Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2005 (02/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

Visto los escritos de registro Nº CE-04098001 de fechas 12 de marzo, 21 de MORDAZA y 3 de MORDAZA del 2004, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, que dicha autorizacion para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgo, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA GUILARTE, permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para operar la embarcacion pesquera denominada "HUALLAGA I" de matricula Nº CE4021-PM con 180 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolucion Directoral Nº 117-2001PE/DNEPP de fecha 26 de junio de 2001, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE, en el extremo referido a la denominacion de la embarcacion pesquera "HUALLAGA I", la que en adelante se denomino "RAQUELITA 3" con matricula Nº CE-4021-PM y se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la citada embarcacion pesquera, de 202.22 m³ de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA DE COMERCIALIZACION MARITIMA S.A. - PESCOMAR S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 272-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de octubre de 2004, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, modificado por Resolucion Directoral Nº 117-2001-PE/DNEPP de fecha 26 de junio de 2001, para operar la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" de matricula Nº CE-4021-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C.; Que por Resolucion Directoral Nº 225-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 31 de MORDAZA de 2003, se otorgo a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada "COQUI III" con matricula cancelada CE-2768-CM, para la construccion de una embarcacion pesquera de 108.84 m³ de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de tamano de abertura de malla, segun corresponda; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE, se aprobaron los listados actualizados de embarcaciones de mayor escala, consignandose en el Anexo I, literal A), a la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" con matricula Nº CE-4021-PM, de 202.22 m³ de capacidad de bodega con acceso a los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus MORDAZA ) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados para el consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "RAQUELITA" 3 de matricula Nº CE-4021-PM, de 202.22 m³ a 311.06 m³, via aplicacion de 108.84 m³ provenientes del volumen de bodega autorizado como incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 225-2003-PRODUCE/DNEPP; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa realizara las modificaciones estructurales correspondientes a fin de que la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" quede incrementa-

da a una nueva capacidad de bodega de 311.06 m³, para lo cual ha cumplido con presentar la Memoria Descriptiva de la modificacion estructural y el Presupuesto emitido por el respectivo astillero, donde ademas PESQUERA MORDAZA S.A.C. firma en senal de conformidad, asimismo se ha verificado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, resultando procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1382004-PRODUCE/ DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" de matricula Nº CE-4021-PM, de 202.22 m³ a 311.06 m³, via la aplicacion de 108.84 m³ de volumen de bodega provenientes del derecho otorgado por Resolucion Directoral Nº 225-2003-PRODUCE/ DNEPP que autorizo el incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera siniestrada "COQUI III", para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" de matricula Nº CE-4021-PM, citada en el articulo 1º de la presente resolucion, tendra un plazo de dieciocho (18) meses. En caso de no haberse terminado la ejecucion de la ampliacion de la capacidad de bodega en dicho plazo, la citada autorizacion caducara de pleno derecho, sin que sea necesario para ello la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- Ejecutada la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion "RAQUELITA 3" de matricula Nº CE-4021-PM, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. debera solicitar dentro del plazo MORDAZA de tres (3) meses, la modificacion de su permiso de pesca en el extremo referido a la capacidad de bodega de la citada embarcacion; el mismo que sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la autorizacion de incremento de flota para construir una embarcacion pesquera con 108.84 m³ de capacidad de bodega otorgado por Resolucion Directoral Nº 225-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 31 de MORDAZA del 2003. Articulo 5º.- Incluir la presente resolucion de autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 10145

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