 330-2007-PRODUCE/ DGEP-Dchi y Nº 286-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera denominada "JOSE MORDAZA III" , de matricula Nº PT-3996-BM, solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Renuevan autorizacion otorgada a Pesquera C.H. S.A.C. para la instalacion de establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 17 de enero del 2008 Visto el expediente con Registro Nº 00080538 de fechas 22 de noviembre y 20 de diciembre del 2007, presentados por la empresa PESQUERA C.H. S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 4 literal b) del Articulo 43º Articulo 44º y Articulo 46º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, las que constituyen un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que asimismo, el numeral 52.1 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 49º se otorga con vigencia no mayor de un (1) ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que mediante Resolucion Directoral Nº 016-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de enero del 2007, se autorizo a PESQUERA C.H. S.A.C. la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 30 t/dia, y un almacenamiento de 300t, en su establecimiento industrial a ubicarse a la altura de la Carretera Talara - Lobitos, Sector San MORDAZA, Parcela G, MORDAZA Industrial s/n, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita renovacion del plazo de autorizacion establecido en la Resolucion Directoral Nº 016-2007-PRODUCE/ DGEPP, a fin de culminar con la instalacion del establecimiento industrial pesquero, indicado en el considerando anterior; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha acreditado haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado y asimismo ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que deviene en procedente otorgar la renovacion del plazo de autorizacion de instalacion solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 0222008-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la visacion de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º, inciso b) numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y los Articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

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