Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1998 (17/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 1998

dacion de beneficios sociales y otros, entre 1990-1992, dispusieron de la suma de S/. 114,939.00 (Ciento Catorce Mil Novecientos Treintinueve y 00/100 Nuevos soles) que les fueron entregados para su administracion; Que, la disposicion de los S/. 114,939.00 por los cuatro ex funcionarios del ex Foptur, basados en la referida autoliquidacion y cobro unilateral de vacaciones no gozadas y otros supuestos beneficios, carece de todo sustento legal, por cuanto segun los respectivos "Contratos de Prestacion de Servicios en el Extranjero", celebrados con cada uno de ellos, asumen la obligacion de rendir cuenta del dinero recibido para el cumplimiento de las actividades de representacion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Supremo Nº 041-94PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales, a que hubiera lugar contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguren, MORDAZA MORDAZA de Ratti, MORDAZA MORDAZA Grande de Byrne, MORDAZA Semsch MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitanse, los actuados a la Procuraduria Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 7882

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Acuerdo sobre Trabajo Remunerado de Dependientes de Funcionarios Diplomaticos y Consulares, suscrito con el Gobierno de la Republica de Venezuela
DECRETO SUPREMO Nº 016-98-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Venezuela sobre Trabajo Remunerado de Dependientes de Funcionarios Diplomaticos y Consulares" fue suscrito por los Gobiernos del Peru y Venezuela, en MORDAZA, el 20 de MORDAZA de 1998, mediante Canje de Notas por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo Unico.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Venezuela sobre Trabajo Remunerado de Dependientes de Funcionarios Diplomaticos y Consulares" suscrito por los Gobiernos del Peru y Venezuela, en MORDAZA, el 20 de MORDAZA de 1998, mediante Canje de Notas, suscritas por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores Nota RE Nº 6/21 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 Al Excelentisimo senor MORDAZA MORDAZA Burelli MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores de la Republica de Venezuela Excelentisimo senor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relacion a su Nota del 20 de MORDAZA de 1998, referida a la celebracion de un Acuerdo por Canje de Notas sobre Trabajo Remunerado de Dependientes de Funcionarios Diplomaticos y Consulares de nuestros respectivos paises, acreditados en la Republica del Peru y la Republica de Venezuela, la que textualmente dice: "Senor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el objeto de proponer a su Gobierno, en nombre del Gobierno de la Republica de Venezuela, un Acuerdo de Reciprocidad entre los dos paises, en los siguientes terminos: ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU SOBRE TRABAJO REMUNERADO DE DEPENDIENTES DE FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS Y CONSULARES 1) Los familiares dependientes del personal diplomatico, consular, administrativo y tecnico de las Misiones Diplo-

Designan representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante Comisiones Especiales constituidas por los Articulos 1º y 2º de la R.S. Nº 380-98-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-98-PCM MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 380-98-PCM se constituyeron las Comisiones Especiales encargadas de estudiar y proponer las medidas necesarias que permitan promover el mejoramiento de la situacion de los pensionistas y jubilados comprendidos en los regimenes del Decreto Ley Nº 19990 y Decreto Ley Nº 20530, que perciben pensiones menores a la remuneracion minima vital; Que, las referidas Comisiones Especiales se encuentran integradas, entre otros, por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, que es necesario designar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 41-94-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante las Comisiones Especiales constituidas por los Articulos 1º y 2º de la Resolucion Suprema Nº 380-98-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 7875

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