Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2002 (12/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 12 de junio de 2002
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, en virtud de la Resolucion Directoral Nº 082-2000MITINCI/VMT/DNT se autorizo a la solicitante la reconstruccion de diversos modelos de maquinas tragamonedas; Que, mediante el expediente MORDAZA indicado la empresa solicita autorizacion para reconstruir algunos modelos adicionales de maquinas tragamonedas, hecho que importa la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 082-2000MITINCI/VMT/DNT; Que, de la evaluacion de la solicitud presentada se advierte que la empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI, asi como en el Procedimiento Nº 28 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0092002-ITINCI, para acceder a la autorizacion solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 082-2000-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 1º.- La presente autorizacion faculta a la empresa Mixtel S.A.C., a reconstruir, de acuerdo con el Articulo 10º de la Ley Nº 27153 y demas disposiciones legales que MORDAZA aplicables, los siguientes modelos de maquinas tragamonedas: B0000001 a B0000166". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 10377

Declaran fundada reconsideracion y disponen inscripcion de Sport Bets S.A. en el Registro de Fabricantes de Maquinas Tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0606-2002-MITINCI/VMT/DNT
MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2002 Vistos, el Recurso de Reconsideracion presentado por la empresa SPORT BETS S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 0493-2002-MITINCI/VMT/DNT, y el Informe Legal Nº 192-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT-DAR/APD; CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Nº 010819-2002-MITINCI, la empresa Sport Bets S.A. interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 0493-2002MITINCI/VMT/DNT que resolvio tener por no presentada su solicitud de inscripcion en el Registro de Fabricantes de Maquinas Tragamonedas que para tal efecto lleva la Direccion Nacional de Turismo, disponiendose el archivo de la documentacion adjunta; Que, evaluado el Recurso de Reconsideracion formulado por la recurrente se advierte que ha cumplido con los requisitos de admisibilidad previstos en los Articulos 207º, 211º y 113º de la Ley Nº 27444, y presentado nueva prueba conforme lo establece el Articulo 208º del citado cuerpo legal; Que, la recurrente presenta como nueva prueba una declaracion firmada por los representantes de la empresa Austrian Gaming Industries GmbH, en la que manifiestan que la maquina tragamonedas perteneciente al modelo A-C1 no fue fabricada por la empresa MORDAZA referida segun se indico por error en el Certificado de Cumplimiento de fecha 10.8.2001 emitido por el Laboratorio de la Universidad Catolica del Peru, sino por la misma empresa recurrente; Que, en la mencionada declaracion se senala que el modelo de maquina tragamonedas no ha sido fabricado, ensamblado, reconstruido ni distribuido por la empresa Austrian Gaming Industries GmbH en el MORDAZA mundial; Que, asimismo, la recurrente adjunta MORDAZA de la Factura Nº 002-000476 de fecha 28.2.2001 emitida por la empresa Texmaquinas S.A. con la que se acredita la adquisi-

cion de veinte (20) gabinetes, partes y piezas para efectos de la fabricacion del modelo de maquina tragamonedas: AC1; Que, en observancia de lo establecido en el Articulo 41.1.2 de la Ley Nº 27444, la recurrente adjunta la traduccion simple suscrita por el que oficio como traductor, del documento en idioma extranjero donde consta el poder de los representantes legales de la empresa que suscriben la referida declaracion; Que, al tener el Registro de Fabricantes de Maquinas Tragamonedas naturaleza declarativa resulta necesario que los interesados en acceder a dicho registro cumplan con acreditar su condicion de fabricantes de maquinas tragamonedas; Que, con la nueva prueba presentada la recurrente acredita su condicion de fabricante del modelo de maquina tragamonedas A-C1, inscrito por la Direccion Nacional de Turismo con el Registro Nº B0000142; Que, al haberse informado sobre un error contenido en el Certificado de Cumplimiento de fecha 10.08.2001 emitido por el Laboratorio de la Universidad Catolica del Peru respecto de la identificacion del fabricante de la maquina tragamonedas perteneciente al Modelo A-C1, corresponde que la Direccion Nacional de Turismo tenga en cuenta dicha informacion y proceda a la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 943-2001-MITINCI/VMT/DNT, debiendo la recurrente por su parte modificar las placas de fabricante de las maquinas tragamonedas del referido modelo en lo que resulte pertinente; Que, en observancia de los principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del Articulo IV de la Ley Nº 27444, se presume la veracidad de la documentacion y/ o informacion presentada, no obstante, la Administracion en ejercicio de su facultad de fiscalizacion prevista en el Articulo 24º de la Ley Nº 27153, se reserva el derecho de verificar su autenticidad, y aplicar de ser el caso, la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153 y 27444 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarese Fundado el Recurso de Reconsideracion formulado por la empresa SPORT BETS S.A., por las razones detalladas en la parte considerativa de la presente resolucion, y en consecuencia, inscribase a la mencionada empresa en el Registro de Fabricantes de Maquinas Tragamonedas, segun el siguiente detalle:
Nº de Registro Nombre del Fabricante MORDAZA de Origen Lugar donde desarrolla su actividad Identificacion del Representante legal Domicilio Legal F12 Sport Bets S.A. Peru MORDAZA Los Negocios Nº 297, Surquillo. MORDAZA Sennhauser Kappeler MORDAZA Los Negocios Nº 297, Surquillo.

Articulo 2º.- Cualquier variacion de los datos del fabricante contenidos en el Articulo 1º de la presente resolucion, implicara la modificacion del registro otorgado. Articulo 3º.- La inscripcion en el Registro de Fabricantes de Maquinas Tragamonedas no sustituye ninguno de los requisitos legales y tecnicos exigidos por la Administracion para la explotacion de maquinas tragamonedas en el pais. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 10378

Autorizan e inscriben modelo de maquina tragamonedas solicitado por Universal de Desarrollos Electronicos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0608-2002-MITINCI/VMT/DNT
MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2002

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