Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2005 (13/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2005

ii) Datos de vigilancia que muestren que el transporte a larga distancia del producto quimico en el medio ambiente, con potencial para la transferencia a un medio receptor, puede haber ocurrido por medio del aire, agua o especies migratorias; o, iii) Propiedades del destino en el medio ambiente y/o resultados de modelos que demuestren que el producto quimico tiene un potencial de transporte a larga distancia en el medio ambiente por aire, agua o especies migratorias, con potencial de transferencia a un medio receptor en sitios distantes de las MORDAZA de su liberacion. En el caso de un producto quimico que migre en forma importante por aire, su MORDAZA media en el aire debera ser superior a dos dias; y, e) Efectos adversos: i) Pruebas de efectos adversos para la salud humana o el medio ambiente que justifiquen que al producto quimico se le tenga en consideracion en el ambito del presente Convenio; o, ii) Datos de toxicidad o ecotoxicidad que indiquen el potencial de dano a la salud humana o al medio ambiente. 2. La Parte proponente entregara una declaracion de las razones de esa preocupacion, incluida, cuando sea posible, una comparacion de los datos de toxicidad o ecotoxicidad con los niveles detectados o previstos de un producto quimico que MORDAZA resultado o se prevean como resultado de su transporte a larga distancia en el medio ambiente, y una breve declaracion en que se indique la necesidad de un control mundial. 3. La Parte proponente, en la medida de lo posible y teniendo en cuenta sus capacidades, suministrara informacion adicional para apoyar el examen de la propuesta mencionado en el parrafo 6 del articulo 8. Para elaborar esa propuesta, la Parte podra aprovechar los conocimientos tecnicos de cualquier fuente. Anexo E REQUISITOS DE INFORMACION PARA EL PERFIL DE RIESGOS El objetivo del examen es evaluar si es probable que un producto quimico, como resultado de su transporte a larga distancia en el medio ambiente, pueda tener importantes efectos adversos en la salud humana y/o el medio ambiente de tal magnitud que justifiquen la adopcion de medidas en el plano mundial. Para ese fin, se elaborara un perfil de riesgos en el que se profundizara mas detalladamente y se evaluara la informacion a que se hace referencia en el anexo D, que ha de incluir, en la medida de lo posible, informacion del siguiente tipo: a) MORDAZA, incluyendo, cuando proceda: i) Datos de produccion, incluida la cantidad y el lugar; ii) Usos; y, iii) Liberaciones, como por ejemplo descargas, perdidas y emisiones; b) Evaluacion del peligro para el punto terminal o los puntos terminales que MORDAZA motivo de preocupacion, incluido un examen de las interacciones toxicologicas en las que intervenga mas de un producto quimico; c) Destino en el medio ambiente, incluidos datos e informacion sobre el producto quimico y sus propiedades fisicas y su persistencia, y el modo en que estas se vinculan con su transporte en el medio ambiente, su transferencia dentro de segmentos del medio ambiente y, entre ellos, su degradacion y su transformacion en otros productos quimicos. Se incluira una determinacion del factor de bioconcentracion o el factor de bioacumulacion, sobre la base de valores medidos, salvo que se estime que los datos de vigilancia satisfacen esa necesidad; d) Datos de vigilancia; e) Exposicion en zonas locales y, en particular, como resultado del transporte a larga distancia en el medio ambiente, con inclusion de informacion sobre la disponibilidad biologica; f) Evaluaciones de los riesgos nacionales e internacionales, valoraciones o perfiles de riesgos e informacion

de etiquetado y clasificaciones del peligro, cuando existan; y, g) Situacion del producto quimico en el MORDAZA de los convenios internacionales. Anexo F INFORMACION SOBRE CONSIDERACIONES SOCIOECONOMICAS Deberia realizarse una evaluacion de las posibles medidas de control relativas a los productos quimicos en examen para su incorporacion en el presente Convenio, abarcando toda la gama de opciones, incluidos el manejo y la eliminacion. Con ese fin, deberia proporcionarse la informacion pertinente sobre las consideraciones socioeconomicas relacionadas con las posibles medidas de control para que la Conferencia de las Partes pueda adoptar una decision. En esa informacion han de tenerse debidamente en cuenta las diferentes capacidades y condiciones de las Partes y ha de prestarse consideracion a la lista indicativa de elementos que figura a continuacion: a) Eficacia y eficiencia de las posibles medidas de control para lograr los fines de reduccion de riesgos: i) Viabilidad tecnica; y, ii) Costos, incluidos los costos ambientales y para la salud; b) Alternativas (productos y procesos): i) Viabilidad tecnica; ii) Costos, incluidos los costos ambientales y para la salud; iii) Eficacia; iv) Riesgo; v) Disponibilidad; y, vi) Accesibilidad; c) Efectos positivos y/o negativos de la aplicacion de las posibles medidas de control para la sociedad: i) Salud, incluida la salud publica, ambiental y en el lugar de trabajo; ii) Agricultura, incluidas la acuicultura y la silvicultura; iii) Biota (diversidad biologica); iv) Aspectos economicos; v) Transicion al desarrollo sostenible; y, vi) Costos sociales; d) Consecuencias de los desechos y la eliminacion (en particular, existencias de plaguicidas caducos y saneamiento de emplazamientos contaminados): i) Viabilidad tecnica; y, ii) Costo; e) Acceso a la informacion y formacion del publico; f) Estado de la capacidad de control y vigilancia; y, g) Cualesquiera medidas de control adoptadas a nivel nacional o regional, incluida la informacion sobre alternativas y otras informaciones pertinentes sobre gestion de riesgos. 14153

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Guatemala
RESOLUCION SUPREMA Nº 193-2005-RE
MORDAZA, 10 de agosto de 2005 Vista la Resolucion Suprema Nº 319-2000-RE, de 23 de junio de 2000, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Guatemala, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Arecco Sablich;

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