Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2002 (12/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de junio de 2002

Supremo Nº 154-2001-EF, establece que las resoluciones que dicte la Superintendencia de Bienes Nacionales relativas a las transferencias de dominio o afectaciones en uso, aprobadas MORDAZA de la entrada en vigencia del presente reglamento tienen plena vigencia y validez para declarar la reversion o desafectacion, a favor del Estado y promover las acciones correspondientes conforme a la normatividad vigente; Que, el inciso s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº155-2002/SBN-GO-JAR de fecha 30 de MORDAZA del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Revertir a favor del Estado el terreno de 120 000,00 m² ubicado en el Sector de Comatrana, a la altura del Km. 2.00 de la Carretera MORDAZA a la playa de Carhuaz, distrito, provincia y departamento de Ica, inscrito en la Ficha Nº 007749 / 010101 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Articulo 2º.- La Oficina Registral de Los Libertadores Wari de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira la correspondiente reversion del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Registrese comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 10356

go de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 6 de febrero del 2002, se ha verificado que en el terreno submateria, no se ha cumplido con el fin de la afectacion, toda vez que existen pequenas edificaciones desocupadas, existiendo en el predio un Comedor Popular y un precario taller de reparacion de sillas de fierro; Que, habiendo transcurrido 24 anos desde la fecha de afectacion no habiendose destinado el predio al fin senalado en la Resolucion de afectacion en uso, procede su desafectacion conforme a lo establecido por el inciso b) del Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que el inciso s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 154-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de MORDAZA del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desafectar a favor del Estado el terreno de 900,00 m², ubicado en la interseccion de la Av. 28 de MORDAZA y MORDAZA Abtao del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, debidamente inscrito en la Partida Electronica Nº 46789040 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, que fuera afectado en uso a favor de la Federacion de Trabajadores de Tejidos del Peru, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 113-78-VC-4400, de fecha 29 de MORDAZA de 1978. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira la correspondiente desafectacion a favor del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 10357

Desafectan a favor del Estado terreno cedido en uso en favor de la Federacion de Trabajadores de Tejidos del Peru, ubicado en la provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 092-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2002 Visto el Expediente Nº F-141, con los antecedentes de la afectacion en uso del terreno de 900,00 m², ubicado con frente a la Avenida 28 de MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 1542001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 113-78-VC4400, de fecha 29 de MORDAZA de 1978, se afecto en uso a favor de la Federacion de Trabajadores de Tejidos del Peru el terreno de 900,00 m², ubicado en la interseccion de la Av. 28 de MORDAZA y MORDAZA Abtao del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para regularizar la posesion del terreno donde funciona su local institucional y una Escuela Tecnica Textil; Que, el citado terreno corre inscrito en la Partida Electronica Nº 46789040 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, asi como registrado en el Asiento Nº 12933 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP del departamento de MORDAZA, a car-

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Amplian plazo de situacion de urgencia para la adquisicion de leche evaporada y hojuela de quinua con MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2002/CDLO
Los MORDAZA, 8 de junio del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 035-2002-CDLO-CEFPI de la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Presupuesto e Informatica sobre declaracion en Situacion de Urgencia de la adquisicion de Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua con MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 047-2002/CDLO se declaro en Situacion de Urgencia, en caso de interponerse apelacion, la adquisicion de Leche Evaporada Entera para el Programa del Vaso de Leche, por el lapso de 3 semanas y por un valor referencial de S/. 180,639.45, dicha situacion de urgencia se concreto con el recurso presentado por la empresa FONGAL S.A. contra el acto administrativo de otorgamiento de la Buena Pro del Item 01 a la empresa INDULAC S.A. Asimismo, sobre el referido procedimiento recayo la Resolucion Directoral Nº 009-2002-

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