Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2005 (02/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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que para desempenar el cargo de Auxiliar de las Agregadurias Policiales se requiere contar con un minimo de 15 anos de servicios reales y efectivos prestados en la PNP; Lo previsto en el articulo 19º Inc. "a" del Reglamento de Personal Policial en Mision Diplomatica (Agregadurias y Enlaces de la PNP), aprobado con R.M. Nº 11052005-IN/PNP, de 3MAYO2005; Estando a lo propuesto por el General PNP Jefe del Comite de Asesoramiento de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MORDAZA en la Mision Diplomatica en el cargo de Auxiliar de la Agregaduria Policial de la Embajada del Peru en la Republica de Bolivia, al SOT2 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru abonara al indicado Suboficial PNP los conceptos economicos que le corresponden conforme a dispositivos legales vigentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por los senores Ministros del Interior y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 10282

Sancionan con cese temporal a ex Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1131-2005-IN-CEPAD
MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 Vista, el Acta de fecha 4 de marzo del 2005, elaborada por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada mediante Resolucion Ministerial Nº 2487-2004-IN/901, de fecha 25 de noviembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0132-2005IN, de fecha 19 de enero del 2005, se aperturo MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de Administracion del Ministerio del Interior; Capitan ® PNP MORDAZA MORDAZA Riglos MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; senor MORDAZA Munante Aquije, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrantes del Comite Especial Permanente que llevo a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-IN/OGA; senora MORDAZA Frisancho MORDAZA, ex Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora General de Administracion; senor Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos; Licenciada MORDAZA MORDAZA Egusquiza Ponte, ex Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; senor MORDAZA Anglas MORDAZA, ex Director de Fiscalizacion y Control; CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Fiscalizacion y Control; senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Servicios Auxiliares; CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Fiscalizacion y Control; Aboga-

da Jhanett Sayas Orocaja, ex Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; senor MORDAZA Velasco MORDAZA, ex Director General de Administracion del Ministerio del Interior; senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga, MORDAZA PNP MORDAZA Lancho MORDAZA y Comandante PNP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex integrantes del Comite Especial del Concurso Publico Nº 001-2002-IN/ OGA; senor MORDAZA MORDAZA Vasallo MORDAZA, MORDAZA PNP MORDAZA Briceno Pomar, y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex integrantes del Comite Especial del Concurso Publico Nº 002-2003-IN/OGA; y senor Freddy M. Zelaya MORDAZA, ex Director de la Oficina de Presupuesto; funcionarios y ex funcionarios de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior comprendidos en el Informe Nº 017-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD, de fecha 28 de octubre del 2004, emitido por el Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior; Que, mediante escrito de descargo, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de Administracion del Ministerio del Interior, refiere que la ejecucion de los actos, que se le imputa como falta administrativa, se encontraba a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, a la cual oportunamente se le impartio indicaciones, siendo un exceso que el incumplimiento de sus obligaciones, por parte de esta Oficina, se considere producto de la falta de supervision, haciendolo coresponsable de tal incumplimiento, agregando que la supervision no se encuentra definida normativamente, pero que es de uso continuo y se contrae en dar indicaciones, mas no constituye la ejecucion de los actos que se supervisan, especificamente a la labor de cumplimiento de suscripcion del contrato. Asimismo, refiere que en ejercicio de la labor de Director General de Administracion del Ministerio del Interior impartio instrucciones verbales y escritas a las Unidades a su cargo. Afirma, de otro lado, que el aspecto de supervision es un aspecto de control interno, que el Organo de Control del Ministerio del Interior se encontraba en la obligacion de revelar en el Memorandum de Control Interno, y que debe adjuntarse como anexo al Informe, lo cual ha sido incumplido; Que, sin embargo, de los anexos que acompana a su escrito de descargo, no se advierte que en el caso concreto MORDAZA impartido instrucciones o indicaciones dirigidas especificamente a que el expediente del Concurso Publico Nº 001-2001-IN/OGA, "Contratacion del Seguro de Aeronaves de la Policia Nacional del Peru", se encuentre debidamente custodiado y registrado; ni de procurar la suscripcion efectiva del contrato del referido MORDAZA de seleccion; Que, por otro lado, si bien la supervision, verificacion y comprobacion no consisten en ejecutar los actos sobre los que recaen, es MORDAZA que la finalidad de asignar tales funciones se encuentra dirigida a que el Organo de Direccion competente efectue el control de la ejecucion de estos actos por parte de sus subordinados, procurando el cumplimiento en la ejecucion de los mismos, o en su defecto adoptar las medidas correctivas que resulten pertinentes, y a las que se encuentra facultado considerando su condicion de Director General de Administracion, situacion que no se ha verificado en el presente caso. Asimismo respecto al descargo con relacion a la inclusion del Memorandum de Control Interno, como parte del Informe de Control, se verifica que revisada la normatividad de control que ha invocado esta no se ajusta a lo alegado, razon por la cual subsisten los cargos materia de imputacion a su persona en el presente MORDAZA y por ende su responsabilidad administrativa; Que, respecto al Capitan ® PNP MORDAZA MORDAZA Riglos MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, se verifica que no ha formulado descargo alguno en el presente proceso. Sin embargo, se advierte que durante el periodo de su gestion como Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, ya se encontraba en marcha la prestacion del servicio derivado del Concurso Publico Nº 001-2001IN/OGA, "Contratacion del Seguro de Aeronaves de la Policia Nacional del Peru", situacion que atenua su responsabilidad administrativa, que consiste en no haber realizado las medidas correctivas pertinentes; Que, el senor MORDAZA Munante Aquije, mediante su escrito de descargo, refiere que fue designado Presidente del Comite Especial Permanente que llevo a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-IN/

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