Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2001 (30/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2001

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Velar por el respeto de las atribuciones y garantias del Poder Judicial. Resolver en MORDAZA instancia las reclamaciones contra los acuerdos y resoluciones de los Consejos Ejecutivos Distritales. Acordar el horario del Despacho Judicial de la Corte Suprema. Aprobar el Cuadro de Terminos de la Distancia, asi como revisar periodicamente el valor de los costos, multas y depositos correspondientes y otros que se establezcan en el futuro. Distribuir la labor individual o por comisiones, que corresponda a sus integrantes. Absolver las consultas de caracter administrativo que formulen las MORDAZA Plenas de los Distritos Judiciales. Resolver en MORDAZA instancia las medidas de apercibimiento, multa y suspension, impuestas por la Oficina de Control de la Magistratura, en contra de los magistrados. Resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de magistrados, funcionarios y demas servidores del Poder Judicial. Fijar las cuantias y sus reajustes para determinar las competencias jerarquicas. Designar comisiones de asesoramiento, investigacion y estudio. Designar al Gerente General del Poder Judicial, y a los demas funcionarios que senale la Ley y los reglamentos. Emitir los informes que le solicite el Congreso de la Republica; la Sala Plena de la Corte Suprema y el Fiscal de la Nacion, sobre los asuntos de su competencia y solicitar los que se relacionen con sus funciones. Supervisar la conservacion y buen recaudo de los bienes incautados cuya libre disposicion esta supeditada a la resolucion de los juicios penales, conforme a ley. Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema, en forma excepcional, la distribucion de causas entre las MORDAZA Especializadas, fijando su competencia a fin de descongestionar la carga judicial, pudiendo conformar MORDAZA Transitorias por un termino no mayor de tres meses, en casos estrictamente necesarios. Asegurar la progresiva habilitacion y adecuacion de locales judiciales a nivel nacional, en los cuales funcionen los organos jurisdiccionales con su respectivo personal auxiliar. Disponer y supervisar el desarrollo de los sistemas de informatica que faciliten una eficiente funcion de gestion, el eficaz control de la conducta funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder Judicial y la organizacion estadistica judicial, conforme con las propuestas que le formule la Gerencia General. Celebrar toda clase de convenios y cooperacion e intercambio con entidades nacionales o extranjeras, dentro de la Constitucion y las leyes, para asegurar el financiamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fines; en tal sentido, fijar la metodologia pertinente y ejercer el control de la aplicacion de los fondos respectivos, dando cuenta a la Sala Plena de la Corte Suprema. Coordinar con la Academia de la Magistratura para el desarrollo de actividades de capacitacion para los magistrados. Asegurar el pago integro de las remuneraciones de los magistrados y demas servidores del Poder Judicial, segun lo establecido en esta Ley. Crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia, asi como crear MORDAZA Superiores Descentralizadas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades de estos. La creacion de Distritos Judiciales se realiza en funcion de areas de geografia uniforme, la concentracion de grupos humanos de idiosincrasia comun, los volumenes demograficos rural y MORDAZA, el movimiento judicial y ademas la existencia de vias de comunicacion y medios de transporte que garanticen a la poblacion respectiva un facil acceso al organo jurisdiccional.

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En todo caso, la creacion o supresion de Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores o Juzgados, se sustentan estrictamente en factores geograficos y estadisticos. Reubicar MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, asi como aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, pudiendo excepcionalmente incorporar MORDAZA de Cortes Superiores Especializadas y Juzgados Especializados o Mixtos con competencia supraprovincial. Adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los magistrados y demas servidores del Poder Judicial se desempenen con la mejor conducta funcional. Aprobar el Reglamento para la organizacion y correcta realizacion de los procesos electorales del Poder Judicial. Designar al Jefe de la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial. Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Poder Judicial y los demas que requiera conforme a ley, salvo lo establecido en el Articulo 113º. Definir las politicas para la concesion de los servicios conexos y complementarios a la administracion de justicia. Las demas que le senalen las leyes y los reglamentos.

Articulo 83º.- Gerencia General. Funciones La Gerencia General es el organo ejecutivo, tecnico y administrativo del Poder Judicial que tiene a su cargo las funciones de ejecucion, coordinacion y supervision de las actividades administrativas no jurisdiccionales del Poder Judicial. Articulo 84º.- Designacion y prerrogativas del Gerente General La Gerencia General depende del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y esta a cargo del Gerente General, el cual tiene un mandato igual al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Su cargo tiene la condicion de funcionario de confianza. El Gerente General asiste a las sesiones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con voz, pero sin MORDAZA, y actua como Secretario de este Organo". DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Unica.- Facultades al Presidente del Poder Judicial La eleccion de los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a que se refieren los incisos 2), 3), 4) y 5) del Articulo 81º se MORDAZA en el plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley y a iniciativa e impulso del Presidente de la Corte Suprema. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno.

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