Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2005 (02/06/2005)


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MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Tribunal Administrativo Especial de Gestion de Intereses Es el Tribunal Administrativo Especial creado por el articulo 20º de la Ley. SUNARP Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Articulo 4º.- Derecho de peticion El derecho de peticion se regula segun lo establecido en la Constitucion Politica del Estado. Articulo 5º.- De los actos de gestion que realiza el gestor de intereses Por medio del acto de gestion, se da inicio a la gestion de intereses ante el funcionario con capacidad de decision publica, con el proposito de influir, en forma transparente, en una decision publica especifica. Las actividades posteriores, sea cual fuera el medio de comunicacion utilizado, efectuadas por el gestor de intereses ante el mismo funcionario o ante quien lo re-

emplace y vinculadas a la misma decision publica especifica, no se entenderan como un MORDAZA acto de gestion. En el caso del gestor profesional, dichas actividades posteriores deberan estar contenidas de manera resumida en el informe semestral que debe presentar conforme al articulo 14º de la Ley y el literal a) del articulo 15º del presente Reglamento y reportadas por el funcionario con capacidad de decision publica a la unidad organica responsable de difundir la informacion de la entidad, o a quien haga sus veces, correspondiendo a MORDAZA publicarlas en el MORDAZA de Transparencia de la entidad, o en su defecto en algun medio de difusion masiva al alcance del ciudadano. De no contar con un MORDAZA de Transparencia, el funcionario con capacidad de decision publica debera comunicar las actividades posteriores a que se refiere este articulo al Organo de Control Institucional de la entidad o del sector de ser el caso. Articulo 6º.- De los actos que no constituyen gestion de intereses

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