Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2005 (02/06/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

NORMAS LEGALES
TITULO V

Pag. 293807
DE LAS SESIONES ORDINARIAS

lando los puntos de agenda que deben estar documentados. La citacion se debe hacer con una anticipacion no menor de cinco (5) dias habiles. Es responsabilidad del Secretario General la remision de los proyectos y/o dictamenes de los asuntos que forman parte de la agenda, con una anticipacion no menor de cinco (5) dias habiles. Articulo 37º.- El quorum para el desarrollo de las Sesiones del Concejo es de la mitad mas uno de sus miembros habiles. Articulo 38º.- A la hora y fecha fijada para la Sesion de Concejo, el MORDAZA dispondra que el Secretario General pase lista. De no haber quorum se pasara a una MORDAZA lista quince minutos despues. Si tampoco se alcanzara el quorum, el Secretario General asentara la MORDAZA respectiva en el Libro de Actas, con anotacion de los inasistentes precisando las causales o motivos de la licencia o impedimento, asi como de quienes hubieran faltado injustificadamente. Acto seguido se procedera a firmar el parte de asistencia. La relacion de Regidores que hubiesen faltado injustificadamente sera difundida publicamente. Articulo 39º.- Si a la hora y fecha convocada para la sesion hubiere el quorum reglamentario; pero sin la asistencia del MORDAZA, el MORDAZA MORDAZA iniciara y presidira la sesion. De llegar el MORDAZA, ocupara su lugar y la presidencia de la sesion. Articulo 40º.- Ningun miembro del Concejo Municipal podra asumir la representacion de un ausente, para formular en su nombre declaraciones, pedidos o propuestas de ninguna naturaleza. Articulo 41º.- Los funcionarios de la Municipalidad o Asesores Externos no pueden a iniciativa propia o pedir participar en los asuntos materia de debate de las Sesiones de Concejo, a menos que un regidor o el MORDAZA expresamente lo soliciten, con aprobacion del Pleno, para proporcionar informacion o emitir opiniones tecnicas que ayuden al Concejo a adoptar las decisiones mas convenientes. La intervencion de los funcionarios autorizada no debe exceder de cinco (5) minutos. Articulo 42º.- Los senores Regidores haran uso de la palabra dirigiendose a la Presidencia. Quien preside el debate puede efectuar las explicaciones, aclaraciones, rectificaciones o exposiciones complementarias que estime necesarias para ilustrar el punto en debate. Articulo 43º.- Las cuestiones previas que puedan presentarse, se plantean en cualquier momento del debate y MORDAZA de la votacion, a efectos de llamar la atencion de un requisito de procedibilidad del debate o la votacion basado en hechos o solicitar el regreso de un MORDAZA a la Comision competente por no encontrarse con el dictamen correspondiente. Articulo 44º.- Para que MORDAZA aprobacion o acuerdo se requiere el MORDAZA conforme de mas de la mitad de los Regidores habiles. Si no se alcanzara el numero de votos exigidos, se tendra por rechazada la propuesta. Cuando hubieren dictamenes o informes contradictorios sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos separadamente. Articulo 45º.- El MORDAZA MORDAZA o el Regidor que presida la Sesion, no pierde su derecho a votar y en caso de empate ejercera ademas el MORDAZA dirimente. Articulo 46º.- En los casos que corresponda, a propuesta del MORDAZA, el Concejo determinara si se suspende o levanta la Sesion; pero una Sesion que hubiere sido levantada por ningun motivo podra continuar. Articulo 47º.- Si una Sesion es suspendida se debera reanudar en un MORDAZA de quince (15) minutos. Para que continue en otro dia se requerira Acuerdo de Concejo y no podra discutirse en MORDAZA otros asuntos que no MORDAZA los que se definieron para su tratamiento en dicha Sesion. Articulo 48º.- El Concejo Municipal aplazara por una sola vez la Sesion a solicitud de dos tercios del numero legal de Regidores, por no menos de tres (3) ni mas de cinco (5) dias habiles, y sin necesidad de nueva convocatoria, para discutir y votar los asuntos sobre los que no se consideren suficientemente informados. Articulo 49º.- Los senores Regidores estan prohibidos de utilizar los equipos celulares durante todo el desarrollo de las Sesiones de Concejo. MORDAZA del inicio de cada Sesion los Regidores apagaran los celulares. Articulo 50º.- Los funcionarios, periodistas y asistentes a las Sesiones de Concejo apagaran sus equipos celulares para no interrumpir el desarrollo de las Sesiones.

Articulo 51º.- El Concejo Municipal de la Provincia de Talara, Sesionara Ordinaria y obligatoriamente como MORDAZA cuatro (4) veces al mes, para tratar los asuntos de tramite regular. Las Sesiones Ordinarias se realizaran como minimo dos por quincena, bajo responsabilidad del Secretario General y del Alcalde. Articulo 52º.- Las Sesiones Ordinarias constaran de las siguientes estaciones: a) Lectura y aprobacion del Acta de la Sesion anterior. b) Despacho. c) Informes y pedidos. d) Orden del Dia. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA Articulo 53º.- Iniciada la Sesion se procedera a dar lectura al acta de la Sesion anterior, MORDAZA de la cual sera distribuida entre los Regidores. Podra dispensarse la lectura del Acta por decision del Concejo. Los miembros del Concejo pueden formular observaciones, las que no daran lugar a debate alguno. Con las observaciones que se formulen que constaran en el Acta materia de aprobacion, se MORDAZA por aprobada el Acta, refrendandola el MORDAZA, los Regidores y el Secretario General. Articulo 54º.- La Secretaria General esta obligada, bajo responsabilidad, a entregar a cada miembro del Concejo, la MORDAZA del Acta materia de aprobacion con una anticipacion de cinco (5) dias habiles, excepcionalmente con 24 horas de anticipacion. Las Actas se redactaran con una relacion sucinta del despacho, informes, pedidos, debate y textualmente los Acuerdos del Concejo, indicando la forma y el sentido de la votacion y nombre de los votantes. DESPACHO Articulo 55.- En la estacion de Despacho, el Secretario General, bajo responsabilidad, pondra en conocimiento del Concejo toda la documentacion de interes, en el siguiente orden: a) Leyes, Decretos Legislativos, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas y demas Normas Legales relativas a la Administracion Municipal. b) Resoluciones y Decretos de Alcaldia. c) Oficios remitidos y recibidos. d) Pedidos e informes de los Regidores. e) Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. f) Otros documentos de interes municipal. Articulo 56º.- El MORDAZA o quien dirija la Sesion, ordenara el tramite que corresponda a cada uno de los documentos. Pasaran a la Orden del Dia los asuntos que requieran debate o pronunciamiento del Pleno del Concejo. Articulo 57º.- Los Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos que presenten individualmente el MORDAZA o un Regidor de ser necesarios pasaran a dictamen de Comision; pero tambien pueden ser dispensados del dictamen de Comisiones. Los Dictamenes de Comision pasan a la Orden del Dia para el informe del Presidente de la Comision. No podra dispensarse del Dictamen de la Comision de Finanzas, Presupuesto y Desarrollo Institucional, si el MORDAZA a tratar se relaciona con las Rentas de la Municipalidad. Articulo 58º.- Si sobre algun MORDAZA de interes municipal sea necesario el Dictamen previo de la Comision respectiva y habiendose comunicado a esta, hubieran transcurrido treinta (30) dias naturales sin que se hubiese emitido, el Concejo podra pronunciarse MORDAZA al Presidente de la Comision o a un integrante de MORDAZA que estuviera presente. INFORMES Y PEDIDOS Articulo 59º.- En la estacion de informes y pedidos, los Regidores podran dar cuenta de los asuntos que en relacion a las funciones y atribuciones que le senala la ley, consideren que deben ser de conocimiento del Concejo y formular los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran el pronunciamiento del Concejo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.