Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2016 (10/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

603924

NORMAS LEGALES

Jueves 10 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Informe Nº 264-2016-GRC/GRPPAT de fecha 04 de noviembre del 2016, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se expide la Certificación de Crédito Presupuestal, para atender el requerimiento de la Secretaría del Consejo Regional, indicando que el cálculo realizado para lo solicitado es de S/. 19,052.00 según la estructura funcional programática que se detalla en dicho documento; Que, de acuerdo con el Informe Nº 1420-2016GRC/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que el Consejo Regional autorice la asignación de recursos por concepto de inscripción, pasajes y viáticos al Consejero Regional Abog. Arturo Ramos Sernaqué y al General PNP(r) Daniel Alberto De La Flor Cam, Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, a fin que participen en el "X Foro y Feria Internacional sobre Protección Marítima y Portuaria"; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en virtud a los considerandos establecidos en este documento, estima pertinente aprobar por unanimidad, el siguiente acuerdo: SE ACUERDA: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, así como la asignación de recursos por concepto de pasajes aéreo y costo de inscripción a la Ciudad de Cartagena de Indias ­ Colombia, del 14 al 18 de noviembre del presente año, del Consejero Regional Abog. Arturo Ramos Sernaqué y del General PNP (r) Daniel Alberto de La Flor Cam, Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana a participar del programa de actividades del "X Foro y Feria Internacional sobre Protección Marítima y Portuaria". Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación del Consejero Regional Abog. Arturo Ramos Sernaqué y del General PNP (r) Daniel Alberto De La Flor Cam, Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, referidos a pasajes aéreos, viáticos e inscripción ascendentes a la suma de S/. 19,052.00, conforme lo señalado en el Informe Nº 264-2016-GRC/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, los mismos que serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional del Callao, conforme la estructura funcional programática señalada en dicho Informe, según el siguiente detalle:
Nº PARTICIPANTES 2 2 2

Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario "El Callao". POR TANTO: Mando se registre y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador JOSE ARTURO RAA TRESIERRA Secretario del Consejo Regional 1451141-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran día cívico no laborable el 1° de setiembre de todos los años en la provincia de Tarata y día cívico laborable en el resto de la Región Tacna
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna, mediante Oficio Nº 2330-2016-ORPI-GGR/GOB.REG. TACNA, recibido el 8 de noviembre de 2016) ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2015-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, en su artículo 192 prescribe: "Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo, en su artículo 38 señala: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en su artículo 33 establece: "El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia regional y local se diversifican con el fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada Institución Educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial". Que, mediante Ley Nº 23849 de fecha 05 junio de 1984 se declaró día cívico no laborable el 28 de agosto de cada año en el departamento de Tacna, en conmemoración del aniversario de reincorporación al seno de la Patria y día cívico laborable en el resto de la república. Que, con Ley Nº 29416 de fecha 02 de octubre del 2009 se declara a la "Provincia de Tarata: Ejemplo de Patriotismo", reconociendo la contribución de Tarata al

CONCEPTO Viáticos Costo de Pasaje Aéreo Costo de Inscripción

P. UNIT. S/ 4,977.24 3,034.64 1513.35

TOTAL S/. 9,954.48 6,069.28 3,026.70

Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General Regional y a la Gerencia de Administración, dispongan las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país el Consejero Regional Abog. Arturo Ramos Sernaqué deberá presentar ante el Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberán efectuar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- De acuerdo con la recomendación de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 14202016-GRC/GAJ, el General (r) Daniel Alberto De La Flor Cam, Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana deberá, una vez concluido el programa en la ciudad de Cartagena de Indias, emitir un Informe Final sobre el Beneficio que brindó el programa al Gobierno Regional del Callao, a la Gerencia General Regional, bajo responsabilidad. Artículo 6º.- Disponer la publicación del presente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.