Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

Nº001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, que senala en su articulo 23º que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramiten la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de logistica, de tesoreria y contabilidad", su aplicacion se deriva del cumplimiento de la MORDAZA del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 4 Verificacion Interna, la Ley Nº 28427 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de Diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de Diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...), hace conocer que la documentacion sustentatoria que originaron los gastos por los aniversarios del Distrito de San MORDAZA de Miraflores por los anos 2004, 2005 y 2006 se encuentran en los archivos de la Sub Gerencia de Contabilidad debidamente visados y autorizados por la Gerencia de Administracion e identificados los que intervinieron en el gasto, hace de conocimiento que los gastos efectuados en el ano 2004 fueron otorgados con cargo a rendir cuenta, el sustento se encuentra en los comprobantes de pago 08 y 13 del ano 2004 otorgados al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estos han sido efectuados MORDAZA de su periodo de gestion en el cargo de Sub Gerente de Contabilidad, por esa situacion no se me debe involucrar en el MORDAZA administrativo, con relacion a los gastos efectuados en el periodo comprendido del 11.02.05 al 31.01.06, se originaron, una parte con cargo a rendir cuenta y las otras con fondos de MORDAZA chica, cuya documentacion se encuentra en los archivos de la Sub Gerencia de Contabilidad debidamente visados y autorizados por la Gerencia de Administracion, en los comprobantes de pago Nº426 del ano 2005 con cargo a rendir cuenta girado a nombre de el ex Sub Gerente de Tesoreria Vlado MORDAZA Rovegno y comprobante de pago Nº315, 317 y 356 del ano 2006 como reembolso de MORDAZA chica tambien girado a nombre del senor Vlado MORDAZA Rovegno, de lo anterior dichos documentos llegaron a la Sub Gerencia de Contabilidad con los gastos ya ejecutados solo para realizar el registro contable ya que estos gastos venian autorizados por la Jefatura de Administracion quien es la encargada de salvaguardar los fondos de la comuna, mi funcion en este caso fue unicamente la del registro contable puesto que dichos gastos fueron ejecutados sin el debido control previo ni el control concurrente en consecuencia no existe razon para involucrarla asi no haber participado en la evaluacion de los gastos si existe observacion los responsables son los que manejaron los fondos y el que los autorizo. Que, la Ordenanza Nº000017, del 23 de Octubre del 2003, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF, de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en su articulo 49º inciso h) dispone que la Sub Gerencia de Contabilidad tiene las siguientes atribuciones y funciones, Ejercer control previo de los gastos en coordinacion con la Oficina de Planificacion Racionalizacion y Presupuesto. Que, de lo establecido en la MORDAZA MORDAZA mencionada era funcion de la ex Sub Gerente de Contabilidad el ejercer el control previo de los gastos. Que, en consecuencia no cumplio con su funcion, establecida en el ROF, de ejercer el control previo en los comprobantes de pago Nº315, 317 y 356 del ano 2006, visados por MORDAZA, y que fueron destinados para los gastos en la celebracion de aniversarios. Que, le asiste responsabilidad administrativa a la ex funcionaria por haber incumplido con sus funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza Nº000017, del 23 de Octubre del 2003 que en su articulo 49º inciso h) Ejercer control previo de los gastos en coordinacion con

la Oficina de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto, inobservando lo establecido en La Directiva Nº008-2003MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su concepto senala "Los desembolsos que se efectuan por concepto de anticipos concedidos constituyen recursos financieros, otorgados para el cumplimiento de fines especificos (...), asimismo el articulo 6.1 del Titulo VI de la Ejecucion "La directiva de Administracion, deriva de la unidad de Contabilidad la rendicion de cuenta conteniendo toda la documentacion sustentatoria (..) para su control previo y de conformidad para lo cual se tendra en consideracion la observancia obligatoria de la normatividad vigente y disposiciones internas.", 6.2 "La unidad de Contabilidad, devolvera la rendicion de cuentas a la Direccion de Administracion, dando su conformidad o revelando deficiencias que pueden contener el mismo y de ser el caso informar a la Unidad de tesoreria para que el rindente efectue la devolucion (...), las Normas del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 4 Verificacion Interna III Acciones a Desarrollar, punto 3 senala: "Se aplicara el control previo interno considerando los lineamientos siguientes: 3.2: Aplicar la normatividad vigente en el analisis de contenido o naturaleza de la operacion", la Directiva Nº 001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº 062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, que senala en su articulo 23º que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramiten la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de logistica, de tesoreria y contabilidad", su aplicacion se deriva del cumplimiento de la MORDAZA del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 4 Verificacion Interna, la Ley Nº 28427 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de Diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de Diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...), asimismo no se a cumplido con lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa, los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como los articulos 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (..), configurando dicha inobservancia la comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28º del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones". EL SENOR VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO Ex Sub Gerente de Tesoreria, habria utilizado los recursos financieros de la entidad en gastos de celebraciones de aniversario contrarios a las disposiciones de austeridad de la Ley de Presupuesto Publico periodos 20052006, incumpliendo con las funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza Nº 000017, del 23 de Octubre del 2003, que en su articulo 51º inciso k) Programar, dirigir coordinar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesoreria, dando cumplimiento estricto a las Normas Generales que regulan el Sistema, inobservando la

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