Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2005 (02/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 10146

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 128-2005-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2005 Visto los escritos de registro Nº CE-08777001 de fechas 27 de MORDAZA, 4 de octubre y 15 de octubre de 2004, y Nº CE-03370001 de fecha 15 de octubre de 2004, presentados por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CHUNGA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 071-98CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 25 de setiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "VIRGEN DEL CARMEN" con matricula Nº PT-3459BM, con 32.91 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 056-98-CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 25 de setiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "VIRGEN DEL MORDAZA 4" con matricula Nº PT-13731CM, con 75.61 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel, caballa, MORDAZA y machete con destino al consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 107-2000CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre de 2000, se amplio el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 071-98-CTAR-PIURA/DIREPE-DR a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "VIRGEN DEL MORDAZA 4" con matricula Nº PT-13731-CM con una capacidad de bodega de 75.61 m3, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto; Que mediante escrito de registro Nº CE-08777001 de fecha 27 de MORDAZA de 2004, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitan autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega y de los derechos correspondientes de las embarcaciones pesqueras de MORDAZA "VIRGEN DEL CARMEN" con matricula Nº PT-3459-BM y "VIRGEN DEL MORDAZA 4" con matricula Nº PT-13731-CM para la construccion de una nueva embarcacion pesquera de MORDAZA de 108.52 m3 de capacidad de bodega, para lo cual tambien formulan renuncia al derecho de acceso de la embarcacion pesquera "VIRGEN DEL MORDAZA 4", en la extraccion de los recursos jurel, caballa, MORDAZA y machete con destino al consumo humano directo; Que para la construccion de una nueva embarcacion, es necesaria la acumulacion de las capacidades

de bodega de las embarcaciones pesqueras de MORDAZA "VIRGEN DEL CARMEN" con 32.91 m3 y "VIRGEN DEL MORDAZA 4" con 75.61 m3 de capacidad de bodega; Que el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000PE que modifica el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, precisa que "la sustitucion de embarcaciones regulada en el articulo 24º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y en los articulos 12º y 18º de su Reglamento, son sustituidas por otras de MORDAZA de igual o menor volumen de capacidad de bodega unicamente en caso de siniestro o por obsolescencia y siempre que hubiesen estado operativas al ocurrir el siniestro o declarar la obsolescencia, bajo certificacion expresa del Ministerio de la Produccion que acredite la destruccion o desguace de la embarcacion"; Que el tercer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, establece que el derecho de incremento de flota no es acumulable ni puede ser transferido, sino por herencia; Que de la revision y evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion para la construccion de una nueva embarcacion de 108.52 m3 de capacidad de bodega, deviene en improcedente por lo expuesto en los considerandos precedentes; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto, de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Infor me Nº 301-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 241-2005-PRODUCE/OGAJ; De conformidad con lo establecido por el articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de sus facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre autorizacion de incremento de flota de embarcacion pesquera via sustitucion para la construccion de una nueva embarcacion pesquera de MORDAZA de 108.52 m3 de capacidad de bodega, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 10147

RELACIONES EXTERIORES
Designan miembros de Comision de Alto Nivel encargada de organizar la "Primera Conferencia Mundial Especial, a nivel Ministerial, de paises en desarrollo con Flujos Sustanciales Internacionales de Migrantes"
RESOLUCION SUPREMA Nº 122-2005-RE
MORDAZA, 1 de junio de 2005

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