Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2002 (12/06/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 12 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 224475

Aprueban el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia de Centros Educativos Publicos
DECRETO SUPREMO Nº 016-2002-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 13º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Padres de Familia tienen el derecho de participar en el MORDAZA educativo de sus hijos; Que, de acuerdo al referido mandato constitucional, es necesario aprobar un Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo. DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia de Centros Educativos Publicos, el cual consta de cuarenta y nueve (49) articulos y tres (3) disposiciones complementarias y finales. Articulo 2º.- Facultase al Ministerio de Educacion a expedir las normas necesarias para la mejor aplicacion del Reglamento que aprueba el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Derogase el Decreto Supremo Nº 020-98ED. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los once dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion REGLAMENTO GENERAL DE ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PUBLICOS CAPITULO I FINALIDAD Y ALCANCE Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene como finalidad garantizar el derecho y la obligacion de los padres de familia, tutores y apoderados a participar en el MORDAZA educativo de sus hijos, contribuyendo con los demas actores educativos al mejoramiento de los aprendizajes y servicios que ofrece el Centro Educativo. Articulo 2º.- El presente Reglamento es de aplicacion en los Centros Educativos Publicos de los niveles de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria de menores y en las modalidades de Educacion Especial, Adultos y Ocupacional, en cuanto les sea aplicable. Articulo 3º.- La participacion institucional de los padres de familia a la que se refiere el primer articulo del presente Reglamento se efectua a traves de la Asociacion de Padres de Familia (APAFA). CAPITULO II DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA Articulo 4º.- La APAFA es una organizacion estable de personas naturales que propicia la participacion de los padres de familia, tutores y apoderados en el MORDAZA de mejoramiento de los aprendizajes de los alumnos y de los servicios que brinda el Centro Educativo. Articulo 5º.- Los padres de familia, tutores o apoderados de los estudiantes del Centro Educativo participaran en las APAFAs, sin distincion de origen, raza, genero, idioma, religion, condicion economica o de cualquier otra indole. Solamente estos podran ser miembros del Consejo Directivo o de los Comites de Aula. Articulo 6º.- Los asociados a la APAFA canalizaran su participacion a traves de los Comites de Aula; Comites de

Talleres; Junta de Presidentes de Comites de Aula; Consejo Directivo; Asamblea General de Asociados y en el Consejo Escolar Consultivo de conformidad con lo establecido en la Constitucion, la Ley General de Educacion, el presente Reglamento y la normatividad vigente. Articulo 7º.- En cada Centro Educativo existira una APAFA, cualquiera que sea el nivel o modalidad educativa que se brinde, conforme a lo establecido en el Articulo 2º del presente Reglamento. Articulo 8º.- Las APAFAs se rigen por lo establecido en la Constitucion, la Ley General de Educacion, el presente Reglamento, su Estatuto y el Codigo Civil, en lo que le sea aplicable; asi mismo, gozan de personeria juridica de derecho privado y se inscriben en los Registros Publicos. CAPITULO III DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA, TUTORES O APODERADOS Articulo 9º.- Son deberes de los padres de familia, tutores o apoderados: a) Velar que en el Centro Educativo exista un ambiente adecuado que permita la formacion integral de los menores. b) Informarse sobre el rendimiento escolar y conducta de sus hijos. c) Apoyar la labor educativa de los docentes dentro y fuera del Centro Educativo, a fin de contribuir al desarrollo integral de los educandos. d) Participar en la ejecucion de las actividades del Centro Educativo, en la formulacion del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT), a traves de la APAFA y de la representacion ante el Consejo Escolar Consultivo (CEC). e) Colaborar con las actividades educativas programadas por el Director y los docentes cuando ello les sea solicitado; participar activamente en el Consejo Escolar Consultivo. f) Asistir a las reuniones de la Asamblea General de los Comites de Aula, de los Comites de Talleres y al Consejo Directivo de la APAFA, segun corresponda. g) Abonar la cuota anual ordinaria y las extraordinarias que acuerde la Asamblea General de la APAFA y realizar el trabajo comunitario que requiera el Centro Educativo, lo cual constituira un requisito para poder ser elegido como miembro del Consejo Directivo. h) Cuidar y preservar los bienes del Centro Educativo. i) Denunciar a los integrantes del Consejo Directivo de la APAFA y de la Junta de Presidentes de Comites de Aula que fueren responsables ante el Ministerio Publico cuando los aportes recaudados por la APAFA no se administren adecuadamente; se detecten irregularidades en materia economica o se violen las disposiciones legales o estatutarias de dicho organismo. Articulo 10º. Son derechos de los padres de familia: a) Elegir y ser elegidos para los distintos cargos de la APAFA en el Consejo Directivo y en los organos de gobierno de la misma. b) Tener voz y MORDAZA en cada una de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, del Consejo Directivo, de los Comites de Aula y de los Comites de Talleres. Solo podra votar uno de los padres, independientemente del numero de hijos que tenga en el Centro Educativo. En el caso de que solo uno de ellos ejerciera la patria potestad, este sera el que vote. c) Participar a traves de los representantes elegidos en las Asambleas convocadas por la APAFA en el Consejo Escolar Consultivo y en el Comite Especial de Evaluacion del personal nombrado y contratado. d) Recibir periodicamente informacion y participar en las actividades regulares de la APAFA. e) Supervisar a traves de la Junta de Presidentes de Comites de Aula las actividades y la gestion economica de la APAFA. f) Participar y colaborar a traves de la APAFA y de los Comites de Aula, en las actividades que realice el Centro Educativo. g) Recibir Informacion sobre los avances de aprendizaje y de comportamiento de sus hijos, asi como respecto a los progresos del Proyecto Educativo Institucional (PEI). h) Denunciar ante la autoridad competente los casos de maltrato, abuso, discriminacion, irresponsabilidad, ne-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.